Según el IGSS, lo que se busca es utilizar un método coercitivo legal para concientizar al sector patronal sobre la importancia de cumplir con sus obligaciones a la Seguridad Social. Foto. IGSS

POR REDACCIÓN LA HORA
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Juan Carlos Ramírez, de la Dirección de Recaudación del IGSS, manifestó que con la institucionalización del Plan Estratégico Institucional 2018-2022 se estableció el marco de trabajo para el Seguro Social y este aborda cinco puntos estratégicos, de los cuales dos están relacionados con la parte financiera de la Institución, por ello, el IGSS informa que realizará acciones judiciales contra los patronos que no reporten las cuotas que correspondan por contribuciones a la Seguridad Social.

En ese contexto detalló que la Subgerencia Financiera realiza esfuerzos importantes para dar cumplimiento a dos de los Objetivos Estratégicos que se enfocan en la ampliación de cobertura y la solidez financiera. En el Plan Estratégico se estableció que debe existir un mecanismo adicional a los que ya están normados para que los patronos que no están al día en las cuotas que corresponden a las planillas de sus trabajadores tengan un peso judicial para poder poner al día sus contribuciones.

“Nosotros tenemos dentro del marco legal la facultad para presentar denuncias por delitos de acción pública cometidos contra el Instituto”, dijo el director entrevistado.

ACCIÓN NO ESTÁ RELACIONADA CON LA PANDEMIA
Ramírez destacó que dicha acción no está incluida en el marco de la pandemia y no es dentro del marco del Estado de Calamidad que se aplica; sin embargo, detalló que sí es una estrategia que se ha estado configurando desde hace tiempo atrás y está relacionada con la normativa vigente del Instituto.

Lo que se busca es utilizar un método coercitivo legal para concientizar al sector patronal sobre la importancia de cumplir con sus obligaciones a la Seguridad Social, con la finalidad de reducir la mora patronal y coadyuvar a la acreditación de derechos de los trabajadores y por ende la correspondiente prestación de los servicios en salud y pecuniarios que constitucionalmente el IGSS brinda a los afiliados y derechohabientes.

“Conforme los patronos se vayan poniendo al día en la deuda que tienen ante el Instituto quienes salen beneficiados son todos los trabajadores de esas empresas, porque así acreditan sus derechos en servicios de salud y servicios pecuniarios, además de las suspensiones laborales y pensiones al momento del retiro”, enfatizó Ramírez.

Ramírez detalló que es necesario que el IGSS tenga un incremento en la recaudación de las cuotas patronales y laborales, por lo que la Subgerencia Financiera presentará las denuncias penales contra los patronos que incurran en dichos delitos, para asegurar el pago a cabalidad.

OPORTUNIDAD DE SOLVENTAR SU SITUACIÓN
El Instituto tiene a disposición de los patronos los servicios electrónicos que sirven de medio para el pago de la planilla de Seguridad Social. Según el Acuerdo 1421 de la Junta Directiva los patronos deben presentar sus contribuciones y las descontadas a sus empleados, entre el 1 y el 20 del mes siguiente, sin recargos, y del 21 al 30 o 31 del mes siguiente con los recargos administrativos.

En caso de que el patrono no presente el pago de la planilla del mes correspondiente, incurre en un omiso de pago. Se le notifica y requiere el pago a través de medios físicos y electrónicos, de continuar con el omiso de pago se determinan el monto de lo adeudado y los recargos administrativos, luego se procede a generar el documento de cobro denominado Nota de Cargo.

Cuando al patrono se le notifica la Nota de Cargo, se le otorga un tiempo conveniente, según lo normado en el Acuerdo 1421 de la Junta Directiva, para realizar el pago, en caso contrario se procede con lo reglamentado y se remite el expediente a la unidad administrativa correspondiente que diligenciará el cobro por la vía judicial.

En la unidad que diligencia el cobro por la vía judicial, el patrono puede pagar sus adeudos y evitar continuar con el proceso; en caso contrario, es en los tribunales de mérito donde se ventilará el caso y se procede según el dictamen judicial.

PATRONOS SON CLASIFICADOS SEGÚN CANTIDAD DE TRABAJADORES
De acuerdo con el entrevistado, el Instituto cuenta con un registro categorizado en donde se clasifican por la cantidad de trabajadores con los que cuentan las empresas. En ese sentido detalló que las categorías están designadas como “A, B y C”.

