Sin la normativa las distribuidoras del país aún no pueden aplicar el subsidio. Foto: La Hora/Archivo

Este lunes 26 de septiembre sigue sin publicarse en el Diario Oficial el reglamento para la aplicación de la Ley de Apoyo Social Temporal para los Consumidores de Gas Propano. Sin esa normativa las distribuidoras del país aún no pueden aplicar el subsidio.

Alberto Pimentel, ministro de Energía y Minas (MEM), indicó el jueves, 22 de septiembre, que se prevé que el reglamento entre en vigor el 1 de octubre para que cubra exactamente octubre y noviembre, es decir que para el último mes del año no se espera que el gas propano cuente con este beneficio.

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LOS PRECIOS SIN SUBSIDIO

La normativa faculta al MEM a otorgar el subsidio a los consumidores de la siguiente manera:

Cilindro de 10 libras: Q8.00

Cilindro de 20 libras: Q16.00

Cilindro de 25 libras: Q20.00

Cilindro de 35 libras: Q28.00

 

De esa cuenta, la entidad estableció el precio de referencia del 26 al 30 de septiembre, sin subsidio incluido, de la siguiente manera:

Cilindro de 10 libras: Q57.00

Cilindro de 20 libras: Q114.00

Cilindro de 25 libras: Q142.00

Cilindro de 35 libras: Q199.00

Cilindro 100 libras: Q568.00

 

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FACTURA ELECTRÓNICA

De acuerdo con la medida, la disminución del monto correspondiente al subsidio en el precio final de la venta deberá aparecer reflejado en la factura electrónica (FEL) que emitan los envasadores de gas propano.

Además, no se aceptarán para efectos del subsidio las facturas emitidas a favor del Consumidor Final (CF), por lo cual deberá consignarse el Número de Identificación Tributaria (NIT) o, en ausencia de éste, el Código Único de Identificación (CUI) cuando sea una sola unidad vendida.

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