Ante la reciente renuncia Miguel Ángel Gálvez como juez de Mayor Riesgo B, surge la duda del proceso que se llevará a cabo para establecer quién ocupará el puesto que quedó vacante. Foto La Hora: Archivo

Ante la reciente renuncia Miguel Ángel Gálvez como juez de Mayor Riesgo B, surge la duda del proceso que se llevará a cabo para establecer quién ocupará el puesto que quedó vacante, debido a que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ya aceptó la partida del profesional del derecho.

De acuerdo a la Ley de la Carrera Judicial, todos los aspirantes a cargos de juez “deberán reunir los requisitos y calidades establecidas en la Constitución y las leyes”. Asimismo, someterse a un concurso para el puesto.

 

¿QUIÉNES NOMBRAN AL JUEZ?

El encargado de nombrar al nuevo juez de Mayor Riesgo es el Consejo
de la Carrera Judicial, el mismo está integrado por la presidenta del Organismo Judicial y CSJ; Silvia Valdés y Vitalina Orellana como suplente.

En representación de los jueces de Primera Instancia Penal figura como titular la jueza Karol Desireé Vásquez y como suplente el juez Juan Edilmar Fuentes García.

Mientras que, en el caso de los Jueces de Paz, la titular es la jueza Mitzy María Barrios y el juez Jorge Mario Hipp Reina como suplente.

Y en representación de los magistrados de Salas de Apelaciones la titular es la magistrada Norma Judith Palacios y el magistrado Marco Antonio Ramos como suplente.

CUX: SE REQUIERE DE ALGUIEN INDEPENDIENTE

Para Eddie Cux, de Acción Ciudadana, el panorama “es incierto” y los casos que se encuentran en el Juzgado de Mayor Riesgo D “quedan en incertidumbre”.

Además, consideró que el retiro de Gálvez se dio por presiones de “redes criminales por las amenazas que se han llevado en contra de su persona”.

De esa cuenta, explicó que con las referidas medidas se logró el cometido de “quitar a un juez independiente”.

 

Según Cux, la pregunta que queda por responder es: “¿Qué independencia puede otorgar el Organismo Judicial (OJ)?”, tomando en cuenta que “ni siquiera ellos mismos respetan las leyes y llevan más de tres años en el poder”.

Agregó que parte de la estrategia de desconfigurar la justicia “pasa por quitarle a los juzgados esa independencia, y el retiro del juez Gálvez es eso”.

Por último, mencionó que “es muy probable que llegue una persona que no es independiente y que los casos queden impunes”.

ORTÍZ: SIN GARANTÍAS PARA LA INDEPENDENCIA JUDICIAL

Según Edgar Ortiz, de la Fundación Libertad y Desarrollo, en el sistema judicial no existen garantías para respetar la independencia de los jueces.

“No hay un sistema de garantías constitucional en la ley que garantice la independencia judicial a los niveles que quisiéramos”, expresó.

Y sugiere que “hay que revisar nuestras normativas, porque los jueces no tienen las garantías necesarias para ejercer su función”.

Ortiz sostiene que eso “lo han evidenciado varios indicadores de independencia judicial”.

Concluyó al decir que dichos “índices están muy lejos, puesto que no hay mecanismos de evaluación bien hechos” en el contexto guatemalteco.

LOS REQUISITOS PARA OPTAR AL CARGO

Rudy Esquivel, vocero del OJ, explicó que ya se hizo la convocatoria para ocupar el cargo que dejó Gálvez. Este procedimiento es interno, por lo cual solo podrán participar los profesionales del derecho que ya labora como juez en esa institución.

Los aspirantes al cargo de juez deben de ser:

Guatemaltecos de origen.
Poseer reconocida honorabilidad.
Estar en el goce de sus derechos ciudadanos.
Ser abogados colegiados activos.

 

PROCESO DE CONVOCATORIA

La convocatoria se publicará tres veces en el diario oficial y en dos de los diarios de mayor circulación, con un mínimo de veinte días antes de la fecha programada para el concurso.

Entre las especificaciones de la convocatoria, se indicarán: los requisitos legales, culturales, educacionales y formales que deben llenar los aspirantes, el plazo, lugar y horario de retiro de las bases del concurso y de recepción de solicitudes.

LA SOLICITUD PARA OCUPAR EL CARGO

La solicitud debe contener:

Datos de identificación personal
Curriculum vitae y sus constancias

 

Entre las constancias deben estar la colegiatura profesional, la de carencia de antecedentes penales y del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG) y toda otra documentación que se estime pertinente.

VERIFICACIÓN DE INFORMACIÓN

Seguidamente, el Consejo de la Carrera Judicial elaborará la lista de inscritos y verificará, en cada caso, el cumplimiento de los requisitos exigidos por la presente ley.

 

Efectuada la verificación, establecerá la nómina de aspirantes aptos para concursar y notificará a los interesados su decisión. Dicho listado de aspirantes será publicado en el diario oficial y como mínimo en dos de los diarios de mayor circulación.

Lo anterior con el fin de que en un plazo de cinco días contados desde el día siguiente al de la última publicación, “cualquier persona podrá remitir al Consejo de la Carrera Judicial o a las comisiones de postulación, información documentada respecto a los aspirantes”.

ELECCIÓN DEL POSTULANTE

Concluida la evaluación, el Consejo realizará la lista de aprobados como elegibles, según el orden de las calificaciones obtenidas por cada aspirante, a partir de la más alta.

Todos los aspirantes que hayan aprobado, seguirán un curso específico en la Unidad de Capacitación Institucional del OJ, el cual tendrá una duración mínima de seis meses.

 

EL NOMBRAMIENTO

El candidato que apruebe el curso será declarado elegible y nombrado por la CSJ como el nuevo titular del Juzgado de Mayor Riesgo B, ubicado en el décimo cuarto nivel de Torre de Tribunales.

Diego España
Escribo sobre política, justicia y sectores vulnerables. Comprometido con la memoria histórica y en informar verazmente. Considero que las disidencias nos hacen ver y cuestionar la realidad haciéndonos más humanos.
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