Por Redacción La Hora

El comisionado Iván Velásquez envió una carta al Secretario General de las Naciones Unidas en la que abordó, punto por punto, las alegaciones que realizaron recientemente representantes del Gobierno sobre el trabajo de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), que él dirige.

Velásquez señala en la misiva que desde la presentación de casos que implican a sectores políticos y económicos de alto poder, las campañas de desprestigio, difamación y amenazas se han intensificado. “Ello es previsible con respecto a un ente que tiene como finalidad la persecución de estructuras que cooptan el Estado para lucrarse y se niegan a perder sus privilegios obtenidos de forma ilegal e ilegítima.

Señaló que desde 2007, Cicig ha trabajado decididamente en cumplimiento de su mandato acompañando a las instituciones nacionales para la identificación y desarticulación de cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad, así como promoviendo reformas legales e instituciones que impidan su reaparición.

Sobre la supuesta intervención en asuntos internos:

Se ha afirmado que CICIG se ha inmiscuido en asuntos internos al promover reformas constitucionales en materia de fortalecimiento de la justicia.

El Acuerdo constitutivo de CICIG incluye expresamente en sus competencias la promoción de reformas jurídicas e institucionales que prevengan la acción y reaparición de los CIACS. Desde su creación, CICIG ha participado en más de 34 propuestas de reformas legales. Así:

El Artículo II (titulado: Funciones de la Comisión) del acuerdo de establecimiento de CICIG, regula en su inciso C: «Recomendar al Estado la adopción de políticas públicas para erradicar los aparatos clandestinos y cuerpos ilegales de seguridad y prevenir su reaparición, incluyendo las reformas jurídicas e institucionales necesarias para este fin».

En la misma línea, el Artículo VI (Cooperación con la CICIG), regula en el punto 3: «El Organismo Ejecutivo presentará al Congreso de la República de Guatemala y promoverá un conjunto de reformas legislativas necesarias para garantizar el funcionamiento adecuado del sistema guatemalteco de investigación y procesamiento judicial. Estas propuestas de reformas legales serán elaboradas en consulta con representantes de instituciones de Guatemala y de Naciones Unidas, con el fin de poner el sistema legal de Guatemala en conformidad con las convenciones internacionales sobre derechos humanos».

A petición y bajo el auspicio de los tres poderes de Estado de la República de Guatemala, en el año 2016 se inició un proceso participativo para la elaboración de una propuesta para la reforma del sector justicia. Se constituyó con ese objetivo una Secretaría Técnica conformada por entes nacionales (el Ministerio Público -MP- y la Procuraduría de los “Derechos Humanos -PDH) y organismos internacionales (CICIG, Oficina del Alto Comisionado de NU para los Derechos Humanos -OACNUDH- y el SNU en Guatemala, representado por la Oficina de Coordinación Residente), designada por el propio presidente Jimmy Morales.

El lanzamiento del proceso se realizó el 25 de abril en el Teatro Nacional por los presidentes de los tres organismos del Estado. Se inició entonces un proceso de consultas y diálogo nacional con sociedad civil e instituciones a través de mesas temáticas regionales y naciones. En el mes de octubre más de cincuenta diputados la rubricaron y los presidentes de los tres poderes de Estado la presentaron oficialmente ante el Congreso de la República. Por tanto, puede afirmarse que fue el Estado de Guatemala quién inició y pidió apoyo técnico para el proceso. Además, fue ratificado y presentado formalmente en el Congreso por casi un tercio de sus diputados, en ejercicio de su facultad legislativa,

Mientras las reformas eran discutidas en el Congreso, el Señor Óscar Chinchilla, quien fungía por entonces como Presidente del Congreso de la República de Guatemala, solicitó a la Secretaria Técnica que acompañara reuniones con grupos de diputados para solventar dudas sobre la iniciativa. Dichas reuniones se celebraron en la Comisión, con la presencia de los miembros de la Secretaría Técnica y el Sr. Chinchilla.

El proceso fue por tanto participativo, transparente y auspiciado por los poderes del Estado. Lamentablemente la falta de voluntad política ha frenado la aprobación de unas reformas que son fundamentales para el fortalecimiento del sector justicia y la consolidación de los logros alcanzados en la lucha contra la corrupción.

