TSE y Reglamento: Reforma no toca cadena de custodia del voto

Las reformas al Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) fueron publicadas en el Diario Oficial en su edición de este viernes 25 de noviembre. No se modifica la modalidad de voto presencial ni a la cadena de custodia de voto por parte de las Juntas Receptoras de Voto (JRV), indicó el Tribunal Supremo Electoral (TSE) en una conferencia de prensa.

Las modificaciones fueron hechas a aspectos como el empadronamiento, inscripción de candidatos, voto en el extranjero, entre otras, según la publicación del Diario Oficial.

En la conferencia se informó que fueron analizados 85 artículos del Reglamento, de los cuales se reformaron 73, otros 10 fueron suprimidos, uno fue adicionado y un título fue reformado.

Los magistrados detallaron que para los cambios se tomaron en cuenta las experiencias que dejaron los comicios de 2019.

Se hizo un “análisis exhaustivo” y “fueron respectivos” al admitir aporte de ciudadanos y de entidades que se acercaron a dar sus puntos de vista, entre estas la Comisión de Actualización y Modernización Electoral (CAME) y organizaciones políticas.

 

REFORMAS AL REGLAMENTO

En cuanto a las actividades de las organizaciones políticas durante el evento electoral, se adecuó el desarrollo del procedimiento sancionatorio administrativo, relativo a la propaganda ilegal de personas individuales, según lo manifestado en la presentación que se hizo durante la conferencia.

También se estableció fundamento legal para el alquiler de instalaciones para Juntas Electorales (JE).

Una de las reformas establece que, para pautar en redes sociales, los partidos políticos deben registrar sus cuentas oficiales ante el TSE, para que el ente se contacte directamente con dichas plataformas y realizar un proceso de verificación.

De esta manera solo en las cuentas registradas ante el Tribunal podrán pautar, para lo cual se solicitarán información sobre ese aspecto.

EMPADRONAMIENTO

Sobre el empadronamiento, ahora se podrá efectuar en línea, al igual que la actualización de datos. Y se acordó con el Registro Nacional de las Personas (Renap) que todo ciudadano que tramite el primer documento personal de identificación (DPI) o su reposición pueda empadronarse de manera inmediata en las oficinas de esa institución.

También se implementará progresivamente el padrón electoral electrónico en el extranjero. De manera que el migrante guatemalteco, “que por motivos familiares o laborales se encuentra en el país donde fijó su residencia”, pueda votar en el centro más cercano.

El ente electoral añadió que las personas que se encuentren en otro país de manera ilegal podrán empadronarse con normalidad.

 

NO RESPONDE SI DESISTE DE COMPRA

La presidenta del TSE, Irma Palencia, declaró que aún no se tiene una respuesta en cuanto a los cambios mencionados que se harían a los procesos de adquisición de sistemas informáticos suspendidos.

Además, afirmó que, en cuanto a las compras directas, es una “norma impositiva y se puede hacer uso de ella”.