El pasado 13 de enero, la Fiscal General del Ministerio Público (MP), Consuelo Porras, confirmó en el programa Razón de Estado que en cuanto fuese designado el magistrado electo, se impugnaría tal decisión. Foto: La Hora/Archivo

POR DOUGLAS GÁMEZ
dgamez@lahora.com.gt

La  Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), presentó ayer una acción constitucional de amparo en contra del pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por haber rechazado la solicitud de antejuicio que presentó junto al Ministerio Público contra Sandra Torres y cuatro diputados de la UNE por un caso relacionado a delitos de financiamiento electoral ilícito.

Uno de los argumentos expuestos por la Comisión para fundamentar que el caso no fue impulsado por motivaciones “espurias”, es que el expediente se encontraba listo cuatro meses antes de que fuera presentado.

“El caso estuvo listo y presentado por la CICIG y la FECI a la Fiscal General de la Nación para su visto bueno desde el 11 de octubre de 2018, mucho antes que la señora SANDRA JULIETA TORRES CASANOVA adquiriera inmunidades. La demora hasta después del 5 de febrero de 2019, cuando ocurrió su inscripción como candidata presidencial, no fue una triquiñuela política de la CICIG, como la Corte lo hace ver en su resolución; menos cuando esa tardanza, que no le puede ser atribuida, no jugó en su contra sino a su favor, procurándole un derecho de antejuicio que no tenía. El Ministerio Público define los tiempos de presentación de sus casos. Entonces, ¿cuáles motivaciones políticas? Desde la CICIG es la evidencia la que fija el rumbo de las cosas”, indicó la Comisión en el amparo.

Este expediente fue operativizado un día después que Torres recibiera su credencial como candidata a la Presidencia y tuviera inmunidad, por lo que la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), debió recurrir a una solicitud de antejuicio para que se le permitiera profundizar las pesquisas del caso.

Además del amparo, la Comisión emitió un comunicado de prensa en el que indica que la acción planteada expone que no existieron motivaciones políticas en este caso.

“Que un acto jurídico tenga implicaciones (consecuencias) políticas, no significa que esté guiado  y menos aún, fundamentado en dichas razones del mismo orden. La CICIG no es un partido ni organización política, regida por intereses sectoriales, partidistas o de poder electoral. Es una entidad que ejecuta la función de acompañamiento técnico al Ministerio Público en la investigación, denuncia y tramitación de casos”, explica.

A la vez, reiteraron que la acción penal le corresponde al Ministerio Público cuando este lo consideró pertinente.

“El actuar de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala, CICIG, particularmente en este caso, ha sido responsable y correcto; de igual modo ha procedido la Fiscalía Especial contra la Impunidad, FECI. No hay argumentos de peso para sostener que  la demanda se realizó con base en argumentos ilegítimos, temerarios ni maliciosamente concebidos”, añadieron.

La CSJ rechazó el pasado 27 de febrero una solicitud antejuicio presentada contra Torres “in limine” (sin entrar a conocer) por no tener elementos de razonabilidad suficientes para dar trámite al antejuicio. Torres era señalada de asociación ilícita.

También rechazó una solicitud de antejuicio contra los diputados Jairo Flores, Julio César Ixcamey, Karina Paz y Jorge Estuardo Vargas Morales,

Según la investigación del MP y la CICIG, la Unidad Nacional de la Esperanza habría financiado su campaña electoral de 2015 con fondos provenientes de actividades criminales y otras aportaciones anónimas que suman Q19 millones 531 mil 753.

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