El presidente Alejandro Giammattei decidirá con sus ministros las designaciones. Foto La Hora/Presidencia

 

Por Redacción La Hora
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Después que se conociera que ayer y hoy el presidente de la República, Alejandro Giammattei, sostendría reuniones para analizar las reacciones que ha generado la aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2021 por Q99,700,000,000, el Ejecutivo se inclinaría más por no vetarlo y se inclina por readecuaciones.

Además, el mandatario estaría esperando cómo se desarrolla la manifestación que ha sido convocada para mañana a las 14 horas en la Plaza de la Constitución, según han comentado a La Hora fuentes cercanas a la situación pero que no tienen autorización para comentar respecto a esto.

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Estudiantes universitarios, organizaciones sociales, ciudadanos, analistas, artistas, entre otros, han invitado en sus redes sociales a protestar este sábado por la tarde contra la aprobación de del Presupuesto 2021, debido a la forma cómo fue aprobado, sin análisis y discusión, así como por la deuda que generaría siendo considerado el más grande de la historia.

Mientras que cámaras empresariales, la Conferencia Episcopal, la Universidad de San Carlos de Guatemala y el vicepresidente, Guillermo Castillo, entre otros, han instado al presidente Giammattei a vetarlo.

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Incluso el ministro de Finanzas, Álvaro González Ricci, explicó a Emisoras Unidas que en caso de darse una situación así revisaría aspectos como los fondos a organizaciones no gubernamentales, mecanismos de transparencia y la Gran Cruzada por la Nutrición.

PROCESO DE VETO

El artículo 177 de la Constitución Política de la República, señala que un proyecto de ley aprobado, la Junta Directiva del Congreso de la República, en un plazo no mayor de diez días, debe enviarlo al Ejecutivo para su sanción, promulgación y publicación.

Mientras que el artículo 178 que se refiere al veto, establece que, dentro de los quince días de recibido el decreto y previo acuerdo tomado en Consejo de Ministros, el Presidente de la República podrá devolverlo al Congreso con las observaciones que estime pertinentes, en ejercicio de su derecho de veto.

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