Cartas del Lector

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Walter Juárez Estrada

La Constitución dice “Los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y “jamás” superiores a ella”. El Congreso suspendió las diligencias de antejuicio contra los magistrados titulares de la Corte de Constitucionalidad Gloria Porras y Juan Francisco de Matta Vela, contra quienes la Corte Suprema de Justicia, declaro que con lugar el antejuicio, al declarar procedente la denuncia de Amanda Santizo, que aseguró que los citados se habían beneficiado con una sentencia.

La acción ha quedado en suspenso, luego que el tribunal constitucional, en voto dividido de tres contra dos, amparó provisionalmente al Procurador de los Derechos Humanos. A este respecto opiniones divididas, si es o no legal que los magistrados del tribunal constitucional, no puedan ser sujetos a acciones penales, y se “auto amparen”, pues ninguna ley, es superior a la carta magna, cuando regula en su artículo 153 que todo ciudadano y funcionario público puede ser juzgado, si se le incrimina un hecho ilícito y, por consiguiente, se cae en una clara violación a la Constitución.

Los que “protegen” a los magistrados, aseguran que de declararse que ha lugar a formación de causa contra los funcionarios, se seria “un auto golpe” al estado de derecho y a la constitución. Verdad o mentira es la opinión a los que defienden a los togados, pero se debe cumplir con la ley de amparo, exhibición personal y de constitucionalidad que dice que “no pueden ser perseguidos que se acciona contra Porras y de Matta Vela, también lo es que en otras ocasiones se ha intentado despojar de su derecho de no ser encausados, pero las acciones han abortado por ese mala interpretación.

Por ministerio de la misma Constitución, compete resolver si ha o no lugar a despojar de inmunidad a funcionarios públicos elegidos o por nombramiento y es competencia al Congreso que, mediante sorteo, el pleno elige la comisión pesquisidora, que corre audiencia a las partes para que se pronuncien y elevar al pleno, que por ley en última instancia, resolver si ha lugar a despojar de su inmunidad a los magistrados.

En el Congreso, las opiniones están divididas. El grupo de oficialista estaría dando luz verde para despojar a Porras y de Matta Vela, más no los legisladores que no avalan a los que se han plegado al gobierno y así quedó evidenciado cuando al cierre del periodo de sesiones se conoció el expediente y el “auto amparo” que por ahora ha frenado abrir causa penal contra los magistrados, que en sentencias no han sido favorables a los accionantes.

La carta magna norma “que la CC. su función esencial es la defensa del orden constitucional “; en la práctica será verdad que se cumple por los organismos del Estado con lo que dice la ley matriz…. cada uno, según sus intereses políticos y personales le da una interpretación antojadiza y compete por mandato de la misma constitución a los jueces del citado organismo ser los verdaderos pilares de la defensa de la misma carta magna … ¿?.

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