Considerando que Guatemala debe cumplir con la adopción de las medidas necesarias para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en forma eficiente, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) acordó calificar el “Hidrógeno verde”, al que “sea producido con un recurso renovable, como un recurso energético renovable”.
Según el Acuerdo Ministerial 180-2022, ahora la calificación del hidrógeno verde como recurso energético renovable se incluye en el Artículo 4 de la Ley de Incentivos para el Desarrollo de Proyectos de Energía Renovable.
Dicho artículo indica que los recursos energéticos renovables se definen como aquellos que no se terminan o que se renuevan por naturaleza. Incluyen: energía solar, energía eólica, hidroenergía, energía geotérmica, biomasa, energía de las mareas y otras que sean calificados por el MEM como el hidrógeno verde.
¿QUÉ ES EL HIDRÓGENO VERDE?
• Según CertifHy, el término hidrógeno verde se refiere al que es generado por energías renovables bajas en emisiones.
• Se distingue de otros métodos de producción, como la del hidrógeno gris, que se obtiene con la técnica de reformado por vapor de gas natural, el cual representa el 95% del mercado comercial actual.
#LHNosotras Experta nos comparte útiles consejos para desarrollar una entrevista de trabajo exitosa. Más detalles aquí 👇🏼📑👩🏽💻 https://t.co/eq3O6JvBSH
— Diario La Hora (@lahoragt) July 29, 2022
GT CUENTA CON RECURSOS RENOVABLES
De acuerdo con el MEM, Guatemala cuenta con los recursos naturales renovables suficientes para adoptar las medidas imprescindibles para cumplir con esta obligación fundamental.
Dicha obligación surge como parte de los compromisos adquiridos, en virtud de la vigésimo primera Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP21), donde se ratificó el Acuerdo de París.
ACUERDO DE PARÍS
El Acuerdo de París plantea acciones específicas que permitan mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2 °C, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1.5 °C con respecto a los niveles preindustriales, así como la rápida adaptación a los efectos del cambio climático y a la mitigación de los gases de efecto invernadero.