Gustavo Herrera esta señalado por el Caso Fénix. Foto ilustrativa de una de las audiencias por ese caso. FOTO LA HORA

Por Cristian Velix
cvelix@lahora.com.gt

La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió en definitiva un amparo presentado por Gustavo Herrera, conocido como un operador político, quien buscaba ejercer su defensa por medio de su abogada y sin su comparecencia en el Caso Fénix, en el cual está señalado.

La Corte manifestó que el apersonamiento de un sindicado al proceso penal para establecer su situación jurídica, únicamente se cumple mediante la presencia física del señalado, para que, de esa forma, pueda ejercer de manera plena y eficaz su derecho de defensa.

“El proceso penal, a diferencia del civil, requiere la presencia del sindicado para su desarrollo, ya que no puede realizarse en contumacia o rebeldía, debido a la naturaleza de los bienes jurídicos afectados y el carácter personal de la pena”, añadió en su resolución la CC.

Asimismo, la máxima Corte del país indicó que la presencia del imputado es obligatoria y su ausencia provoca el archivo del proceso, hasta que se apersone voluntaria o coactivamente, además, señaló que resultaría inadmisible “que el proceso penal pueda tramitarse sin la presencia del sindicado”.

La resolución de la CC se da porque Herrera alegaba que se ha vulnerado su derecho de defensa y asilo político, agregando que ya se han desestimado dos causas penales a su favor y ahora se pretender realizar “una tercer persecución penal, ilegítima e ilegal”.

No obstante, la Corte no aceptó los argumentos y confirmó la suspensión en definitiva del amparo que interpuso en su momento el señalado, quien presuntamente se encuentra en Nicaragua, país que con anterioridad no ha entregado información acerca de él a la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI).

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CASO

Las investigaciones de la Fiscalía en este expediente detallan que una estructura criminal habría utilizado diferentes tipos de empresas, las cuales pertenecían o estaban vinculadas con Gustavo Herrera, y que sirvieron para lavar dinero.

Esa acción se habría llevado a cabo, añade la FECI, con los recursos que fueron obtenidos de manera ilícita de un contrato fiduciario que se había formalizado entre el IGSS, el Grupo Empresarial Uniserv S.A. y el Banco Uno S.A.

El grupo criminal, indican las indagaciones, utilizó el sistema financiero a través de complejas transferencias de fraccionamiento en moneda local y extranjera, lo que habría permitido dar apariencia legal a ese dinero, además, de ocultar su origen.

La Corte de Constitucionalidad suspendió en definitiva el amparo. Foto: La Hora
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