Foppa y Brito.
Foppa y Brito, fueron sentenciados a 2 años de prisión conmutable por los delitos de obstaculización a la acción penal y patrocinio infiel. Foto: La Hora / José Orozco.

Los abogados Juan Francisco Solórzano Foppa, exfiscal del Ministerio Público (MP) y exjefe de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), y Justino Brito Torres, ambos condenados en un caso que se generó por el proceso abierto en contra del periodista José Rubén Zamora, deberán resarcir al Estado de Guatemala por medio del pago de una reparación digna.

Ambos profesionales del derecho fueron sentenciados a 2 años de prisión conmutable por los delitos de obstaculización a la acción penal y patrocinio infiel, por incorporar documentos falsos mientras ejercían la defensa en el caso por supuesto lavado de dinero que se sigue en contra de Zamora.

 

LO QUE PIDIÓ LA PGN

Eliseo Humberto Solís Muñoz, representante de la Procuraduría General de la Nación (PGN), solicitó al juez Séptimo Penal A, Fredy Orellana, que cada uno de los sentenciados pagara Q40 mil en concepto de reparación digna.

Según la petición, el monto debía fijarse así:

Por el delito de obstaculización a la acción penal, Q25 mil.
Por patrocinio infiel, Q15 mil.
DECISIÓN DEL JUEZ

Orellana ordenó que el exjefe de la SAT tiene que dar Q10 mil a cuatro hogares de asistencia social, con lo cual sumaría el monto que se le fijó como resarcimiento en favor del Estado.

Según el juez, el sentenciado posee un nivel socioeconómico que le permite pagar lo solicitado por la PGN.

Además, el pago no necesariamente tiene que hacerse con dinero en efectivo, sino que se puede efectuar con la entrega de víveres o insumos que se utilicen en las entidades, que alcancen el monto fijado para cada una. Estas son:

Hogar Aldea la Esperanza Calle Real.
Hogar Esperanza El Futuro.
Liga de Vida Nueva.
Hogar Casa Bernabé en Fraijanes.
SITUACIÓN DE BRITO

Sin embargo, en el caso de Brito Torres el monto fue menor al requerido por la PGN. Para establecerlo se hizo un estudio socioeconómico, con el cual se determinó que el abogado vive en condición de pobreza.

El juez explicó que el profesional del derecho tenía una figura de subordinación laboral, puesto que era empleado del exjefe de la SAT y recibía órdenes de él.

De esa cuenta, tendrá que pagar Q10 mil a cuatro entidades de asistencia social, lo cual puede hacerse con víveres o insumos que estas necesiten.

Se estableció que la ayuda debe ser entregada a:

Hogar Aldeas Infantiles S.O.S.
Hogar Asociación La Alianza.
Hogar Tiempos Maravillosos.
Hogar Los Heraldos.

 

Además, ambos deberán publicar una disculpa pública en dos diarios de mayor circulación. En las notas tendrán que instar a los abogados y notarios a no incurrir en delitos relacionados a su profesión.

EL CASO 

El exfiscal y exjefe de la SAT fue parte del grupo de abogados que defendieron de manera legal a Zamora, pero luego fue señalado por el Ministerio Público (MP) de haber cometido el delito de obstaculización a la acción penal.

En su calidad de defensor, presentó como prueba material en la audiencia de etapa intermedia del proceso por supuesto lavado de dinero, un contrato de compraventa con el cual se aseguraba el origen lícito de Q240 mil, que era parte del dinero que la Fiscalía señaló como irregular y que fue incautado a Zamora.

Ambos se sometieron a un proceso de aceptación de cargos, y de esa cuenta fueron sentenciados con penas mínimas. Previo al dictamen, Solórzano Foppa aseguró que no confiaba en la justicia y que prefería ser beneficiado con una reducción de la condena por medio de dicho proceso.

 

Diego España
Escribo sobre política, justicia y sectores vulnerables. Comprometido con la memoria histórica y en informar verazmente. Considero que las disidencias nos hacen ver y cuestionar la realidad haciéndonos más humanos.
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