Durante la discusión de la reactivación de la pena de muerte efectuada por los integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso, el profesor universitario Oswaldo Samayoa aseguró que es inaplicable, ya que no existe dentro de los textos legales la posibilidad de la aplicación.
«Guatemala ya entrado en una moratoria de hecho, es decir, que por resoluciones de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Constitucionalidad es inaplicable la pena de muerte y no existe dentro de los textos legales con posibilidad de aplicación, si existe como pena», indicó Samayoa.
Por lo anterior, explicó que para que sea aplicable la pena de muerte debía legislarse nuevamente la creación de la pena, sin embargo, estaría en contra de la disposición de la Corte Interamericana, así como al ordenamiento Constitucional guatemalteco que garantiza la vida desde su concepción.
APLICACIÓN NO TIENE ORDENAMIENTO JURÍDICO
Según indicó Samayoa la aplicación de la pena no tendría efecto jurídico porque en Guatemala no existe una persona condenada a muerte y ningún tribunal puede condenar en este momento a esta medida derivado a que todos los supuestos fueron expulsados por inconstitucionales.
«Es importante resaltar a la sociedad porque muchas personas consideran que esta podría ser una pena viable, pero la Constitución de Guatemala es del año 85 y el Código Penal es del año 73, si disponemos que todas las normas deben de responder al orden Constitucional, el Código Penal, Código Civil, la Ley de Orden Público, la Ley de Libre Emisión del Pensamiento y muchas leyes son anteriores a la Constitución, por lo tanto, a fuerza de inconstitucionales y amparos hemos tenido que actualizar nuestro derecho», señaló.
SE PODRÍA ABORDAR OTROS TEMAS DE INTERÉS
Samayoa expresó que el indulto no tiene ningún tipo de aplicación, por ello, se podría discutir otro tipo de soluciones, no solamente pensar en una pena, sino cuáles son las causas.
«La pena de muerte es una solución rápida que se ha establecido, pero seguir discutiendo sobre el tema puede hacer algo que nos impida discutir sobre otro tipo de soluciones», indicó Samayoa.
COMISIÓN DE DD. HH. CONTINÚA CON EL ANÁLISIS
El presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Herbert Figueroa, expresó que por los argumentos presentados por Samayoa, dicha sala legislativa debía dictaminar en contra, sin embargo, por las diversas posturas los diputados solicitaron escuchar otra opinión.
En pleno proceso electoral, Giammattei pide que se reactive la pena de muerte
«Mi deber como presidente de la comisión es tomar en cuenta las peticiones de los señores representantes, vamos a invitar a un próximo conferencista para que nos dé otra argumentación, a criterio personal me quedó muy claro que no está vigente esa legislación y hacer un dictamen sería hacerlo sin materia, ya que la pena de muerte no está vigente actualmente en el país», afirmó.
LA INICIATIVA
La iniciativa fue propuesta por la presidenta del Congreso, Shirley Rivera, y por aliados del oficialismo, esto luego que el presidente Alejandro Giammattei pidiera la reactivación de la pena de muerte.
Otros diputados que promueven la iniciativa son:
Leopoldo Salazar Samayoa, de Valor.
Armando Melgar Padilla, del FCN-Nación.
Javier Alfonso Hernández Franco, del FCN-Nación.
Ángel Francisco González Velásquez, de la UNE.
Sergio David Arana Roca, de VAMOS.
Douglas Rivero Mérida, del Partido Humanista.
Shirley Joanna Rivera Zaldaña, de VAMOS.
El candidato no cuenta con los requisitos de honradez para optar a cargo público, según Aguilera. Entérate aquí ⬇️ #LaHoraDeActualizarnos https://t.co/NCiaKwvQJD
— Diario La Hora (@lahoragt) March 15, 2023
La propuesta de ley señala que el Presidente, bajo su responsabilidad, puede determinar la aplicación de la pena capital a los condenados en procesos judiciales a quienes se les haya impuesto la referida sanción.
COMISIÓN DE DEFENSA DICTAMINA A FAVOR
El pasado 14 de febrero, la Comisión de Defensa Nacional emitió dictamen favorable de la iniciativa de ley 6189.
De acuerdo con el dictamen, en el artículo 1 se establece que el objeto de la ley es dar cumplimiento a la totalidad de garantías y defensa de los derechos inherentes a la persona, protegidos por la Constitución Política de la República de Guatemala y las leyes ordinarias en materia de la aplicación de la pena de muerte.
En ese sentido, se busca fijar el procedimiento específico para la aplicación de la sanción de vida.
Según establece el artículo 28, se busca que la iniciativa sea declarada de urgencia nacional, aprobada con el voto favorable de un número mayor a dos terceras partes del total de los diputados que integran el Congreso de la República y entrará en vigencia un día después al de su publicación en el diario oficial.
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