Sobre ciertas diligencias procesales (supuesto allanamiento ilegal):

Se ha afirmado que CICIG abusa de la fuerza en las diligencias de allanamiento. Se ha afirmado también que un allanamiento llevado a cabo en el año 2016 en las oficinas de la Secretaria de Asuntos Administrativos y de Seguridad (SAAS) supuso un atentado contra la seguridad nacional.

De acuerdo a la legislación guatemalteca, los allanamientos son solicitados por el Ministerio Público y autorizados por el juez competente. CICIG, en su rol de apoyo técnico, acompaña ciertos actos procesales y diligencias que las autoridades nacionales llevan adelante, tales -como allanamientos.

De acuerdo a los protocolos habituales, se constituye una unidad de gestión de allanamiento para cada diligencia. Cada unidad está normalmente integrada por un fiscal titular del MP, un fiscal auxiliar del MP y una patrulla de la Policía Nacional Civil -PNC-. El MP coordina con el Ministerio de Gobernación la asistencia de la PNC (fuerza pública). El equipamiento y modalidades de seguridad en cada allanamiento son autorizadas por la PNC. Auxilian a cada equipo un experto de CICIG (en ocasiones 2) como observador y asesor técnico (típicamente expertos forenses en análisis financiero, por ejemplo). La CICIG, por lo tanto, acompaña estas diligencias sin utilizar fuerza.

En noviembre de 2016 el Ministerio Público, con apoyo de CICIG, realizó una diligencia en el conjunto de edificios comúnmente denominado «Casa Presidencial.” Al llegar, los propios guardias de seguridad dejaron pasar a los investigadores, quienes recogieron documentos y salieron. Existe un video que muestra todo el procedimiento. En noviembre de 2016 el mismo presidente Jimmy Morales y su vocero, Heinz Hiemann, aseguraron que no hubo allanamiento alguno en Casa Presidencial. Ambos dijeron que el Ministerio Público confundió las direcciones de las diligencias: «En casa presidencial no hubo allanamiento; sin embargo, abrimos las puertas para que pudieran entrar y a donde sí entraron fue a las oficinas de la SAAS; cuando se dieron cuenta que ahí no era guardia presidencial procedieron a retirarse», declaró Morales en noviembre de 2016. “Insisto, casa presidencial no sufrió ningún allanamiento”, aseguró.

Sobre el supuesto abuso de la prisión preventiva:

Se ha afirmado que CICIG abusa de la prisión preventiva

De acuerdo con la legislación guatemalteca, la prisión preventiva es dictada por el juez competente y debe ser aplicada solamente cuando exista peligro de fuga o riesgo de obstaculización de la investigación de parte del sindicado, además de los supuestos previstos en el artículo 264 del Código Procesal Penal (delitos para los que es mandatoria). La parte acusatoria-fiscal puede solicitar la prisión preventiva, pero no depende de tal institución la decisión al respecto.

La CICIG investiga estructuras criminales de alto poder e influencia en la institucionalidad y la sociedad guatemalteca. En estos casos, el MP y la CICIG solicitan que las personas ligadas a proceso sean enviadas a prisión en los supuestos descritos anteriormente, de acuerdo a la legislación vigente. En la actualidad, menos del 40% de las personas ligadas a proceso en casos adelantados por CICIG están en prisión preventiva. La media nacional de prisión preventiva para otros delitos es muy superior.

Para poner en contexto, el total de población carcelaria guatemalteca es de 23,986 personas privadas de libertad; de éstas, 12,612 en condición de prisión preventiva, frente a 11,374 personas ejecutando su sentencia; en otras palabras, la cantidad de privados preventivos es superior a los sentenciados. En realidad, las personas privadas de libertad relacionadas con CICIG son menos del 1.1% del total de la población carcelaria,

El sistema guatemalteco adolece de graves falencias. El Código Procesal Penal de Guatemala ordena que el encarcelamiento cese, entre otros motivos, cuando ha transcurrido un año desde que la persona se encuentra en prisión preventiva. Sin embargo, el Código también establece que la prisión preventiva puede ser prorrogada por los órganos jurisdiccionales “cuantas veces sea necesario”, lo que en la práctica deriva en plazos prolongados de prisión preventiva, En un contexto de debilidad institucional y escasos controles, existe un alto riesgo de abuso de tales prórrogas. Tal problemática se ve agravada por las deplorables condiciones del Sistema Penitenciario.

