A lo largo de su historia varios miembros de la Iglesia Católica han sido señalados de abusos contra menores. Foto: AP

La “dimisión del estado clerical” es impuesta por la Iglesia católica como una de las máximas sanciones contra sacerdotes sentenciados por delitos sexuales. Esta medida ha recorrido desde comunidades remotas en Latinoamérica, hasta grandes ciudades en Europa y Estados Unidos. Guatemala no ha sido la excepción, pues en octubre pasado se emitió la sentencia contra un sacerdote con obras en Villa Canales.

Al ser reducido al Estado laico un sacerdote pierde sus derechos propios del estado clerical como oficiar misa, recibir confesiones o administrar los santos sacramentos. Además, se exenta al individuo de obligaciones como el rezo de la Liturgia de las Horas y la obediencia al obispo; en algunos casos conlleva la dispensa del celibato, es decir el compromiso de permanecer libre de todo acto conyugal.

EL PARTEAGUAS DEL CASO KARADIMA

La lista de abusos sexuales alrededor del mundo ha contribuido a la poca credibilidad moral que algunas personas expresan respecto a la Iglesia católica. En enero de 2018 el Vaticano puso un “hasta aquí” a la reputación de impunidad que se arrastraba, pese a miles de denuncias en varios países. En esa fecha el Papa Francisco visitó Chile, en un contexto donde el renombrado sacerdote Fernando Karadima era sindicado de cometer numerosas violaciones sexuales.

Al principio, según relataron medios locales e internacionales, el Santo Padre se presentó escéptico ante las acusaciones, demandando pruebas antes de sentenciar al padre chileno. Poco después rectificó su postura y urgió una investigación rigurosa para brindar justicia a las víctimas.

Uno de los arzobispos católicos más destacados de Alemania y confidente del Papa Francisco, el cardenal Reinhard Marx, presentó su renuncia en junio pasado. Foto: La Hora/AP/Alessandra Tarantino.

Sobrevivientes indicaron que Fernando Karadima abusó sexualmente de fieles, sacerdotes y laicos durante décadas, utilizando su posición como párroco de la iglesia El Bosque, en Santiago de Chile. En septiembre de 2018 el Papa Francisco dimitió del estado clerical al violador “por el bien de la Iglesia”.

“Hay dos claves para entender este decreto: la primera, que el Papa lo hace en conciencia. La segunda, la motivación: por el bien de la Iglesia. La dimisión del estado clerical de Fernando Karadima es un paso más en la línea del Papa Francisco contra los abusos. Estábamos ante un caso muy serio de podredumbre y había que arrancarlo de raíz. Se trata de una medida excepcional, sin duda, pero los delitos graves de Karadima han hecho un daño excepcional en Chile”, expresó la vocería de la Santa Sede en dicha ocasión.

A partir de este caso el Vaticano inició una serie de acciones en contra de abusadores sexuales en la iglesia, que incluyeron desde citaciones en la Santa Sede a 34 obispos chilenos hasta la dimisión de otras figuras católicas chilenas como Cristián Precht, cura emblemático opositor a la dictadura de Pinochet, y de distintas nacionalidades.

 

LA EXPULSIÓN DEL PADRE NERY MIJANGOS EN GUATEMALA

El pasado 28 de octubre el Arzobispado Metropolitano de Guatemala entregó la dimisión a Nery Manolo Mijangos Ramírez, miembro de la Comunidad Misionera del Camino (COMCA) en la aldea El Jocotillo, Villa Canales. Esta organización, según su descripción, asiste a personas indigentes en la localidad.

La solicitud de la Congregación para el Clero fue motivada por denuncias recibidas que señalaban a Mijangos como un abusador sexual, de oficio y autoridad contra personas adultas vulnerables, además de comportamiento inapropiado con varones pertenecientes a la comunidad, en donde ejerció como formador y superior.

“El día jueves 28 de octubre fue entregada personalmente al Pbro. Nery Maldonado Mijangos Ramírez, FMM, el documento de Dimisión del Estado Clerical y dispensa del Sagrado Celibato y de las demás obligaciones inherentes a la Sagrada Ordenación, impuesta por el Papa Francisco, (…) como conclusión de un proceso judicial realizado en nuestro Tribunal Eclesiástico”, informó el Arzobispado en la carta.
Además, el caso de Mijangos es investigado por la Fiscalía Municipal de Villa Canales del Ministerio Público (MP), la cual, según la entidad fue impulsada por una denuncia de abuso sexual.

“Les imploro, por favor, abandonen el sendero de la violencia, que es siempre un sendero hacia la perdición, una derrota para todos”, expresó Francisco. Foto La Hora: Andrew Medichini, Archivo/AP

OTROS CASOS GLOBALES

Otro caso emblemático en cuanto a la expulsión de sacerdotes fue el de Theodore McCarrick, exarzobispo y excardenal de Washington, Estados Unidos. El estadounidense fue dimitido de sus funciones el 16 de febrero de 2019 luego de ser hallado culpable por violaciones sexuales.

