Imagen de archivo. El abogado Alfonso Carrillo al momento de presentar un amparo ante a CC. Foto: La Hora/Archivo.

Por Lourdes Arana
lcarana@lahora.com.gt

El abogado Alfonso Carrillo explicó esta tarde los motivos por los cuales Mynor Moto no puede ser nombrado magistrado titular de la Corte de Constitucionalidad (CC), debido a que hasta este momento se han presentado 13 impugnaciones en su contra y deben ser resueltas previo a que pueda integrarse a esta Corte.

En este sentido, Carrillo comentó que “es importante que todos ciudadanos guatemaltecos tengan información relevante para entender por qué el Licenciado Mynor Moto no podrá ser Magistrado de la Corte de Constitucionalidad en representación del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG), ni podrá actuar hasta que se hayan resuelto las impugnaciones (apelaciones, amparos o cualquier otro)” afirmó.

Alfonso Carrillo se refirió al proceso que se realizó para hacer la designación de Moto, desde el momento de la elección hasta su juramentación hace dos días en el Congreso de la República.

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“En primer lugar, porque en el proceso de elección, designación y juramentación del Licenciado Mynor Moto como Magistrado titular a la Corte de Constitucionalidad se ha violentado la ley una y otra vez”, aseveró.

Además, recordó que hay deficiencias en la convocatoria hecha por el CANG, en la que no se exigió el cumplimiento de varios requisitos de ley.

Asimismo, considera que hubo violación del artículo 156 de la Ley de Amparo por parte de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones y del Congreso de la República, ya que todas las posibles impugnaciones presentadas ante la designación de magistrados “deberán resolverse hasta que las mismas estén firmes y no sean susceptibles de ser impugnadas”.

“Incumplimiento del artículo 156 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que establece que ningún funcionario o empleado público, civil o militar, está obligado a cumplir órdenes manifiestamente ilegales o que impliquen la comisión de un delito”, remarcó.

Mynor Moto fue juramentado como magistrado de la CC e insiste en asumir. Foto La Hora/José Orozco

TRECE IMPUGNACIONES SIN RESOLVER

Alfonso Carrillo también se refirió a las trece impugnaciones que se han presentado desde distintas instancias para evitar que Mynor Moto tome posesión del cargo como magistrado titular en la CC.

“Ya que los plazos aún lo permiten y lo que se busca es corregir el proceso para que se lleve a cabo dentro del marco de la ley”, comentó.

Hay por lo menos 7 apelaciones contra la designación de Moto que deben resolver la Asamblea de Presidentes de los Colegios Profesionales y 6 amparos contra diversas autoridades que permitieron que se llevarán adelante “procesos ilegales”, recordó.

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NINGUNA SALA PUEDE ORDENAR A LA JD DEL CANG LA CERTIFICACIÓN

Además, Carrillo agregó que ninguna Sala de la Corte de Apelaciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) podía ordenar a la Junta Directiva del CANG a enviar la certificación de la designación de Moto, tal y como ocurrió días atrás.

“Ni una Sala de la Corte de Apelaciones puede ordenar a la Junta Directiva del CANG a certificar la designación de Moto como Magistrado Titular a la Corte de Constitucionalidad, ni el Congreso de la República puede juramentarlo”, aseveró el profesional, ni la CC puede darle posesión hasta que no se hayan resuelto en definitiva todas las impugnaciones, conforme el artículo 156.

Los Magistrados titulares y suplentes no pueden actuar hasta que se hayan resuelto todas las impugnaciones y ya no proceda impugnación. “Moto no es magistrado de la Corte de Constitucionalidad ni podrá actuar hasta que se hayan resuelto las impugnaciones (apelaciones, amparos o cualquier otro)” finalizó.

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