Por otro lado, el sistema de justicia enfrenta un fenómeno extendido de uso del litigio malicioso por parte de algunos abogados defensores, orientado a posponer el avance delas causas y la eventual condena de los imputados. Esto se da con especial intensidad en los casos apoyados por CICIG debido al gran poder de los sindicados y sus abogados.

En el marco de las acciones de fortalecimiento del sistema de justicia y de la defensa de los derechos humanos, la Comisión ha trabajado conjuntamente con el Ministerio Público y la Procuraduría de los Derechos Humanos en la elaboración una propuesta de reformas a la prisión preventiva que fue presentada a diputados en noviembre de 2018.

Sobre la presunción de inocencia:

Se ha afirmado que las conferencias de prensa realizadas conjuntamente por el Ministerio Público bajo la dirección de la ex-Fiscal Thelma Aldana y CICIG para presentar sus investigaciones fueron violatorias de la presunción de inocencia.

El Ministerio Público ha realizado tradicionalmente ruedas de prensa sobre casos considerados de interés público. Tal práctica no es una innovación ni un cambio reciente en la manera de exponer lo investigado a la ciudadanía. En el caso de las investigaciones realizadas conjuntamente con CICIG, es el Ministerio Público quien decide sobre la conveniencia de presentarlas en conferencia de prensa y quien lidera dichos espacios. El rol de CICIG en las conferencias es de apoyo técnico al MP. Bajo la Administración de Thelma Aldana las conferencias fueron conjuntas. La Fiscal Porras ha optado por que sea el Jefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) quien haga dichas conferencias, con CICIG- apoyando la presentación y documentación.

En las conferencias de prensa se informa a la ciudadanía de primera fuente y de manera fehaciente sobre los hechos que sostienen la hipótesis de la investigación, la evidencia existente, las personas supuestamente relacionadas y el modus operandi, entre otros detalles. Este ejercicio tiene un doble objetivo: 1) finalidad didáctica y de concientización para mostrar el funcionamiento, alcance e impacto de las CIACS en el país; así como 11) evitar especulaciones y manipulación de la información antes de la primera audiencia.

Cabe destacar que tras las reformas procesales de los años noventa en materia penal, Guatemala se adscribió al sistema acusatorio, oral y público, lo cual implica que cualquier ciudadano o medio de comunicación puede acudir a una audiencia en el marco de los procesos judiciales que se adelantan.
Siempre se ha tenido cautela en ser respetuosos al referirse a los individuos presuntamente relacionados con la imputación, de manera tal que sea el proceso judicial el que dirima lo efectivamente acontecido y las responsabilidades. En respeto a la presunción de inocencia, puede decirse que se aplica con carácter absoluto, dado que se presentan nombres que surgen de fuertes indicios arrojados por la investigación especializada, en calidad de sindicados o imputados, nunca como culpables.

Incidente «‘Zimeri»:

Se ha afirmado que CICIG violó derechos humanos en el caso conocido como “Zimeri.” Se ha afirmado también que se alteró la prueba del caso.En junio de 2017, fuera de horas de trabajo, personal de CICIG se vio envuelto en una trifulca durante un partido de fútbol. Como resultado, un joven de apellido Zimeri y un trabajador de la Comisión resultaron heridos de seriedad. El joven Zimeri denunció por agresión a los trabajadores de la Comisión.

Por principio y naturaleza, CICIG condena de manera enérgica todo tipo de violencia. El suceso se desarrolló con participación de personal de la Comisión en horario no laboral y fuera del ejercicio de sus funciones, siendo portal un espacio de responsabilidad individual, sin ninguna vinculación con su trabajo. Sin embargo, CICIG desarrolló un proceso disciplinario interno según sus propios estándares administrativos y de manejo de recursos humanos.

