POR M. CASTAÑÓN Y C. PALACIOS
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El Juzgado B de Mayor Riesgo informó que debido a la saturación de trabajo, el oficio que ordena el traslado de Roxana Baldetti a la cárcel preventiva Santa Teresa, será enviado hasta esta tarde al Sistema Penitenciario (SP) que debe cumplir con la orden a más tardar el próximo miércoles.

Según el Juzgado una vez notificado el SP, inicia a contar el plazo de tres días hábiles para que prepare el área donde permanecerá recluida la exvicepresidenta.

El pasado miércoles, el juez de Mayor Riesgo, Miguel Ángel Álvarez emplazó a Presidios por tres días para que trasladara a Baldetti de Matamoros a Santa Teresa.

El togado decidió que la exfuncionaria guardara prisión preventiva, para que no utilizara sus influencias para procurar impunidad o que huyera del país.
La resolución del juez provocó que Mario Cano, abogado defensor de Baldetti, interpusiera una apelación parcial para impedir el cambio de prisión de su patrocinada. El recurso solicita que el traslado de Baldetti se posponga hasta que el fallo del juez quede firme en última instancia.

La Sala encargada de conocer la apelación será la Sala de Mayor Riesgo y Extinción de Dominio.

CUESTIONADO ACUERDO
El pasado lunes, el Ministerio de Gobernación (Mingob) modificó el Acuerdo Ministerial 129-2010 que dispuso en 2010 la reclusión carcelaria de hombres en bases militares.
El cambio fue publicado en el diario oficial bajo el numeral 484-2015, que literalmente refirió: “El Centro de Detención para Hombres y Mujeres de la zona 1, se destinará para el cumplimiento de penas de prisión para reclusos y reclusas, que se encuentren en prisión preventiva y que por su condición representen eminente riesgo de que se atente contra su vida e integridad personal o de otras circunstancias análogas determinadas por el Ministerio Público y Juez Competente”.
El juez Gálvez cuestionó la legalidad del acuerdo que dio vida al Cuartel Matamoros como espacio de reclusión para hombres y mujeres, pues antes no existía ese lugar para recluir a personas de género femenino, a pesar de que otras exfuncionarias también han sido detenidas.

SP RESPONSABLE DE PRIVADOS DE LIBERTAD
La función del SP consiste en el resguardo, la custodia y la rehabilitación de los privados de libertad.

El Artículo 19 de la Constitución Política de la República, detalla que el Sistema Penitenciario debe tender a la readaptación social y a la reeducación de los reclusos y cumplir en el tratamiento de los mismos.

La normativa señala que es el Estado el que deberá crear y fomentar las condiciones para el exacto cumplimiento de la ley.

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