Eliminación de impuestos ayudaría a los consumidores. Foto La Hora: Shutterstock
Eliminación de impuestos ayudaría a los consumidores. Foto La Hora: Shutterstock

Llenar el tanque en Guatemala implicaba hasta hoy pagar dos impuestos sobre cada galón de combustible. Esa carga cambia con la aprobación de la iniciativa 6809, con la que el Congreso elimina el Impuesto de Distribución de Petróleo (IDP) y suspende temporalmente parte del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a los combustibles.

Con la aprobación se establecen precios de referencia de Q35 para el diésel, Q34.50 para la gasolina regular y Q36 para la gasolina superior, como parte del mecanismo previsto para reducir el precio de los combustibles.

La decisión llega después de varios meses de alzas impulsadas por el encarecimiento del petróleo en medio de las tensiones en Medio Oriente, un escenario que ha llevado el precio del diésel por encima de los Q50 por galón y reabierto la discusión sobre las medidas que puede adoptar el Estado para contener el costo que pagan los consumidores.

¿CUÁNTO PESA EL PAGO DE ESTOS IMPUESTOS?

Cada galón de combustible que compra un consumidor incluye una carga tributaria. La iniciativa contempla eliminar el IDP y suspender el 65% del IVA, por lo que la rebaja estimada varía según el tipo de combustible y el precio de referencia utilizado.

De acuerdo con la tabla de estimación de impacto incluida en el proyecto de ley, elaborada con precios de referencia de septiembre de 2026, la eliminación del IDP representaría Q4.70 por galón para la gasolina superior, Q4.60 para la regular y Q1.30 para el diésel y gas oil.

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A esto se suma la exención estimada del IVA. Para la gasolina superior, el proyecto calcula un beneficio de Q4.71 por galón; para la regular, de Q4.50, y para el diésel, de Q5.04.

Con ambos efectos, la rebaja tributaria estimada sería de Q9.41 por galón para la gasolina superior, Q9.10 para la regular y Q6.34 para el diésel.

¿CÓMO QUEDARÍAN LOS PRECIOS?

La misma tabla utiliza como referencia un precio de Q44 por galón para la gasolina superior. Al restar los Q4.70 del IDP y los Q4.71 estimados por IVA, el precio resultante sería de Q34.59 por galón.

Para la gasolina regular, el precio de referencia utilizado es de Q42 por galón. Con una exención de Q4.60 por IDP y Q4.50 por IVA, la rebaja total estimada sería de Q9.10 y el precio resultante de Q32.90 por galón.

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En el caso del diésel y gas oil, el proyecto toma como referencia Q47 por galón. La eliminación de Q1.30 del IDP y la exención estimada de Q5.04 por IVA representarían una reducción de Q6.34, para un precio calculado de Q40.66 por galón.

Estos cálculos corresponden a la estimación de impacto fiscal y de precios contenida en el proyecto de ley. El precio que finalmente pague el consumidor puede variar según las condiciones del mercado y otros componentes de la cadena de comercialización.

Además, el beneficio tributario tendría que trasladarse al precio final para que la rebaja estimada se refleje completamente en las estaciones de servicio.

Q3 MIL 318 MILLONES: EL COSTO PARA EL ESTADO

La reducción de impuestos también tendrá un efecto sobre los ingresos tributarios. Según la estimación incluida en el proyecto, el sacrificio fiscal por la exención del IDP y del IVA ascendería a Q3 mil 318.4 millones.

De ese total, Q1 mil 332.2 millones corresponderían al IDP, mientras que Q1 mil 986.2 millones provendrían de la suspensión del IVA.

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De acuerdo con la propuesta, el Ministerio de Finanzas Públicas deberá realizar las readecuaciones presupuestarias necesarias para compensar la reducción de ingresos y garantizar los destinos específicos que actualmente se financian con estos tributos.

El monto es uno de los principales puntos de discusión alrededor de la medida, debido a que el Estado tendría que compensar la pérdida de esos ingresos durante el período en que permanezcan vigentes las exenciones.

EL PUNTO QUE PREOCUPA A LOS ANALISTAS: EL BENEFICIO AL CONSUMIDOR

Para el economista y analista de la Asociación de Investigaciones Económicas y Sociales (Asies), Erick Coyoy, uno de los principales aspectos a definir es el mecanismo que permitirá determinar el precio de referencia y verificar que la rebaja tributaria llegue al consumidor.

