El lavado de dinero constituye uno de los delitos más complejos y perjudiciales para la economía y la institucionalidad de un país. Para Guatemala esta clase de delito representa una amenaza significativa debido a su impacto en el sistema financiero la calificación internacional, como también la seguridad jurídica, la inversión y la lucha contra la delincuencia organizada. A través del lavado de dinero, los recursos obtenidos de actividades ilícitas son incorporados al sistema económico formal con el propósito de ocultar su origen ilegal y darles apariencia de legitimidad, en pocas palabras lo que busca el lavado es hacer legal el dinero proveniente de actividades ilícitas.
Pero ¿Cómo funciona el delito de Lavado de dinero?
El lavado de dinero se da cuando se oculta o se disfraza el origen ilícito de bienes sean estos bienes muebles o inmuebles, o bien el dinero o ganancias provenientes de actividades criminales como el narcotráfico, la corrupción, el contrabando, la trata de personas, la extorsión, el fraude y actividades derivadas de personas que administran la cosa pública, básicamente se da cuándo se triangula las ganancias monetarias, están llegan a un tercero por medio de bienes o servicios, y retorna al principal nuevamente de manera legal sea en bienes o especie. Generalmente, este proceso de lavado se desarrolla en tres etapas: La primera es la colocación de fondos por medio de la introducción de fondos ilícitos al sistema financiero, es decir del delincuente convierte el dinero en activo. La segunda etapa es la estratificación o diversificación que se realiza con múltiples transacciones para dificultar el rastreo del dinero, es decir que se lava mediante el sistema bancario o bien en la compra y venta de activos provenientes de ilícitos. Y la tercera etapa es la integración o el reingreso de los fondos al circuito económico como aparentes recursos legítimos. Generalmente este proceso se hace por medio de empresas de papel, en la cuales es difícil levantarles el velo, que significa establecer de manera concisa y clara el objeto comercial de la empresa, así como de sus dueños o accionistas y que se establezca de donde procede la riqueza.
Dentro del marco Jurídico en Guatemala, la principal normativa que regula esta materia es el Decreto Número 67-2001 del Congreso de la República, Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos, cuyo objetivo es prevenir, controlar, vigilar y sancionar las actividades relacionadas con el lavado de activos. Esta ley establece que comete el delito de lavado de dinero quien adquiera, posea, administre, invierta, transfiera, transporte, convierta o realice cualquier operación con bienes o dinero sabiendo o debiendo saber que proceden de actividades ilícitas. Asimismo, Guatemala ha adoptado compromisos internacionales en la lucha contra este delito mediante la ratificación de convenciones internacionales y la implementación de estándares promovidos por organismos especializados. Entre las principales instituciones responsables de combatir el lavado de dinero se encuentran: El Ministerio Público, encargado de la investigación y persecución penal. La Superintendencia de Bancos (SIB), a través de la Intendencia de Verificación Especial (IVE), que recibe y analiza reportes de transacciones sospechosas. La Policía Nacional Civil (PNC), que colabora en las investigaciones criminales Los tribunales de justicia, responsables de juzgar y sancionar a los responsables. Los principales Sujetos Obligados es legislación guatemalteca establece obligaciones especiales para diversas entidades y profesionales, entre ellos encontramos a los Bancos y entidades financieras, Casas de cambio, Aseguradoras, Cooperativas de ahorro y crédito, los Notarios, Contadores públicos y auditores, Empresas dedicadas a actividades inmobiliarias Casas de empeño y otros negocios considerados de riesgo entre otros. Estos sujetos deben implementar mecanismos de control interno, identificar adecuadamente a sus clientes y reportar operaciones sospechosas a la IVE. Dentro de las implicaciones Legales las de la Responsabilidad Penal que indica que las personas que participen en operaciones de lavado de dinero pueden enfrentar procesos penales que conllevan penas de prisión y multas económicas considerables. La responsabilidad puede recaer tanto en autores materiales como en cómplices y encubridores. También de extinguirles sus bienes vinculados a actividades ilícitas pueden ser objeto de procesos de extinción de dominio, regulados por la legislación guatemalteca. Esto permite al Estado recuperar propiedades, vehículos, cuentas bancarias y otros activos cuya procedencia legítima no pueda demostrarse, y por último la Responsabilidad para Personas Jurídicas que pueden verse afectadas cuando sus estructuras son utilizadas para ocultar fondos ilícitos. Además de las sanciones penales a sus representantes, pueden sufrir consecuencias administrativas, financieras y reputacionales.
Por ello la nueva ley de lavado de dinero, que es impulsada mediante la Iniciativa 6593, se encuentra en pleno debate en el Congreso de la República y es de carácter urgente que se apruebe la misma, no solo para darle certeza jurídica al sistema financiero, sino también evitar sanciones internacionales.
La nueva ley busca la actualización internacional y cumplir con las recomendaciones del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) para evitar que Guatemala sea incluida en una «lista gris», lo cual encarecería créditos y dificultaría las remesas internacionales y el comercio. Nuevos sectores regulados: Obliga a reportar actividades sospechosas a nuevos actores financieros (como las fintechs) y no financieros (loterías, compraventa de vehículos, inmobiliarias y criptomonedas) de no ser afectaría al sistema financiero en su conjunto sino también él envió de las remesas que es la base fundamental actual de nuestra economía. Exige que haya Profesionales independientes, busca que los abogados y notarios, auditores que reporten a la Intendencia de Verificación Especial (IVE) información sobre sus clientes para identificar beneficiarios finales.
Empero el Congreso de la República por medio de las bancadas de Vamos, La Une y otras aliadas como Valor han dificultado la aprobación de dicha normativa, el bloque cabal que juega la cara y cruz también ha atrasado la aprobación de la misma. Las bancadas a pesar que en la comisión ya estaba aprobado el proyecto final, se han dado a la tarea de hacer enmiendas la misma por lo cerrado y peligrosa de la nueva ley frente al lavado de dinero. Por ello esta iniciativa ha generado debate y fricciones entre diferentes bloques legislativos, e incluso algunos diputados han intentado romper el cuórum para frenar su aprobación. Actualmente, se espera que el Congreso continúe sesionando de manera extraordinaria para lograr los consensos necesarios y aprobarla antes de la próxima evaluación del GAFI programada para 2027.
Por ello la Nueva Ley de Lavado de Dinero busca nuevos retos para Guatemala, que dentro de los principales se encuentran: Fortalecer los mecanismos de supervisión financiera, mejorar la coordinación interinstitucional, incrementar la capacitación de jueces, fiscales e investigadores, promover una cultura de cumplimiento en el sector privado y adaptar la legislación a las nuevas modalidades de criminalidad financiera y al uso de tecnologías digitales.
En Conclusión, el lavado de dinero constituye un delito de gran impacto para Guatemala, pues afecta la estabilidad económica, la transparencia institucional y la seguridad pública. La legislación guatemalteca ha desarrollado mecanismos para prevenir, detectar y sancionar estas conductas; sin embargo, la efectividad de la lucha contra este fenómeno requiere una acción coordinada entre las autoridades, el sector privado y la sociedad en general. El fortalecimiento de los sistemas de control, la cooperación internacional y la aplicación rigurosa de la ley son elementos esenciales para reducir los efectos del lavado de activos y proteger el Estado de Derecho por ello es urgente dicha aprobación de la iniciativa en el Congreso de la República.