Según la sentencia, McCarrick violó en repetidas ocasiones a seminaristas durante los años 80, además de menores de edad. Este caso trascendió en la historia reciente por ser la condena impuesta al más alto rango reportado hasta ahora (excardenal ordenado por Juan Pablo II).

La frecuencia de estos crímenes en Estados Unidos fue inmortalizada en la película “Spotlight”, inspirada en la investigación del Boston Globe (2002) que expuso la dinámica de impunidad practicada con sacerdotes acusados por violencia sexuales, quienes únicamente eran trasladados hacia otras localidades sin enfrentar la justicia canónica o civil.

 

El cardenal de Boston, Bernard Law, renunció al cargo luego de ser señalado de proteger la red de abuso sexual en Boston. En seguimiento a estos hechos, las autoridades iniciaron investigaciones que, aunque probablemente no consignen la cantidad exacta de víctimas, es un indicio importante sobre los abusos del clero en el país.

Una investigación de la Universidad de Justicia Criminal John concluyó que entre 1950 y 2002, 10,667 estadounidenses acusaron a 4,392 clérigos. La arquidiócesis de Los Ángeles en 2007 acordó el pago de $660 millones en indemnizaciones a al menos 500 víctimas de abuso sexual.

En El Salvador, según el medio “El Nuevo Diario”, los sacerdotes Juan Francisco Gálvez, Antonio Molina y Jesús Delgado en diciembre de 2016 fueron encontrados culpables de cometer abuso sexual contra menores de edad en un caso ventilado en 2015.

En Ecuador, el 4 de octubre de 2018, el clero expulsó a César Augusto Cordero Moscoso por los mismos motivos; y en marzo de 2018 la Arquidiócesis Primada de México destituyó a Carlos López Valdés, quien falleció de COVID-19, cumpliendo una condena por violación sexual desde 2016.

En el viejo continente, específicamente en Francia, se han destapado casos de abuso sexual por parte de la Iglesia católica. El informe de la Comisión Independiente sobre Abusos en la Iglesia Católica (Ciase) publicado a principios de octubre pasado revela que al menos 216 mil menores de edad fueron abusados sexualmente durante los últimos 70 años.

Momento en el que ciudadanos en Francia rinden tributo a las víctimas de estos abusos. Foto: AP

Las víctimas ascienden a las 300 mil si se cuentan las violaciones cometidas por personas laicas, es decir, fuera del clero, como catequistas y líderes de grupos de fieles. Este informe consta de 2,500 páginas, compendio que para el presidente de la Ciase, Jean-Marc Sauvé, refleja las falencias sistemáticas de la Iglesia católica.

REFORMAS AL DERECHO CANÓNICO PARA SENTENCIAR VIOLACIONES

El 1 de junio de 2021 el medio oficial “Vatican News” anunció las reformas impulsadas por el Papa Francisco en el Libro VI del Código de Derecho Canónico, el cual no había sido cambiado drásticamente desde su introducción en 1983. Entre las reformas el pontífice endureció las leyes referentes a abusos sexuales contra menores, pero otro aporte significativo fue la tipificación del delito contra adultos vulnerables.

En este marco, el abuso a menores de edad podrá ser equiparado con el de algunos adultos cuando se considere que se ejerce una posición de poder por parte de un clérigo sobre otra persona con finalidades sexuales.

Esta ley reformada tipifica delitos como la pornografía infantil y definió a la pederastia como un delito contra la dignidad humana que puede concluir en la expulsión del estado clerical para los perpetuadores, petición que durante décadas había sido ignorada en el Derecho Canónico.

También se mejoró, desde el punto de vista técnico, el derecho de defensa, la prescripción de la acción penal, una determinación más precisa de las penas.

“Era necesario modificarla de modo que permitiera su empleo a los pastores como ágil instrumento saludable y correctivo, y que pudiese ser usado a tiempo y con caridad pastoral, a fin de prevenir males mayores y de sanar las heridas causadas por la debilidad humana”, declaró el Papa a “Vatican News”.

Estas reformas entrarán en vigor el próximo 8 de diciembre de este año mientras se ejecuta su revisión.

 

Jeanelly Vásquez
Periodista profesional de la USAC, actualmente cursando la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. Becaria en International Women’s Media Foundation (IWMF). Elabora piezas de investigación y profundidad, enfocadas en el gasto público, derechos humanos y la política guatemalteca. Tiene experiencia en producción de podcast y contenido en redes sociales; ha cubierto la fuente volante y el Organismo Ejecutivo. Twitter: @jeanellydvg
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