Según describió, en dicha clasificación se incluyen las pequeñas, medianas y grandes empresas, “dentro de esas empresas hemos hecho un análisis preliminar sobre los delitos en los que pudieron haber incurrido y así elaborar los procedimientos legales correspondientes para la interposición de la denuncia”, puntualizó Ramírez.

Además, destacó que del total de las empresas que adeudan al Instituto hasta abril de este año un 20 por ciento de las empresas deudoras equivalen a 3,558 patronos, los que representan para el IGSS el 95 por ciento del monto de la deuda patronal total documentada.

“Por eso las hemos categorizado y son para nosotros las grandes empresas las que se contemplan en una primera fase de acción, porque tendrían más afiliados que saldrían beneficiados si se llegan a poner al día”, aseguró el entrevistado.

¿QUÉ PASA SI NO SE CANCELAN LAS CUOTAS LABORALES?
De acuerdo con Ramírez, para optar a los servicios del Seguro Social los trabajadores y derechohabientes deben contar con determinado número de cuotas según el servicio de salud o pecuniario requerido, y al no contar con las cuotas establecidas no podrían acreditar los derechos.

“Mientras más cuotas dejen de reportar los patronos, se pone en riesgo al trabajador de que no tenga cobertura a la Seguridad Social en temas de salud. También temas pecuniarios, si el afiliado no presenta las cuotas correspondientes tampoco se le podrán brindar estos servicios”, precisó el entrevistado.

AFILIADOS PUEDEN VERIFICAR QUÉ CUOTAS ESTÉN SIENDO REPORTADAS
Ramírez explicó que como parte de la modernización tecnológica del IGSS en la página web institucional existe un apartado de “CUOTAS” en el cual el afiliado puede ingresar y validar si el patrono ha reportado las cuotas correspondientes.

“Una cosa es que el patrono le descuente al afiliado la cuota laboral, que se ve reflejada en un voucher entre el patrono y el trabajador, y otra que el patrono lo haya reportado al Instituto junto a la cuota patronal que le corresponde”, dijo Ramírez.

Agregó que con ello el trabajador llega a ser un aliado estratégico para el IGSS, ya que puede ayudar a verificar si las cuotas descontadas han sido reportadas al Seguro Social o no. Asimismo, describió que, en caso no sean reportadas las cuotas, existen mecanismos institucionales a través de los cuales los afiliados pueden presentar las denuncias correspondientes, tanto en el edificio central como en delegaciones en el interior del país. Cabe destacar que el afiliado puede solicitar que la denuncia se maneje con confidencialidad.

“Los afiliados pueden acercarse y hacer la denuncia respectiva para que se inicie un proceso de investigación contra los patronos que hagan retenciones indebidas”, explicó.

LLAMADO A LOS PATRONOS A ESTAR AL DÍA EN SUS CONTRIBUCIONES
Finalmente, Ramírez hizo un llamado a los patronos para que puedan estar al día en sus cuotas o acercarse al Instituto para crear los mecanismos de pago que permitan que estén al día en sus contribuciones.

“Es importante que el sector patronal comprenda la importancia de hacer el pago de las contribuciones a la Seguridad Social oportunamente, para que se vea reflejado en un beneficio para sus trabajadores. Un trabajador sano es más productivo para un patrono que un trabajador con problemas de salud y que no pueda ser atendido debida y oportunamente”, refirió.

Además, destacó la importancia de la presentación de las planillas en las fechas estipuladas, ya que con dicha acción los patronos se solidarizan con sus trabajadores para que puedan gozar de todos los servicios que ofrece el Instituto.

En tal sentido, enfatizó que el IGSS ha puesto a disposición de los empleadores distintos mecanismos de pago para estar al día en las cuotas patronales y laborales, tales como reconocimientos de deuda, cuando el patrono ya tiene una deuda o pagos pendientes, en donde pueden establecerse hasta 60 meses para realizar el pago de la deuda con los cargos administrativos e intereses correspondientes.

“Cuando el reconocimiento de deuda es incumplido es cuando se va a la instancia judicial. Nosotros tratamos de hacer conciencia al patrono que no es necesario que llegue a ese punto, ya que el cobro judicial amerita acciones ante juzgados”, concluyó.

Destaque
A julio de 2020 había 17,801 patronos morosos (17,504 del sector privado)
adeudando Q2,392 millones 379,357

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