El ya irregular y complicado proceso electoral entra ahora en una semana decisiva en la que el futuro de las tres candidatas que tienen mayores preferencias del electorado, según las encuestas, será decidido por la Corte de Constitucionalidad, lo cual constituye un hecho sin precedentes en la historia nacional aunque, de hecho, durante la vigencia de la Constitución aprobada en 1965 la autoridad electoral mantuvo limitado el derecho a elegir y ser electo mediante el mecanismo de impedir la inscripción de partidos políticos, lo cual ejecutaba de manera por demás arbitraria.

En el caso presente la CC resolverá teóricamente conforme a derecho en el lapso de tres días sobre las candidaturas de Zury Ríos, ante el impedimento constitucional señalado por la autoridad electoral e impugnado por la candidata, Thelma Aldana, por el caso armado a petición del partido TODOS y una denuncia de la Contraloría de Cuentas y Sandra Torres, por el caso maliciosamente retardado por la Fiscal General para permitir su inscripción y el goce del derecho de antejuicio, retraso que no mostró con su antecesora.

Otras candidaturas tambalean o ya han sido suprimidas, sea por resoluciones de la CC, como en el caso de Edwin Escobar, o por acciones de la DEA, en el caso de Mario Estrada, y no se puede descartar que surjan otros contratiempos en el mes que irá quedando para los comicios.

Pero el hecho de que las tres candidaturas más populares esté en veremos es importante porque una resolución en contra significará un duro golpe para buena parte del electorado que verá así truncada su intención de votar por alguna de las aspirantes. Por ello es que es ésta una semana decisiva ya que, resuelva lo que resuelva el pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad, que para esta materia definitiva se integra con los cinco titulares y dos suplentes, la resolución tendrá efectos importantes en el resultado electoral del mes de junio.

En el caso Zury Ríos el dilema surge por una expresa prohibición constitucional, injusta pero efectiva, que sus allegados interpretan como inaplicable porque ya se le permitió jugar una vez, pasando por alto que el error (o la malicia) no son fuente de derecho en ningún sentido. Los otros dos casos tienen que ver con el papel de TODOS y la fiscal general Consuelo Porras. Tanto la Contraloría como Porras mostraron celeridad inusual y en el caso de la segunda, el caso Torres hizo más evidente el manejo distinto de los tiempos, lo que crea menudo problema para una CC que deberá conocer las irregularidades.

Redacción La Hora

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