El PDH, Jordán Rodas se pronunció sobre el Ejecutivo. Foto: La Hora

El procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas, presentó un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC) en contra del presidente, Alejandro Giammattei por la declaratoria del Estado de Prevención. Según se argumentó, el planteamiento responde a que se implementó dicha medida sin que contenga la sujeción constitucionalmente establecida a la ratificación, modificación o improbación por parte del Congreso.

Cabe mencionar que, el Estado de Prevención está contemplado dentro de la Ley de Orden Público que data de 1965. En el capítulo II, artículo 8, indica que tal como lo dispone el artículo 151 de la Constitución de la República, este no necesita la aprobación del Congreso. Su vigencia no excederá de 15 días y durante ella el Ejecutivo podrá tomar las medidas que considere dentro del marco legal establecido para dicha medida.

SOBRE EL DECRETO

En horas de la mañana fue publicado en el diario oficial el decreto gubernativo número 5-2021, que se establece la declaración del Estado de Prevención a nivel nacional con vigencia de 15 días. Entre las disposiciones adoptadas se incluyó la posibilidad de permitir o no que se desarrollen manifestaciones o disolverlas si incumplen con las medidas sanitarias.

Según el Procurador, el requisito planteado ha sido considerado como parte del mismo, por parte de la Corte de Constitucionalidad en dictamen identificado bajo el expediente 919-2016.

Dentro del amparó se solicitó que se ordene a la autoridad impugnada, que deje sin efecto el decreto gubernativo en mención. Además, pidió que en el recurso legal figure como tercero interesado el Ministerio Público (MP), por medio de la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal.

Asimismo, expuso una declaración de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los DD. HH., Michelle Bachelet: “La implantación de medidas de excepción o emergencia para proteger a la población de la pandemia del coronavirus no deben ser usadas por los Gobiernos como excusa para violar los derechos humanos de las personas”.


AC: ESTADO DEBE PASAR POR EL CONGRESO

Un aspecto que resaltó ayer Edie Cux, director de Acción Ciudadana, fue que el Estado de prevención debe pasar por el Congreso, porque hay una sentencia de la CC y esto haría inaplicable de un día para otro el Estado de Prevención.

La sentencia a la que hace referencia Cux se encuentra dentro del expediente 919-2016, misma que mencionó el PDH, en la que se establece, “El texto fundamental en vigor no contiene regulación similar. Razón por la cual el decreto que apruebe el Estado de Prevención por el Presidente de la República, también está sujeto a toda ratificación, modificación o aprobación por parte del Congreso de la República”.


El pasado martes, el presidente Alejandro Giammattei, en Consejo de Ministros, aprobó un Estado de Prevención, según la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia (SCSP), para ello, conocieron las recomendaciones del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), para contener el incremento de contagios de Covid-19.

“No se prohíben las manifestaciones siempre y cuando se cumpla con las medidas de bioseguridad ya establecidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social”, explicó la SCSP.

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