En el marco del proceso disciplinario se solicitó copia del video de seguridad de las instalaciones deportivas como evidencia. Los originales de los videos que registraron lo sucedido siempre estuvieron oficialmente incorporados en la causa judicial, en el MP, por lo que no hubo posibilidad de manipulación.
Requerir copia de las filmaciones al establecimiento en dónde sucedió el hecho, no tiene ni tuvo vínculo alguno con el expediente judicial, el cual continúa su curso, como así tampoco influencia en su avance. Las mismas fueron utilizadas para aplicar sanciones administrativas internas, en virtud de ser personal de la institución sujeto a normas generales de conducta y decoro (más allá del horario laboral y del ejercicio de sus funciones), en un marco de responsabilidad y buena conducta esperable. La causa penal ha continuado en el Ministerio Público, sin interferencia alguna de CICIG.

De la transferencia de capacidades al Ministerio Público:

Se ha afirmado que CICIG debilita a las instituciones nacionales

La clave de la transferencia de capacidades que realiza CICIG, es desarrollar los procesos de investigación y litigio de manera conjunta y cotidiana entre funcionarios nacionales y personal de la Comisión, de manera tal que se aprenda haciendo; tal acción ha sido permanente. – |

Los importantes resultados alcanzados por el MP en casos complejos acompañados por la CICIG, se han apoyado en formas novedosas de responder a esta criminalidad, con métodos modernos de investigación y trabajando la persecución penal en forma estratégica y conjunta entre fiscales, policías y analistas. En los últimos 11 años se ha dado un salto cualitativo y cuantitativo en el abordaje de delitos que afectan gravemente la sociedad guatemalteca, específicamente relacionados con la corrupción administrativa, el narcotráfico, el contrabando y defraudación tributaria, las adopciones irregulares, el financiamiento electoral ilícito o las extorsiones.

Desde su creación, la CICIG ha contribuido al fortalecimiento del MP, entre otros, con los siguientes elementos:

• CICIG ha apoyado la creación de fiscalías especializadas como la Fiscalía Especial contra la Impunidad; la Unidad de Métodos Especiales; y la Dirección de Análisis Criminal.
• CICIG ha impulsado la implementación de herramientas de persecución penal: interceptaciones telefónicas, equipos de extracción de información forense, y la figura del colaborador eficaz, entre otros.
• Se ha promovido un enfoque de persecución penal estratégico desde el abordaje de fenómenos criminales en el trabajo conjunto de fiscales internacionales y nacionales.
• Se apoyó la creación y funcionamiento del programa de protección de testigos.

En cumplimiento de su mandato, CICIG ha apoyado la formulación de reformas legales que han permitido la mejora de las capacidades de investigación y persecución judicial. La Comisión además ha desarrollado distintos proyectos en coordinación con instituciones nacionales; entre ellos: el Sistema integrado de Justicia, el Observatorio Judicial del Sistema de Justicia Penal, la Promoción de la Cultura de la Legalidad, el apoyo técnico a la implementación de las Reformas electorales y el respectivo fortalecimiento al Tribunal Supremo Electoral.

De la rendición de cuentas de CICIG:

Se ha afirmado que CICIG no rinde cuentas del uso de sus fondos y sus actividades

CICIG se financia exclusivamente a través de contribuciones voluntarias de Estados Miembros de Naciones Unidas a través de un fondo fiduciario manejado por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), bajo normas contables y estándares de transparencia usualmente utilizados por Naciones Unidas. Ello apunta a la total independencia del trabajo de la Comisión y a una absoluta transparencia. PNUD presenta informes de ejecución financiera trimestrales a los donantes. Se realiza además una auditoria anual independiente que es también compartida con los donantes. Toda la información está disponible en la página web de PNUD.

Con respecto a las actividades de la Comisión, ésta elabora y presenta públicamente un informe anual de actividades. Naciones Unidas y el Gobierno de Guatemala han organizado reuniones anuales con los donantes de CICIG en NY en las que se presentan avances y proyecciones. CICIG organiza también reuniones periódicas con los representantes de los países donantes en Guatemala.

De la falta de control y supervisión

Se ha afirmado que CICIG es un ente supranacional que actúa sin control o rendición de cuentas.

