Gladys Monterroso

licgla@yahoo.es

Abogada y Notaria, Magister en Ciencias Económicas, Catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Diploma otorgado por la Corte de Constitucionalidad en 2005, como una de las Ocho Abogadas Distinguidas en Guatemala, única vez que se dio ese reconocimiento, conferencista invitada en varias universidades de Estados Unidos. Publicación de 8 ediciones del libro Fundamentos Financieros, y 7 del libro Fundamentos Tributarios. Catedrática durante tres años en la Maestría de Derecho Tributario y Asesora de Tesis en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

post author

Gladys Monterroso

“El tribunal ha declarado que en internet no cabe la expectativa de privacidad cuando tú voluntariamente revelas información a terceros, y, dicho sea de paso, en internet todo el mundo es un tercero.” Julian Assange

El fin de semana, las redes sociales colapsaron con el debate, noticia, opinión o reivindicación, que ocasionó la circulación de un video, (Que no he querido ver) pero por lo que se comenta, en el mismo, se encuentran un hombre maduro con una joven, manteniendo relaciones íntimas, la bomba estalló el fin de semana, y la versión es la siguiente.

Se presume que, se trata de un catedrático de la Facultad de Derecho de la USAC con una alumna de un curso que él imparte, repito no me interesa ver el video, y no lo he visto, traigo a colación el tema porque, desafortunadamente en nuestra sociedad, se da por cierto todo lo negativo que de una persona se presume, pero es aún peor, que actos íntimos se difundan, por el simple hecho de hacer del dominio público un acto que es privado.

En lo personal, me parece que todos los seres humanos, somos dueños de nuestro cuerpo, nuestra alma y nuestra palabra, también en la libertad de pensamiento y expresión, siempre y cuando en el ejercicio de este derecho, no se dañe la dignidad y el honor de otra persona, adicional son las razones que originaron el hecho, eso son cinco centavos más, pero, como hasta el momento nos encontramos ante presunciones de las verdaderas motivaciones, acá lo importante es la invasión de ese espacio tan personal, que es la intimidad de cada quien, que nos permite actuar conforme a lo que creemos.

El Código Penal establece en el primer párrafo de su artículo 90 que “Quien por cualquier medio sin el consentimiento de la persona, atentare contra su intimidad sexual y se apodere o capte mensajes, conversaciones, comunicaciones, sonidos, imágenes en general o imágenes de su cuerpo, para afectar su dignidad, será sancionado con prisión de uno a tres años.”

Muchas personas, tienen fetichismos que los demás no podemos comprender, veamos en EEUU fue condenado un asesino en serie, uno de los hábitos que lo delato fue su satisfacción derivada de la utilización y colección de zapatos de mujeres, un cámara en España falleció ahorcado, porque encontraba satisfacción sexual en sujetarse o que le sujetaran el cuello hasta el límite de la muerte, el fetichismo no es comprendido por los que no lo practicamos, pero dentro de la intimidad de la persona, hasta lo más grotesco es permitido, siempre y cuando no se violente el derecho de los demás, esa línea es sumamente delgada.

De ahí podríamos comprender la necesidad de auto gravarse en momentos sexuales íntimos, la diferencia entre estos momentos y auto gravarse en el baño, estriba en que en el primero participan dos personas, y en el segundo solamente el individuo que decide verse después, en el primero existen más personas involucradas, y en el segundo solamente el sujeto protagonista.

La problemática es hacer público sin autorización de la publicación de un acto sexual, porque: 1) Despierta el morbo popular, 2) Se estigmatiza siempre a la mujer, y 3) Se daña el honor de quien no autorizó la publicación, porque quien lo hizo, aunque se hubiese equivocado de remitente, decidió hacerlo público, y desde ese momento perdió su derecho a la intimidad y denigro a la otra persona.

¿Si en lugar de un hombre fuera una mujer quien hiciera público un video sexual en el que participa que diría nuestra sociedad machista? Mínimo que es una prostituta, sin embargo he leído en una sola publicación más de 100 peticiones de hombres solicitando la publicación del video, para “comprobar su autenticidad” pregunto ¿Todos los conocen? No podría contestarlo, lo que sí puedo responder es simple y sencillamente “que no nos importa”, si, así de sencillo, preocupémonos de nuestras propias pobrezas y no de las de los demás, que si realizamos un auto análisis, nos daremos cuenta que no tenemos justificación alguna de permitirnos sentenciar a los demás, menos aún si con ánimo de morbo se hace pública una relación que debió ser de dos, sin menospreciar la importancia de los motivos, implicaciones y connotaciones que dieron origen al mismo.

La paja en el ojo ajeno, no debe distorsionar nuestra visión.

Artículo anteriorFCCC por Cortes: hay una descarada intención de afectar procesos de alto impacto
Artículo siguienteReflexiones acerca de la Ley de Conred 109-96 (Parte II)