Foto: Ministerio de Ambiente

POR REDACCIÓN LA HORA
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En Consejo de Ministros se decretó el Acuerdo Gubernativo 5-2020 durante el Estado de Calamidad, en el cual el Ministerio de Salud debe ejecutar todas las acciones y prestar los servicios públicos indispensables para evitar la propagación del coronavirus COVID-19, según se conoció esta noche.

El presidente Alejandro Giammattei, indicó al concluir el Gabinete de Gobierno, que el ente rector de salud limitará el acceso a los lugares que se informe. Agregó que se impide la salida o entrada de personas en el territorio.

Asimismo, indicó que se limita la libertad de locomoción, limitación que incluye el tránsito y circulación de personas entre las 16 horas del día a las 4 horas del día siguiente. En caso la medida requiera ampliar la disposición será informada por la Presidencia.

Las entidades de Policía Municipal y Policía Nacional Civil deberán dar cumplimiento a la disposición en el marco de su competencia. Agregó que los vehículos de entidades públicas de seguridad y socorro deben estar identificadas para circular.

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El Acuerdo Gubernativo 5-2020 establece las medidas.

“El personal y los vehículos de seguridad del Ejército de Guatemala y las empresas de seguridad privada, la Policía Nacional Civil, debidamente identificado, así como la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres Conred. El personal y los vehículos como ambulancias de auxilio y socorro de los Bomberos Municipales y Voluntarios y hospitales públicos y privados; del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, Cruz Roja de Guatemala y entidades públicas de salud debidamente autorizadas e identificadas”.

Agregó: “que los vehículos que presten servicio a domicilio -deben estar- debidamente identificados, de fármacos, medicinas, gas, alimentos, productos de limpieza y cualquier otro artículo de primera necesidad”.

Además, refirió que el personal internacional y los vehículos deben tener las placas de circulación e identificación diplomática o de misión internacional, así como los vehículos gestionados por las Embajadas y Consulados para la repatriación de guatemaltecos a territorio nacional.

Asimismo, se requiere identificación de personal que conduzca vehículos de Gobierno o acreditados como funcionarios de gobierno, mientras que el personal y los vehículos de Protección Vial y de la Dirección General de Transporte Extraurbano.

El mandatario exigió a los particulares y entidades del Estado el auxilio indispensable siguiendo los acuerdos gubernativos.

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El documento explica las disposiciones presidenciales.

Por otro lado, el funcionario dijo que se prohíben los espectáculos públicos y reuniones en el territorio nacional. Por su parte, expresó que el ministerio de Salud debe ejecutar todas las acciones y prestar los servicios públicos indispensables para evitar la propagación del virus.

Asimismo, dijo que se deben establecer precios mínimos y máximos para los artículos, bienes, suministros y servicios que tengan algún tipo de relación, tratamiento, contención y respuesta al COVID-19 y procedimientos médicos relacionados.

EVACUACIÓN MÉDICA

Giammattei explicó que el Ministerio de Salud debe evacuar a las personas nacionales o extranjeras, con sospechas, síntomas de ser portadores de COVID-19, teniendo atribución para aislar o fijar cuarentena a los pacientes, e inclusive a las personas procedentes que han declarado brote en su territorio, correspondientes con las reglas sanitarias mundialmente aceptadas.

El funcionario agregó que ordena a la Dirección General de Aeronáutica Civil, Ministerio de Relaciones Exteriores, Instituto de Migración, para que con apoyo de las fuerzas de seguridad coordinen con el Ministerio de Salud, la vigilancia y monitoreo de los puestos fronterizos, puertos y aeropuertos con relación a las personas procedentes de países de casos confirmados de coronavirus.

En tanto el Ministerio de Gobernación tendrá que encargarse de todo lo relativo al mantenimiento del orden público y la seguridad de las personas y sus bienes, en los lugares afectados por el COVID-19 y realizar las coordinaciones con el Ministerio de Salud y del Ejército.

TRADUCCIONES

Asimismo, requirió a la Academia de Lenguas Mayas realizar traducciones en garífuna y xincas, de lo contenido en el Acuerdo 5-2020 para que el mensaje se difunda en todas las regiones de Guatemala.

En relación con la difusión demandó a todos los medios de difusión y publicidad, a publicar de forma gratuita en su próxima edición, las disposiciones emitidas en el Decreto, así como aprobación, prórroga y modificación, derogatoria de los mismos.

SIN ARANCELES

En otro tema, explicó que hoy firmaron un Acuerdo Gubernativo en donde que se aborda que es necesario el consumo de alimentos y por tanto entrarán sin aranceles, 200 mil métricas de maíz blando y 125 mil toneladas métricas de maíz amarillo.

EXCEPCIONES

El Gobierno mantuvo las excepciones ya establecidas para industrias y que aplicarán para el toque de queda, concretamente para la industria alimentaria, industria farmacéutica, la industria de productos para la salud, energía y medios de comunicación.

TEMA LABORAL

El mandatario volvió a exhortar a patronos y trabajadores a alcanzar acuerdos dentro del marco legal y que los mismos se celebren en estricto cumplimiento de los derechos laborales.

Además estableció que la seguridad ocupacional es responsabilidad de empleadores, trabajadores y organizaciones sindicales.

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