La naturaleza y el mandato de la CICIG establecen claros controles internos
sobre los poderes de CICIG. Los actos sustantivos de la Comisión están
regulados por el derecho penal y procesal guatemaltecos en el marco de las
investigaciones y litigios en los cuales apoya al Ministerio Público como
querellante adhesivo. En otras palabras, siempre son autoridades nacionales del
sistema de justicia quienes ejercen la jurisdicción y competencia. CICIG es un
ente técnico-auxiliar.

1. Si bien CICIG puede realizar investigaciones independientes, no tiene acción penal: no puede presentar casos ante los tribunales. Sólo la Fiscalía de la República puede decidir qué investigaciones deben ser judicializadas. Por lo tanto, la supervisión sobre las actividades de persecución penal la realiza, en todo caso, el MP.

2. Si bien CICIG puede solicitar participar en procedimientos penales como querellante adhesivo, siempre es un juez o un tribunal quien debe autorizarlo. En su rol como querellante adhesivo CICIG se somete a lo establecido por el Código Procesal Penal.

3. CICIG no puede realizar diligencias (allanamientos, arrestos, interceptaciones telefónicas).

4. Las sentencias de los casos siempre son proferidas por el juez otribunal competente.

Sobre la persecución selectiva y la politización de la justicia

Se ha afirmado que los casos que apoya CICIG en materia de investigación y
litigio responden a motivaciones y fines de tipo ideológico, encaminando
persecuciones selectivas.

No existe evidencia alguna de esta aseveración. Así, los casos han generado imputaciones contra personas supuestamente relacionadas con redes ilegales de toda extracción social, origen y ubicación ideológica, en el propósito de perseguir estructuras criminales, independientemente de la naturaleza o calidad de las personas que las integran.

Los casos apoyados por CICIG desde su creación han afectado a más de 1,000 sindicados o procesados que incluyen: diputados de múltiples partidos políticos (de diferente color ideológico); funcionarios de las cinco últimas Administraciones — incluidos jefes de gobierno y ministros de tinte conservador y progresista; alcaldes y miembros de gobiernos locales; jueces y magistrados; miembros del ejército; miembros de la Policía Nacional Civil; representantes del sector privado y diferentes personas particulares, entre otros.

Supuesta violación de la Constitución de Guatemala

Se ha afirmado que CICIG irrespeta la Constitución de Guatemala, aludiendo a las declaraciones de un funcionario de la Comisión que se refirió en una audiencia ante el juez a la superioridad jerárquica del Acuerdo que establece la Comisión.

El funcionario de la Comisión hizo referencia al artículo 46 de la Constitución guatemalteca, que establece:

Artículo 46.-Preeminencia del derecho internacional. Se establece el principio
general de que en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones
aceptados y ratificados por Guatemala, tienen preeminencia sobre el derecho
interno.

Sobre la supuesta injerencia en asuntos electorales

A raíz de la firma de un Convenio de Cooperación Técnica con el Tribunal Supremo Electoral, se ha afirmado que CICIG trata de manipular el proceso electoral y favorecer a candidatos específicos.

En 2013 la Cicig estableció como una de sus líneas prioritarias de investigación el Financiamiento Electoral Ilícito (FEI). Se ha evidenciado que el FEI constituye una de las estrategias utilizadas por las redes político-económicas ilícitas para cooptar el poder con el objetivo de obtener el beneplácito de las
autoridades y enriquecerse de manera irregular. La Comisión ha abordado el tema de forma integral por medio de la investigación de casos penales, la presentación de un informe temático, la propuesta de recomendaciones de reformas legales y actividades de fortalecimiento institucional.

En 2016, el Congreso de la República de Guatemala aprobó las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos que otorgan mayores funciones y potestad sancionatoria al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para desarrollar su labor de fiscalización y control de las finanzas de las organizaciones políticas. A partir
de entonces, la Comisión, junto con otros cooperantes y organizaciones sociales  guatemaltecas, ha apoyado al órgano electoral en la definición de modelos de fiscalización, instrumentos, protocolos y la implementación de la nueva Unidad Especializada de Control y Fiscalización de las Finanzas de los Partidos Políticos (UEFPP).

