Equipo legal del Tribunal Supremo Electoral presenta un amparo ante la Corte de Constitucionalidad para frenar acciones del Ministerio Público.
Equipo legal del Tribunal Supremo Electoral presenta un amparo ante la Corte de Constitucionalidad para frenar acciones del Ministerio Público. Foto: TSE

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) solicitó a la Corte de Constitucionalidad (CC) un amparo en contra del juez séptimo penal A, Fredy Orellana, derivado de los allanamientos que autorizó realizar a la Fiscalía Especial dontra la Impunidad (FECI), dirigida por Rafael Curruchiche, en las instalaciones del Centro de Operaciones del Proceso Electoral (COPE), ubicado en el Parque de la Industria, en donde se almancenan las cajas que contienen los materiales electorales y las papeletas utilizadas por el electorado para dejar constancia de su voto.

Según lo manifestado por el órgano electoral, con las acciones realizadas por la referida fiscalía, autorizadas por el juzgador, se violenta lo establecido en el artículo 243 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), pues se considera que incluso se habría hecho un reconteo de votos durante las diligencias.

El pasado martes 12 de septiembre, el Ministerio Público (MP) comenzó con las diligencias deallanamiento, inspección, registro y secuestro de evidencia en las instalaciones del Parque de la Industria, en donde requirieron 160 cajas electorales que contienen los materiales de 21 municipios de distintos departamentos del país, que se encontraban resguardadas en las bodegas 8 y 9, con la finalidad de ser inspeccionadas para fortalecer una investigación que se inició por una denuncia que fue interpuesta por “un ciudadano, dijo Curruchiche”.

La máxima autoridad en materia electoral busca que la CC ponga un freno a las acciones realizadas por el MP, ordenadas por Orellana.
La máxima autoridad en materia electoral busca que la CC ponga un freno a las acciones realizadas por el MP, ordenadas por Orellana. Foto: TSE

El allanamiento, según lo calificó el pleno de magistrados del TSE, es arbitrario, porque el personal del órgano encargado de la persecución penal ejecutó la inspección y recuento de los votos, pese a que se les indicó que de conformidad con el artículo 243 de la LEPP, los únicos órganos competentes para verificar y calificar la documentación electoral son el TSE y las juntas electorales departamentales (JED). Se enfatizó en que esa acción viola la referida normativa en materia electoral.

El TSE señaló que el personal del MP procedió a abrir cajas y las correspondientes bolsas embaladas que contienen los votos emitidos, los que, “en abuso de autoridad, los contaron, y documentaron sus actos”, acción que es facultad exclusiva de los miembros de las juntas receptoras de votos, y de la respectiva Junta Electoral Departamental, situación establecida en los artículos 237 y 238 de la LEPP.

Además, el órgano electoral indicó que el proceso electoral no ha finalizado, según la Convocatoria a Elecciones Generales 2023.

Con respecto al proceso de elecciones, el TSE indicó que el MP, por medio de la orden del juez, “lo pone en grave riesgo y peligro en su conclusión”.

La máxima autoridad en materia electoral busca que la CC ponga un freno a las acciones realizadas por el MP, ordenadas por Orellana.

 

ORDEN NO ESTABLECE CAUSA DEL ALLANAMIENTO 

El TSE estableció que la orden judicial girada por Orellana no cumple con los requisitos que exige el artículo 191 del Código Procesal Penal para dichos procedimientos, ya que dicho documento carece del «motivo del allanamiento y la diligencia a practicar, es decir, no indica si es con el fin de encontrar indicios de algún delito de los establecidos en nuestra legislación y especialmente en materia electoral”.

En la acción legal presentada por el ente electoral se señaló que la orden del juez solamente indica que se autoriza el «allanamiento, inspección, registro y secuestro de evidencia, extracción de información digital y análisis de datos digitales en el inmueble”, pero deja en el limbo los otros aspectos señalados.

De acuerdo con el memorial, el TSE indicó que aunque el secuestro incluye computadoras portátiles, y medios de almacenamiento de información, entre otros, «en ningún lugar de su contenido consigna que esto incluye material electoral o las cajas que lo resguardan».

Según el órgano electoral, esto constituye una «violación flagrante de los derechos políticos de los ciudadanos que emitiron su voto y es resguardado por el Tribunal Supremo Electoral»..

TSE BUSCA SUSPENDER DILIGENCIAS 

Durante la entrega del amparo ante la CC, el asesor jurídico del ente electoral, Abraham Álvarez, declaró que el TSE ve con “urgencia” la protección judicial para que con ello se puedan suspender las diligencias efectuadas por la FECI, puesto que personal de esa fiscalía abrió las cajas e incluso habrían contado algunas papeletas a sabiendo que es una facultad exclusiva de las JRV y de las JED.

Álvarez expuso que este acto es arbitrario con respecto a lo manifestado por la LEPP, debido a que la normativa establece que los únicos facultados para abrir las cajas electorales son los miembros de las juntas electorales o miembros del TSE, acciones que deben realizarse con tiempos legalmente establecidos y bajo la observación de los fiscales de cada agrupación política.

Ante estas acciones, el representante legal declaró que el TSE es respetuoso de las acciones judiciales, pero que se busca en la CC proteger la voluntad popular expresada en las urnas y que está reflejada en los votos que la institución resguarda.

Por último, resaltó que el TSE “no consiente este acto”, por lo cual se emprendieron dichas medidas legales, con las cuales no se pretende litigar, sino obtener una protección constitucional.

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