SAT: En menos de un mes se vence el plazo para pagar el impuesto de circulación

El 31 de julio es el último día que tienen los guatemaltecos para pagar el impuesto anual de circulación de vehículos. Hasta este momento la SAT contabiliza el 57% de la recaudación prevista por este impuesto.

Marco Livio Díaz, jefe de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), informó que hasta el 10 de julio se ha recaudado el 57% de la suma prevista sobre este impuesto, unos Q566 millones de Q983 millones. Cifra que explican estaba contemplada.

Este impuesto está contenido en la Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos.

Dicha ley establece que el 50% de la recaudación del impuesto de los vehículos terrestres de uso particular, alquiler, comercial, de transporte urbano de personas y motocicletas se destina exclusivamente al mantenimiento, mejoramiento, construcción y/o ampliación de calles, puentes y bordillos de las cabeceras y demás poblados de los municipios.

 

Asimismo, indica que se puede dirigir hasta el 40% al fondo común y 10% restante al Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC), que lo destinará exclusivamente al mantenimiento y adquisición de semáforos, señales de tránsito y demás equipos requeridos para ordenar y controlar el tránsito.

Por otra parte, la recaudación del impuesto de los vehículos de transporte extraurbano de personas y/o carga, para uso agrícola, industrial, construcción y remolques se destina el 70% al fondo común, el 20% para el mantenimiento, mejoramiento y construcción de la infraestructura vial; además, se puede destinar hasta el 10% de dicho 20% al pago de salarios y prestaciones de empleados municipales.

De esa cuenta se destina el 10% restante al Departamento de Tránsito de la PNC, también para el cuidado y adquisición de semáforos y señales de tránsito.

IMPUESTO DE CIRCULACIÓN 2023

El lunes 31 de julio vence la fecha en la que los guatemaltecos pueden pagar el impuesto de circulación de los vehículos sin incurrir en ilegalidades y sin recargo por mora.

Este pago es de carácter obligatorio para todos los vehículos de circulación terrestre y puede realizarse sin visitar ninguna agencia de la SAT.

Para iniciar este proceso ingresa al sitio en internet Portal SAT | Consulta Vehículos – Guatemala, donde debe ingresar el número de placa y NIT del propietario del vehículo.

 

Luego dar clic en Declaraguate buscar el formulario de impuesto de circulación para vehículos, llenar los datos e imprimirlo o bien digitar los números del formulario en su banca electrónica.

El pago puede realizarse en una agencia bancaria o de forma digital por medio de banca virtual.

La calcomanía debe ser impresa y portada físicamente en todo momento por el conductor del vehículo.