En 2018, una vez implementada dicha unidad, tal y como lo estipula su mandato, la Cicig ha apoyado el fortalecimiento de las capacidades del personal de la UEFPP por medio de un programa de capacitación y trasferencia de conocimientos desarrollado en conjunto con la Fundación Konrad Adenauer (KAS). Las capacitaciones fueron impartidas por personal técnico y profesional nacional e internacional de la Cicig, así como consultores internacionales de dicha fundación. Abogados y auditores del TSE fueron capacitados con el objetivo de fortalecer sus conocimientos en materia de análisis e investigación financiera, análisis estratégico de la información, así como organización y funcionamiento de equipos de trabajo.

Para poderla erradicar, la corrupción se debe combatir desde la raíz y ello incluye prevenir que organizaciones criminales y grupos de poder financien la política para posteriormente utilizar la administración pública en beneficio propio y en detrimento del bien común.

Sobre la supuesta intimidación o compra de testigos

Campañas bien financiadas han afirmado que oficiales de la Comisión han intimidado u ofrecido beneficios ilegales a testigos.

Durante la gestión del Comisionado Velásquez nunca se han ofrecido beneficios económicos o de otro tipo a testigos.

Ningún juez instructor de causa ha solicitado investigar a ningún funcionario de CICIG por este motivo. Ningún abogado o investigador de CICIG ha sido condenado por prácticas intimidatorias o ilegales en el marco de los procesos que adelantan.

Crecientemente, en el marco de las campañas de desprestigio bien financiadas, se ha promovido el litigio malicioso y denuncias espurias contra personal de la Comisión. El objetivo es intimidar al personal, desprestigiar su labor y obstaculizar el avance de los casos. Ningún funcionario ha sido sancionado por esas denuncias tras la aplicación del debido proceso.

Sobre supuestos actos terroristas de funcionarios de la Comisión.

El presidente Jimmy Morales, con relación a la cancelación de visas de cortesía al personal, indicó que no puede aceptar dentro del territorio a personas señaladas de haber puesto bombas en instituciones y edificios del Estado, sin dar detalles de quienes se trataba.

CICIG compartió con la Cancillería Guatemalteca los certificados de antecedentes penales de los once funcionarios a los que se les retiraron las visas. Los certificados, emitidos por sus respectivos países de origen, dejan constancia de que ninguno tiene antecedentes penales. CICIG solicitó por escrito una
aclaración a Cancillería sobre el contenido de las declaraciones del presidente, pero no obtuvo respuesta.

Caso «Migración»:

Se ha afirmado que CICIG, en connivencia con el Gobierno ruso, ha favorecido la persecución política por parte de Rusia de la familia Bitkov.

El caso “Migración” fue abierto en la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) en 2010. En 2018, un tribunal dictó sentencia en el caso declarando responsables a 39 personas que participaron en una red de falsificación de pasaportes. Entre los sentenciados se encuentran exfuncionarios de la Dirección
General de Migración (DGM) y del Registro Nacional de las Personas (RENAP), abogados, tramitadores (coyotes) y usuarios de la estructura criminal, incluyendo a Igor Vladimirovich Bitkov, Irina Viacheslavovna Bitkova y Anastasia Bitkova.

El Ministerio Público, con el apoyo de la CICIG, cumplió con su función de presentar cargos y aportar evidencias; luego de avanzar en el juicio y escuchar a la defensa y a la fiscalía, los jueces de manera independiente decidieron las sanciones aplicables, según el Código Penal guatemalteco.

Los jueces guatemaltecos consideraron probado que los señores Bitkov entraron en Guatemala de forma legal con sus pasaportes rusos y, una vez en el país, compraron documentos falsos a miembros de la estructura criminal, conclusión que obtuvo del examen de más de 50 documentos provenientes de instituciones públicas del Estado de Guatemala, sometidos a análisis pericial y criminal y de la declaración de un colaborador eficaz que detalló el funcionamiento de la red.

Adquirieron partidas de nacimiento, documentos de identidad y pasaportes, en el caso del señor Bitkov con dos nombres diferentes.

En ningún caso, sea en el marco del juicio, como parte de la campaña de difamación fuertemente financiada o en los exámenes realizados por instituciones del Gobierno de Estados Unidos, se ha encontrado indicio o evidencia de colusión alguna con el Gobierno ruso.

Un nuevo juicio ordenado por la Corte de Constitucionalidad contra el señor Bitkov, concluyó igualmente -por segunda vez- con sentencia condenatoria.

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