Juan Francisco Reyes López
jfrlguate@yahoo.com

La semana pasada recibí por correo electrónico la invitación que efectuaran para una reunión general en las instalaciones de Anacafé, en la cual, según me percaté por publicaciones y Campos Pagados en la prensa escrita, CACIF y las principales cámaras del sector empresarial organizado discutieron y fijaron postura respecto a la propuesta de reforma constitucional.

Evalué la conveniencia de hacerme presente en mi calidad de dos veces presidente de CACIF y como exdirectivo en la Cámara de Comercio y de la Asociación de Amigos del País. Aunque estuve tentado por asistir, sopesé los pros y los contras, y opté por no asistir, especialmente también porque mi salud no ha estado suficientemente adecuada; sin embargo, considero que debo de expresarme al respecto como columnista.

Modificar la norma constitucional vigente para incluir las costumbres y tradiciones derivadas de las normas de los pueblos originarios o indígenas crea indudablemente incertidumbre, por cuanto los fueros son distintos y, como lo está señalando en Campos Pagados CACIF, producen menos certeza, menos seguridad, menos precisión.

Si las lenguas o idiomas existentes en nuestro país son distintos, lo mismo acontece con las normas y costumbres del derecho indígena; los Quiché difieren de los Quekchí, los Quekchí de los Kaqchikel y así sucesivamente. ¿Cómo puede considerarse entonces cuál es la norma, cuál es el procedimiento y cuál es la sentencia o pena que se debe aplicar en un caso concreto?

Para un país como Chile el problema es distinto del que lo es para Bolivia, como para Guatemala. Por ello, es comprensible que produzca las reacciones, manifestaciones y opiniones que se están dando.

Lo mismo va a acontecer con parte de las otras propuestas. Establecer y reforzar la carrera judicial es sumamente conveniente, sin embargo, ¿cómo poder encontrar los consensos para normar los requisitos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia? Esos temas fueron reformados en la Constitución en 1994, momento en el que existían fuertes tendencias de cómo debía establecerse la elección. Dichas opiniones fueron plasmadas en el artículo 215, sin embargo, hoy se critica que parte de los electores sean los decanos de las Facultades de Derecho y Ciencias Jurídicas y Sociales de las universidades, también se critica que la asamblea general del Colegio de Abogados y Notarios nombre representantes, sin embargo, ¿cómo descalificar, en lugar de mejorar ese tipo de representaciones?

Cambiar los requisitos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia, es otra de las propuestas de reforma. Este tema es parecido a cuántos años debe de elegirse Presidente y Vicepresidente de la República, diputados al Congreso o alcaldes y miembros de un Concejo Municipal.

¿Qué es lo adecuado? Que los magistrados sean electos cuatro, cinco, ocho o “x” número de años, que tengan más de 35, más de 40 o más de 50 años. Por lógica y regla natural, a mayor edad mayor experiencia y madurez.

Adicionalmente, en una carrera como la judicial la última etapa debe ser la de magistrado de la Corte Suprema de Justicia, igual que un Mayor del Ejército no puede ascender a General sin pasar por los grados previos de Teniente y Coronel.

¡Guatemala es primero!
Continuará…

Artículo anteriorEl detestable negocio de las adopciones
Artículo siguienteLos guatemaltecos y su basura