Eduardo Girón presidente de la CIG/Nils Leporoeski, presidente de Camagro. Foto/ La Hora/@girone1980/Twiiter y CACIF/Twitter

Por Denis Aguilar
daguilar@lahora.com.gt

Luego de que la Cámara de Industria de Guatemala (CIG), representada por Eduardo Girón, instará al Congreso de la República a que entrara a conocer el antejuicio contra los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), la Cámara del Agro (Camagro) que tiene como presidente a Nils Leporoeski, se sumó a dicho mensaje.

En un comunicado de prensa, Camagro aseguró que los magistrados de la Corte de Constitucionalidad “no pueden conocer y resolver a su favor asuntos propios”.

Los togados de la CC “tienen impedimento por mandato de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad para ser juez y parte, y por ende no pueden conocer y resolver a su favor asuntos propios”, afirmaron.

En ese sentido, dijeron que la sentencia de amparo emitida por la CC para rechazar el antejuicio contra los magistrados Gloria Porras, Neftalí Aldana, Bonerge Mejía y Francisco de Mata Vela es nula, ya que el quórum se integró “de forma ilegal” para dictar esa resolución.

Explicaron también que el articulo 167 de la Ley de Amparo obliga a los magistrados a actuar con imparcialidad, lo cual aseguran que no se cumple cuando se conoce un expediente donde los beneficiarios directos son los magistrados.

“En la actual crisis constitucional los tres poderes del Estado, el Ministerio Público y la Corte de Constitucionalidad no pueden actuar más allá de que la Constitución les permite. El respeto estricto al debido proceso constitucional permitirá solventar la actual crisis institucional”, dijeron.

Por último, agregaron que en el Estado de Derecho nadie es superior a la ley, y que conforme al artículo 69 de la Ley de Amparo lo magistrados son responsables de sus propias actuaciones.

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ASAZGUA SE SUMA A CÁMARAS

Por otro lado la Asociación de Azucareros de Guatemala (Asazgua), también manifestó su rechazo ante la resolución de amparo emitida por los magistrados de la CC, «en beneficio propio”, pues consideran que actúan en calidad de juez y parte interesada, «vulnerando el Estado de Derecho y violando la obligación constitucional de imparcialidad reconocida en convenios internacionales”.

Asazgua también mencionó que el artículo 69 de la Ley de Amparos, exhibición personal y constitucional determina que los magistrados de la CC son responsables de las resoluciones.


«El Estado de Derecho es un principio de gobernanza en el que todas las personas, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidos a la Ley. En ese sentido, el emitir resoluciones en beneficio propio para frenar procesos en los poderes del Estado Judicial y Legislativo, es un atentado contra la independencia de poderes», reiteró.

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