Las estafas digitales son cada vez más frecuentes. Existen diferentes modalidades en las que los ciberdelicuentes buscan obtener información personal. Foto: La Hora.
Las estafas digitales son cada vez más frecuentes. Existen diferentes modalidades en las que los ciberdelicuentes buscan obtener información personal. Foto: La Hora.

Cada vez más se habla de las estafas financieras en redes sociales, por lo que las entidades bancarias han implementado distintas verificaciones para evitar el hurto o robo de los ahorros de las personas desde plataformas digitales.

La iniciativa de ley de «protección contra la estafa financiera digital» busca tipificar esas transacciones sin el consentimiento de las personas a través de phishing, malware, clonación de sitios electrónicos o manipulación de dispositivos, como la suplantación tecnológica.

La propuesta de ley que presentó Héctor Aldana establece como delito de estafa financiera digital a quien, mediante un truco o engaño, utilice redes, sistemas, plataformas digitales, ingeniería social, suplantación de identidad o cualquier otro medio informático, obtenga acceso no autorizado a información financiera, credenciales de acceso o instrumentos de pago, para disponer de fondos o realizar cualquier operación financiera en perjuicio de un usuario del sistema financiero.

Quien cometa dicho delito podrá recibir una condena de seis a 12 años de prisión y una multa equivalente al doble del monto sustraído del patrimonio de la víctima.

Asimismo, se sanciona a los «mulas» financieros por facilitar cuentas para realizar estafas financieras digitales.

Se define como «mulas» financieras a las personas que, conociendo o estando en posición de conocer el origen ilícito de los fondos, proporcionen, cedan, alquilen o pongan a disposición de terceros sus cuentas bancarias, billeteras digitales, instrumentos electrónicos de pago o registros financieros, para la recepción, dispersión o transferencia de fondos provenientes de la estafa financiera digital.

Para ese tipo de colaboración se impondrán sanciones de cuatro a seis años de prisión.

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CUSTODIA Y SANCIONES

Además, en la propuesta de ley se sugiere crear el sistema nacional de coordinación contra la estafa financiera digital, que estará conformado por el Banco de Guatemala (Banguat), la Superintendencia de Bancos (SIB), el Instituto Nacional de Cooperativas a través de la Inspección General de Cooperativas, el Ministerio Público (MP), el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), la Policía Nacional Civil (PNC), las instituciones financieras obligadas y la Procuraduría de los Derechos Humanos.

Dicho sistema deberá promover mecanismos de coordinación inmediata entre las instituciones participantes, elaborar protocolos de actuación interinstitucional, promover estándares de prevención de la estafa financiera digital, facilitar el intercambio de información permitida por la ley, identificar modalidades de estafa financiera digital y emitir recomendaciones para la prevención y la seguridad del sistema financiero.

Las instituciones que cometan infracciones recibirán sanciones como amonestación escrita, multas pecuniarias, infracciones leves (multas de hasta 10 mil unidades, que es el salario mínimo de la actividad no agrícola vigente diario), infracciones graves (multas de hasta 100 mil del salario mínimo diario) e infracciones muy graves (multas de hasta 500 mil unidades del salario mínimo diario).

«Las instituciones financieras obligadas deberán preservar, de forma íntegra e inalterable, la evidencia digital relacionada con los hechos investigados, garantizando su cadena de custodia desde el momento de la denuncia o requerimiento. La información deberá ponerse a disposición del Ministerio Público o de la autoridad judicial competente en formato técnico para asegurar su validez procesal», expresa el artículo 54 de la iniciativa de ley.

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Joel Maldonado
Reportero de política y economía. Además de informar, es necesario educar, por eso me gusta contar historias con hechos y pruebas.
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