Alfonso Mata

alfmata@hotmail.com

Médico y cirujano, con estudios de maestría en salud publica en Harvard University y de Nutrición y metabolismo en Instituto Nacional de la Nutrición “Salvador Zubirán” México. Docente en universidad: Mesoamericana, Rafael Landívar y profesor invitado en México y Costa Rica. Asesoría en Salud y Nutrición en: Guatemala, México, El Salvador, Nicaragua, Honduras, Costa Rica. Investigador asociado en INCAP, Instituto Nacional de la Nutrición Salvador Zubiran y CONRED. Autor de varios artículos y publicaciones relacionadas con el tema de salud y nutrición.

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Alfonso Mata

Se entiende que la aprobación de proveedores y de sus productos es previo a la firma de autorización, entonces ¿qué pasó?

Todo documento legal en negocios de compra y distribución de medicamentos sirve para confirmar la conformidad de los productos con los requisitos de seguridad, adecuación de fórmula y calidad de que los productos no solo no representan un peligro para la vida y la salud humana, sino que actúan como se dice y señala. Solo después de ello, yo firmo el convenio de entendimiento del negocio y compro.

En nuestro caso, el distribuidor de un producto está seguro de que el productor realizó una certificación correcta de su producto ante el MSPAS, responsable directo de evaluar el producto y darle su visto bueno, para su compra interna y su venta en el mercado.

Si hubo ilícitos en ello y el MSPAS desde hace dos meses lo denunció interinstitucionalmente, tiene la obligación primero de sancionar al que le vendió por fraude, incluso quitarle su derecho de productor o importador y de denunciarlo públicamente, ya que existe infinidad de hipertensos, pacientes con problemas de dolor osteomuscular y cancerosos renales que en forma privada pueden usar esos productos. Esa denuncia pública no se ha realizado, permitiendo que las anomalías y los fraudes se miden con doble rasero. No se vale que unos pacientes sean beneficiados de abstenerse de potenciales daños y otros no.

¿Quiénes fueron los culpables ante tremenda anomalía como la señalada por el Presidente? el MSPAS debe ser lo suficientemente honesto de señalarlo públicamente, tiene la obligación no solo institucional sino nacional.

Es un hecho, que la ley exige al MSPAS vigilar la trazabilidad del producto desde antes de adquirirlo y entonces ¿quiénes violaron la ley y en qué? es algo que debe hacerse público. Quién o quiénes pasaron sobre la ley y quién o quiénes lo permitieron y eso debe ser penado drásticamente. Engaño y riesgo para los médicos, puesta en riesgo y efectos secundarios al paciente. Quedemos igualmente claros: si algo salió mal, no solo se devuelve el medicamento y se anula el contrato, pero importante: se advierte al público. Eso no se hizo y se debe hacer. Lo que es justo: si el medicamento es de baja calidad, el culpable no solo debe devolver el dinero al consumidor sea institucional o individual sino pagar posibles daños. Denunciar es solo el principio y no sirve sin lo que sigue: hacer justicia.

Ante los acontecimientos de anomalías de manejo de cinco productos denunciada por el presidente Giammattei y la réplica del MSPAS es evidente que el Ministerio carece de un plan de gestión de riesgo (PGR) de medicamentos. Se requiere un PGR para cualquier medicamento que contenga una nueva sustancia activa. También se puede implementar después de que el producto se haya comercializado si se producen cambios significativos (nueva indicación, nueva dosis, nueva vía de administración, nuevo proceso de fabricación) o si se ha identificado un riesgo significativo después de su comercialización.

Qué sucedió con esos productos indispensables para dolor articular y muscular, hipertensión y cáncer renal.

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