
El 8 de septiembre el Congreso de la República aprobó el nuevo apoyo temportal que impulsó el Ejecutivo, para contener el precio de los combustibles, pero el mecanismo establecido en el Decreto 21-2026 no entrega el beneficio directamente al consumidor.
La ley establece que, cuando el precio de mercado supere los valores de referencia, el Estado reconocerá la diferencia mediante un apoyo social temporal a los importadores autorizados.
La normativa fija como precios de referencia Q39 por galón para el diésel, Q39 para la gasolina regular y Q41 para la gasolina superior, con una vigencia prevista hasta el 31 de diciembre de 2026.
Para financiar el mecanismo se autorizó un fondo de hasta Q2 mil 500 millones.
Sin embargo, el decreto todavía no está vigente, ya que la bancada Vamos presentó objeciones contra la normativa que la mantienen detenida en el Legislativo y atrasan su traslado al Ejecutivo para la sanción o veto.
El pleno del Congreso conocerá esas objeciones este martes 22 de septiembre.
¿CÓMO FUNCIONARÁ EL APOYO APROBADO?
El artículo 5 del decreto establece que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) reconocerá el apoyo temporal a los importadores sujetos autorizados cuando el precio de mercado supere el precio de referencia.
Para hacerlo, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) debe remitir al MEM la información que corresponda sobre las operaciones de los importadores, quienes deben presentar la documentación requerida para que se reconozca el apoyo, de acuerdo con el procedimiento que establezca el reglamento.
La ley también establece controles para verificar que el beneficio se refleje en el precio que paga el consumidor. El MEM es el ente rector; la SAT verifica obligaciones tributarias de los participantes y la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) debe supervisar que el apoyo se traslade al precio final.
En términos sencillos, el dinero público se reconoce al importador, pero el objetivo de la medida es que esa ayuda permita mantener el precio de venta al consumidor dentro del valor de referencia establecido por la ley.
FACTURA ELECTRÓNICA COMO MEDIDA DE CONTROL
Para Ricardo Barrientos, director ejecutivo del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi), la discusión no debería limitarse a si debe existir o no un subsidio, sino también a cómo se diseña y cómo se entrega el beneficio.
El analista plantea que el apoyo pudo haberse diseñado para llegar directamente al consumidor en la estación de servicio, aprovechando un sistema que ya existe: la factura electrónica.
La propuesta surge de algo que ocurre cada vez que una persona compra combustible.
El sistema de la gasolinera registra el tipo de carburante vendido, la cantidad de galones y los impuestos correspondientes, así que con esos datos, según Barrientos, podría calcularse automáticamente el monto del apoyo que corresponde a esa compra.
El experto ejemplicó de la siguiente manera: si una persona compra determinada cantidad de galones de diésel, el sistema podría identificar el combustible, calcular el beneficio establecido por galón y aplicarlo directamente en el momento del despacho.
Después, las operaciones acumuladas por cada estación permitirían determinar cuánto dinero debe ser compensado por el Estado.
Barrientos aseguró que de esta forma no sería necesario entregar el subsidio al importador como primer receptor del beneficio, sino aplicarlo en el punto donde el consumidor paga el combustible.
El planteamiento, además, parte de una infraestructura tecnológica que, según el analista, ya está funcionando en las estaciones de servicio.
Por eso considera que no sería necesario crear desde cero un sistema de registro de las compras: la información básica, como el tipo de combustible y cantidad de galones, ya queda registrada en la factura electrónica.
Mecanismo aprobado
El apoyo se reconoce a importadores autorizados.
MEM verifica y reconoce el beneficio.
El beneficio debe trasladarse al precio final.
La información de los importadores es utilizada para verificar el reconocimiento.
Otra propuesta
El apoyo se aplicaría directamente en la compra del consumidor.
La factura electrónica serviría para calcular la ayuda.
El descuento se aplicaría directamente en la bomba.
Las ventas registradas permitirían calcular posteriormente la compensación.
La diferencia, por tanto, no está solamente en cuánto dinero se destina al apoyo, sino en el punto de la cadena en el que se aplica y controla el beneficio.
Barrientos también plantea separar esta discusión de otra relacionada con el precio de los combustibles, como una eventual especulación o alteración injustificada de precios.
Para él, el diseño del subsidio y una eventual conducta ilegal de los importadores son asuntos distintos que requieren mecanismos de control diferentes.







