Los contribuyentes que aun no han pagado el ISCV podrán pagarlo hasta el 31 de diciembre. Foto La Hora: Archivo
Los contribuyentes que aun no han pagado el ISCV podrán pagarlo hasta el 31 de diciembre. Foto La Hora: Archivo

A partir de este miércoles entrará en vigencia la prórroga para el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV), luego de que el Congreso de la República aprobó la ampliación del plazo al 31 de diciembre para que los propietarios de vehículos puedan cumplir con esta obligación tributaria sin incurrir en sanciones adicionales.

La extensión del plazo, publicada este martes en el Diario de Centro América, permitirá que los contribuyentes tengan más tiempo para realizar el pago correspondiente al ejercicio fiscal 2026.

 

La fecha límite original venció el 31 de julio, por lo que quienes no habían cancelado el impuesto quedaron sujetos a las disposiciones establecidas en la normativa tributaria.

Según la publicación, la condonación de multas, moras e intereses derivados del atraso en el pago aplica desde el 1 de agosto. Esto significa que los propietarios que paguen el impuesto dentro del período de prórroga podrán beneficiarse de la eliminación de estos recargos.

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¿QUÉ DEBE HACER PARA PAGAR?

Los contribuyentes deben ingresar al portal de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) para verificar el monto pendiente y efectuar el pago correspondiente. Una vez cancelado el impuesto, podrán actualizar la tarjeta de circulación.

Congreso aprueba prórroga para pago del Impuesto de Circulación 2026

La SAT informó que el pago del ISCV es necesario para mantener habilitada la tarjeta de circulación del vehículo, ya que ambos procesos están vinculados al cumplimiento de esta obligación anual.

Aunque la prórroga amplía el plazo, los propietarios que no regularicen el pago dentro del nuevo período establecido podrían enfrentar nuevamente las sanciones previstas por la legislación tributaria, incluyendo multas e intereses.

 

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