Coyoy señala que no existe garantía de que una reducción legal de impuestos se traslade completamente al precio final, debido a las dificultades para establecer un precio de referencia que refleje las condiciones del mercado internacional y los costos de importación y distribución.

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El analista considera que Guatemala debería contar con una norma específica que regule la definición de esos precios de referencia, no únicamente para esta coyuntura, sino de manera permanente.

“En la medida que este mecanismo sea efectivo y transparente, se podrá propiciar que cualquier subsidio o rebaja realmente llegue al consumidor”, afirmó Coyoy.

El planteamiento coloca el traslado del beneficio como un elemento clave de la medida: aunque la iniciativa calcula una rebaja tributaria de hasta Q9.41 por galón para la gasolina superior, el consumidor no necesariamente observaría una reducción equivalente si el beneficio no se refleja completamente en el precio de venta.

¿DE DÓNDE SALDRÁN LOS Q3 MIL 300 MILLONES?

El segundo punto de discusión es el impacto sobre las finanzas públicas.

Para Paul Boteo, director ejecutivo de la Fundación Libertad y Desarrollo, eliminar los impuestos es una alternativa distinta a establecer un subsidio directo, porque en este caso el Estado deja de cobrar parte de los tributos en lugar de recaudar el impuesto y posteriormente utilizar recursos públicos para compensar el precio.

“No tiene sentido que se cobren impuestos sobre un bien y luego se devuelvan en subsidios. Es la forma más transparente y administrativamente más simple”, señaló Boteo.

El economista también destaca el comportamiento de la recaudación tributaria. Según los datos que cita, a agosto la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) había recaudado Q81 mil 584 millones, Q2 mil 294 millones por encima de la meta de Q79 mil 290 millones.

Sin embargo, Coyoy advierte que el excedente de recaudación o los saldos presupuestarios no necesariamente pueden utilizarse libremente para cubrir el costo de la medida, debido a que parte de esos recursos tiene destinos establecidos por ley.

El analista menciona, entre otros casos, los recursos destinados a los Consejos Departamentales de Desarrollo (Codede), cuya ejecución presupuestaria ha sido baja, pero cuyos fondos no pueden simplemente reorientarse sin una modificación legal.

“Por tanto, el Congreso debe aprobar reorientar parte de estos fondos sin ejecución para cubrir la brecha. De lo contrario se corre el riesgo de que los recursos sin destino específico sean insuficientes para cubrir salarios, traslados a entidades autónomas, entre otros”, afirmó Coyoy.

También recordó que la Constitución establece que el Congreso debe identificar la fuente de financiamiento de las obligaciones de gasto que apruebe.

UNA MEDIDA DE ALIVIO, PERO NO UNA SOLUCIÓN AL PRECIO DEL PETRÓLEO

Los analistas consultados también coinciden en que la eliminación temporal de impuestos no elimina el factor externo que ha provocado el aumento de los combustibles: el comportamiento del petróleo en los mercados internacionales.

Boteo señaló que la suspensión de los impuestos puede generar una reducción frente a los precios actuales, pero no garantiza que los combustibles regresen a los niveles previos a las tensiones geopolíticas. Si los precios internacionales continúan aumentando, el precio en Guatemala también podría mantenerse bajo presión.

Coyoy, por su parte, considera que una exoneración temporal o un subsidio generalizado funciona como una medida de corto plazo y plantea que, ante aumentos prolongados del petróleo, deberían analizarse mecanismos focalizados hacia los hogares de menores ingresos.

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La discusión, por tanto, queda concentrada en dos aspectos: cuánto de la rebaja tributaria se trasladará efectivamente al consumidor y cómo se financiará el impacto de Q3 mil 318.4 millones sobre los ingresos del Estado.

La Hora consultó al Ministerio de Finanzas Públicas sobre el impacto fiscal de la medida y la fuente de financiamiento prevista. Al cierre de esta edición no se había recibido respuesta. De obtenerse, será incorporada en esta publicación.

Eduardo Smith
Eduardo Antonio Smith Soto es economista y analista político con más de 18 años de experiencia en periodismo económico, política pública y diplomacia. Ha trabajado en análisis de coyuntura, gobernanza y relaciones internacionales, combinando enfoque técnico y lectura estratégica del contexto regional.
Maricela Herrera
Ana Maricela Herrera es periodista y editora con experiencia en cobertura y edición de temas políticos, económicos e internacionales. Ha dirigido equipos en medios y trabajado en comunicación institucional y estrategia informativa.
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