José Roberto Alejos Cámbara

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José Roberto Alejos Cámbara

El 29/10/1984 la Asamblea Nacional Constituyente aprobó un punto resolutivo por la muerte del diputado Santos Hernández del Frente de Unidad Nacional (FUN). Muchas fueron las críticas en su contra por no saber leer ni escribir, pero en realidad fue reconocido como un legítimo representante del pueblo de Guatemala. Orgullo del Quiché y tristemente, como muchos en aquella época, vilmente asesinado cuando apenas comenzábamos a trabajar. Este hecho generó miedo entre nosotros. Un día escribiré con muchos detalles sobre este tema.

Es triste ver que los discursos de aquel entonces pueden compararse exactamente con los de hoy día. Cito un párrafo de uno que decía “Guatemala está en una situación sumamente crítica, justamente por causa de la intolerancia y de la incomprensión que ha generado violencia. Y ahora que en nuestro país, el pueblo ha manifestado su vocación pacífica y se está produciendo un esfuerzo nacional muy grande que nos puede conducir a iniciar en Guatemala un nuevo estilo, una nueva forma de convivencia nacional y de hacer política, vemos cómo estos sectores interesados en una forma irracional e irresponsable y además aventurera, nos están sumiendo, nuevamente, en una polarización que puede conducirnos a la confrontación. Tenemos ejemplos cercanos en Centroamérica y no quisiéramos que nuestro país tuviera que atravesar esos caminos”.

Cito lo anterior, porque al ver lo que se está discutiendo en el Congreso de la República, al identificar a los sectores y sus propuestas para ser debatidas; y al escuchar lo que se dice y se hace en el Hemiciclo, me doy cuenta de que no hay diferencia entre la confrontación ideológica de aquel entonces y la que existe actualmente.

Basta ver que la mayor parte de las iniciativas de ley que son presentadas buscan frenar la participación ciudadana y, sobre todo, buscan evitar la participación de las organizaciones que no “predican” la misma tendencia de quienes están en el actual Gobierno, solapado por sus aliados.

Se conoció en tercera lectura un proyecto de ley para regular las empresas de cabildeo. No conozco a profundidad la iniciativa, pero vi que hubo que retirarla para hacerle enmiendas a su contenido. Me congratulo de que se esté pensando en que existen personas individuales o jurídicas que se dediquen al cabildeo y por supuesto, que éstas se registren debidamente y sean controladas, a fin de evitar que este tipo de trabajo se convierta en tráfico de influencias o en la excusa para llevar y traer regalos, prebendas y cualquier “tipo de negocios” a favor de los funcionarios públicos.

Pero, por favor, hay que tener mucho cuidado con lo referente a la población en general o a las organizaciones de todo tipo, en cuanto al cabildeo como oficio remunerado. Porque regular su relación con los funcionarios públicos puede ir en contra de la intención que tuvimos los Constituyentes.

La Constitución dice: “Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley”.

Y más adelante, la Carta Magna reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. Los derechos de reunión y de manifestación pública no pueden ser restringidos, disminuidos o coartados; y la ley las regulará con el único objeto de garantizar el orden público. Sólo deben respetar lo preceptuado en la Constitución… ¡NO REGRESEMOS AL PASADO!

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