*Redacción La Hora
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El partido político Compromiso, Renovación y Orden (CREO) interpuso una acción ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) solicitando asistencia para la “defensa de lo decretado en el amparo provisional” de la Corte de Constitucionalidad (CC), con lo que buscan que se abran las cajas electorales y la Junta Electoral del Distrito Central (JEDC) cuente cada uno de los votos para la elección para la Municipalidad de Guatemala.
Lo anterior, ya que CREO argumenta que el literal “b” de la resolución de la alta Corte, indica que se pudiera considerar necesario un nuevo conteo de votos, lo que se deberá de disponer en resoluciones debidamente razonadas con la presencia de órganos legales, y representantes de las organizaciones políticas para velar por “la conservación y seguridad de las respectivas boletas”.
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EL AMPARO
El documento presentado por el secretario general del partido político, Óscar Chinchilla, menciona que: “en ejercicio de los derechos constitucionales que me asisten y en virtud de tener un interés directo y fundado sobre los hechos y derechos que aquí fueron discutidos, comparezco a presentar solicitud de asistencia para la debida ejecución de lo decretado en amparo provisional”.
A criterio de la organización política, durante la votación se observaron vicios relevantes en la elaboración de actas y resultados, digitalización de datos y con ello se viciaron los procedimientos, generando una grave violación a la garantía de elecciones auténticas, así como la pureza del proceso electoral.
Según CREO, estas acciones ponen en riesgo la voluntad del electorado, y amenazan con generar la posibilidad de adjudicar cargos pese a la existencia de documentos incongruentes, alterados, falsificados y que en muchos casos no cumplen con los requisitos de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) y su reglamento.
Agrega que, un documento con esas características no brinda certeza respecto a la voluntad del electorado y en nada contribuye a garantizar la pureza del proceso, ya que a la larga la pureza se traduce en que la voluntad del pueblo, manifestado en las urnas, se refleje en la adjudicación de cargos y para ello, las actas deben brindar la certeza de los votos de la ciudadanía y deben ser debidamente traslados al sistema de conteo del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
OTROS ARGUMENTOS
De la misma forma, Chinchilla argumentó que el artículo 223 de la LEPP establece que los órganos electorales y las organizaciones políticas fiscalizarán el desarrollo del proceso electoral y por lo cual tienen el deber jurídico para realizar el debido escrutinio sobre cualquier violación a la ley o anomalía que pueda presentarse dentro del proceso electoral.
Además, señaló que la alta Corte sostuvo que su función es la defensa del orden constitucional, con el fin último de garantizar que el sistema sea republicano, democrático y representativo.
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SEÑALA FRAUDE
El candidato a la Municipalidad de Guatemala por CREO, Roberto González, acusó de fraude al actual jefe edil de la comuna capitalina y candidato por la coalición Valor-Unionista, Ricardo Quiñonez, luego de quedar en segundo lugar con un margen de 0.12% de los votos emitidos.
Luego de varios días, se unieron a estos señalamientos los partidos Cambio, Mi Familia, Valor, Podemos, VAMOS, la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), Cabal y Azul, quienes presentaron un amparo ante la alta Corte.
De esta cuenta, el 1 de julio la máxima Corte ordenó al TSE detener la oficialización de adjudicación de cargos de elección popular, así como ordenar a las Juntas Electorales Departamentales y del Distrito Central realizar una nueva audiencia de escrutinio de votos, dentro de un plazo de cinco días.
Texto: Engelberth Blanco
Información: Diego España