El juez Fredy Orellana continúa incluido en el régimen de medidas restrictivas de la Unión Europea (UE), por lo que las sanciones en su contra no fueron levantadas el 13 de enero de 2026, tal como lo afirmó él mismo en un comunicado que compartió en sus redes sociales este jueves 17 de septiembre.
La documentación oficial de la UE establece que las medidas restrictivas aplicadas por el bloque europeo a personas señaladas por acciones que socavan la democracia, el Estado de Derecho y la transferencia pacífica del poder en Guatemala fueron prorrogadas hasta el 13 de enero de 2027.
Además, el documento vigente de la UE mantiene a Orellana en la lista de personas sancionadas. Su nombre aparece en el puesto número 5 y figura con fecha de inclusión del 2 de febrero de 2024.
Esto contradice la interpretación planteada por el juez en su comunicado, en el que asegura que las sanciones impuestas en su contra fueron levantadas y que desde el 13 de enero de este año ya no existe ninguna medida restrictiva en su contra dentro del territorio de la UE.
— Fredy Orellana (@orellanafredy1) September 17, 2026
LA DECISIÓN QUE CITÓ ORELLANA NO LEVANTÓ LAS SANCIONES
Orellana basa su afirmación en la Decisión PESC 2026/88, adoptada por el Consejo de la UE el 9 de enero de 2026. Sin embargo, el contenido de esa decisión establece lo contrario a lo que señala el comunicado.
La decisión indica que, después de revisar la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas, se actualizarían las entradas correspondientes a cinco personas.
Al mismo tiempo, señala expresamente que las medidas restrictivas establecidas en la decisión anterior serían prorrogadas hasta el 13 de enero de 2027.
El artículo 1 de la decisión modifica precisamente el plazo de vigencia: donde antes se establecía el 13 de enero de 2026, se coloca el 13 de enero de 2027.
La misma documentación de la UE identifica cuáles fueron las cinco personas cuyas entradas fueron actualizadas. Se trata de los números 1, 2, 3, 7 y 8 del listado. Orellana corresponde al número 5, por lo que su entrada no fue una de las cinco sustituidas mediante la decisión de enero.
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La versión consolidada de la normativa europea, que se actualizó el 13 de enero de 2026, mantiene expresamente a Orellana dentro de la lista.
LA PROPIA UE CONFIRMA QUE SIGUE SANCIONADO
La información obtenida por La Hora también permite aclarar la interpretación del juez.
Ante la consulta realizada por este medio, la Unión Europea confirmó que, aunque Orellana no aparezca entre las entradas modificadas en el documento de enero, continúa sancionado y sujeto a restricciones en territorio europeo.
La Delegación de la Unión Europea en Guatemala informa que las sanciones contra ocho personas y una entidad guatemaltecas continúan vigentes.
La lista consolidada de personas y entidades con sanciones en vigor se encuentra disponible en https://t.co/JjdL5ypIKa pic.twitter.com/9xX02q6NzE
— Unión Europea en Guatemala (@UEGuatemala) September 17, 2026
Por lo tanto, la ausencia del nombre de Orellana entre las cinco personas cuyas entradas fueron actualizadas en enero no significa que haya sido retirado de la lista de personas que se sancionaron en 2024.
La decisión de enero modificó la vigencia general del régimen de medidas restrictivas y la extendió por un año más, hasta enero de 2027.
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¿QUÉ IMPLICA LA SANCIÓN?
Las medidas restrictivas de la UE incluyen restricciones de viaje que impiden a las personas incluidas en la lista entrar o transitar por los Estados miembros de la Unión Europea.
También contemplan la inmovilización de bienes y la prohibición para ciudadanos y empresas de la UE de poner fondos a disposición de las personas sancionadas, directa o indirectamente.
La decisión establece que los Estados miembros deben adoptar las medidas necesarias para impedir la entrada o el tránsito por sus territorios de las personas físicas incluidas en el anexo.
Cuando fue incluido en febrero de 2024, la UE señaló que, en su calidad de juez del Juzgado Séptimo de Primera Instancia Penal, había autorizado actuaciones de la FECI relacionadas con la investigación sobre la creación del partido Movimiento Semilla, incluidos allanamientos a la sede del partido y al Tribunal Supremo Electoral.
También señaló la suspensión provisional de la personalidad jurídica de Movimiento Semilla y otras actuaciones judiciales relacionadas con autoridades electas y magistrados del TSE.
Desde entonces, su nombre ha permanecido dentro del régimen europeo.
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EL COMUNICADO DE ORELLANA
En el documento divulgado este 17 de septiembre, Orellana afirma que mediante la Decisión PESC 2026/88 fueron levantadas las medidas restrictivas impuestas anteriormente en su contra.
También detalló que la decisión fue publicada el 12 de enero y entró en vigor al día siguiente, por lo que, según su interpretación, desde el 13 de enero ya no existiría ninguna sanción, limitación de derechos o medida restrictiva en su contra dentro de la UE.
No obstante, esa interpretación no corresponde con el contenido de la decisión ni con el listado vigente de la UE.
De nuevo, la Decisión PESC 2026/88 se encuentra actualmente vigente y establece como fecha de finalización de las medidas restrictivas el 13 de enero de 2027.
Fredy Orellana continúa sancionado por la Unión Europea y las restricciones en su contra permanecen vigentes.








