El diputado Juan Ignacio Quijada. Foto: La Hora / Congreso

Diputados integrantes de la Comisión de Economía y Comercio Exterior del Congreso dictaminaron a favor de la Ley de Competencia, con la cual buscarían evitar la formación de monopolios económicos y desincentivar las prácticas anticompetitivas entre empresas.

Según el presidente de la Comisión, Juan Ignacio Quijada, la iniciativa pasó un proceso de análisis a través de mesas técnicas con varios sectores incluyendo los empresariales para luego emitir el dictamen favorable.

“Este proyecto de ley llegó a la Comisión, nosotros a través del Instituto Republicano Interamericano nos dio una asistencia por medio de un abogado, y en la comisión acordamos que se creara una mesa técnica que estuvo integrada por todos los sectores, incluso, hubo representación del Cacif, Cámara de Industria y Cámara de Comercio”, explicó.

El legislador mencionó la importancia de la iniciativa para Guatemala debido a que únicamente dos países no cuentan con una Ley de Competencia, este listado incluye al país.

“Solo dos países no tienen esta ley, es Cuba y Guatemala, empezamos a conocer la iniciativa se realizaron las mesas técnicas y luego se dictaminó la Ley, nosotros ya la trasladamos a dirección legislativa”, indicó.

FUE CONSENSUADA CON EL SECTOR ECONÓMICO

Quijada expresó que previo a ser dictaminado, el proyecto de ley fue consensuado con el sector económico del país, por lo que le corresponde a la Comisión Permanente, que rige en el segundo periodo extraordinario en el Congreso, que la discuta y agende en el pleno para su aprobación.

 

“Creo que la Comisión Permanente tendrá que socializar antes de que se conozca en el pleno. Yo sí recomendaría que la socialicen, pero ya es decisión del Ejecutivo y Legislativo para que apruebe”, aseguró.

SE REACTIVA DISCUSIÓN

La normativa fue presentada en 2016 por los diputados Álvaro Adolfo Velásquez, Arístides Baldomero Crespo Villegas, Carlos Alberto Barreda Taracena y José Inés Castillo Martínez, y fue conocida por el pleno el 17 de mayo del mismo año.

Luego de casi dos años de haberse enviado a la Comisión de Economía y Comercio Exterior fue dictaminada a favor; sin embargo, el 24 de noviembre del 2021 se aprobó una moción privilegiada la cual hizo que regresara a la Comisión para un nuevo estudio y dictamen.

Un año después, el 16 de noviembre pasado, la sala legislativa que tenía a cargo el análisis dictaminó a favor de la iniciativa, pero esta vez con modificaciones.

SOBRE LA LEY

De acuerdo con el documento de la iniciativa, esta tiene como objeto promover y defender la libre competencia, para fortalecer la eficiencia económica en la búsqueda del bienestar del consumidor.

 

La ley será de observancia general en toda la República y se aplicará a todos los agentes económicos, ya que constituye una ley específica en materia de competencia.

También será aplicable a los actos o conductas que se originen fuera del territorio de la República, cuando produzcan efectos en el territorio nacional.

La iniciativa señala que un agente económico es toda persona individual o jurídica, entidad privada o pública, centralizada o descentralizada, autónoma o semiautónoma, con o sin fines de lucro, fideicomisos o cualquier otra forma de participación en la actividad económica del país; incluyendo cuando un mismo agente económico tiene control sobre uno o más agentes económicos.

PROMOCIÓN DE LA LIBRE COMPETENCIA

El artículo 24 menciona la promoción de la libre competencia que estará a cargo de la Superintendencia de Competencia, que deberá realizar todas las acciones necesarias para la promoción de un mayor grado de competencia en los mercados.

Los grados de competencia podrán ser a través de las relaciones con otras autoridades públicas, organismos internacionales o autoridades de competencia del extranjero, o por medio de fomentar una cultura de competencia que incremente la conciencia pública sobre sus beneficios.

MULTAS

El artículo 118 indica que se impondrán multas al agente económico que incurra en la realización de prácticas anticompetitivas absolutas hasta por Q200 mil salarios mínimos diarios no agrícolas y de Q100 mil por prácticas anticompetitivas relativas.

 

Por ello, el agente económico estará sujeto a sanciones y quedará obligado al pago de la misma a partir de que se dicte la sentencia definitiva por el órgano jurisdiccional pertinente.

También serán sancionados con una multa hasta Q200 mil salarios mínimos diarios no agrícolas, aquellos denunciantes cuyas peticiones o denuncias sean declaradas improcedentes por ser manifiestamente falsas o notoriamente frívolas.

En la imposición de multas y sanciones deberán considerarse los elementos para determinar la gravedad de la infracción contemplados en la ley.

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