El pasado 2 de julio fueron cambiadas las disposiciones para realizar operativos entre la PNC y el MP, estableciendo que el apoyo para las distintas Fiscalías se dará únicamente si cuenta con el visto bueno de la fiscal, María Consuelo Porras. FOTO: LA HORA

Por Lourdes Arana
lcarana@lahora.com.gt

La fiscal general y jefa del Ministerio Público (MP), María Consuelo Porras Argueta, por medio del Acuerdo 35-2020 reorganizó la Fiscalía de Delitos Transnacionales, el pasado 3 de octubre, un día después de que el ahora exembajador de Estados Unidos en Guatemala, Luis Arreaga dejara el puesto. La normativa fue modificada el 14 de octubre debido a cómo se había organizado la jerarquía de esta Fiscalía.

En este sentido, Alianza por las Reformas presentó un informe respecto a las modificaciones que se realizaron a este acuerdo y de la falta de claridad en las competencias asignadas a la Fiscalía de Delitos Transnacionales, destacando que esa Fiscalía está facultada para emitir y proponer su propio reglamento.

David Gaitán, representante de Alianza por las Reformas, comentó que llama la atención que se modificó lo referente a la actuación de la Fiscalía de Delitos Transnacionales y el establecimiento de su competencia.

“Los elementos que más hay que resaltar de la modificación que hace la fiscal general es referente a la competencia a diferencia del resto de fiscalías de sección como la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), la Fiscalía contra la Corrupción o la Fiscalía de Delitos Administrativos, tienen una competencia definida dentro de sus acuerdos, lo que no sucede con la Fiscalía de Delitos Transnacionales”, resaltó Gaitán.

LEA: Porras convierte la Transnacional en una Súper Fiscalía

COMPETENCIAS DE LA FISCALÍA GENERAN PROBLEMA DE DISCRECIONALIDAD

Gaitán agregó que las competencias para esta fiscalía son muy amplias lo cual se convierte en un problema de discrecionalidad respecto a la asignación de casos.

“¿Qué tipo de casos puede conocer? Entonces básicamente lo que se refieren en la modificación del acuerdo es que puede conocer aquellos casos que le asigne la fiscal general y pues sí esta es una competencia de la fiscal general, pero de atender base a criterios técnicos de política de persecución penal y no de manera discrecional, ese es como el principal problema que le veo a la fiscalía”, agregó.

Lea: Porras modifica acuerdo de Fiscalía Transnacional que generó tanta polémica

MODIFICACIONES DEL ACUERDO

La fiscal general María Consuelo Porras, modificó el Acuerdo 35-2020 del primero de octubre y acerca de estas modificaciones, David Gaitán representante de Alianza por las Reformas resaltó las jerarquías que tenían en un inicio cada una de las unidades.

“Primero modificó para que un conjunto de unidades como UNILAT, por ejemplo, pasarán a formar parte de la jerarquía de la Fiscalía de Delitos Transnacionales, esto era un problema porque estas unidades han dependido siempre de la figura del fiscal general y no de no de ninguna fiscalía de sección especifico porque esto limitaría su actuar. Pero después lo modificaron nuevamente y entonces estas unidades siguen dependiendo de la fiscal general, aunque no se deroga específicamente ese artículo. Se establece que dependen de la figura de la fiscal general y en otro artículo final dice que se derogan todos aquellos que contravengan lo que dispone esta, se sobre entiende que quedaría entonces derogado” añadió Gaitán.

No deje de Leer: Trump dice que su ventaja está “desapareciendo mágicamente” por “votos sorpresa”

FISCALÍA PUEDE CREAR SU PROPIO REGLAMENTO

Entre el análisis efectuado al Acuerdo 35-2020 por Alianza por las Reformas, Gaitán indicó que a diferencia del resto de fiscalías, a esta, se otorga al Fiscal de Sección promover la elaboración de su propio reglamento a través de las dependencias correspondientes, lo cual ratifica las amplias funciones otorgadas y el tratamiento particular que recibirá esta fiscalía.

“Algo que no había visto en otras oportunidades, es que faculta a la Fiscalía de Delitos Transnacionales a emitir su propio reglamento, a proponer su propio reglamento, esto me parece bastante ‘curioso’ respecto a otras fiscalías pues es la figura de fiscal general quien decide y reglamenta cada una de las acciones de las fiscalías”, resalta Gaitán.

David Gaitán reitera que ninguna otra unidad del MP tiene la facultad de proponer su reglamento, por lo que nuevamente menciona las amplias atribuciones que se le dieron a esta Fiscalía.

“Si bien esto tendrá que ser firmado por la fiscal general como establece la ley orgánica, le da la facultad de proponer su propio reglamento, lo que llama la atención en conjunto son las amplias atribuciones que se conceden a dicha fiscalía, contrario a la operación del resto de fiscalías” señaló.

NO EXISTE CRITERIO DE POLÍTICA DE PERSECUCIÓN PENAL

Por otro lado, David Gaitán resalta que no existe criterio de política de persecución penal definida, cada una de las unidades y fiscalías tienen sus competencias, a diferencia de la Fiscalía de Delitos Transnacionales.

“Esta fiscalía puede conocer delitos contra la vida, delitos relacionados con corrupción, delitos relacionados con el lavado de dinero, con extorsiones, es decir que es una fiscalía multiusos, puede ser utilizada para lo que la fiscal general considere que la puede utilizar, esto no es adecuado en una política criminal”, puntualizó.

David Gaitán comentó que recientemente solicitó información al MP acerca de los logros que pueda tener dicha fiscalía y la asignación de casos, sin embargo, esta información no ha sido entregada hasta el momento.

Artículo anteriorPDH: presupuesto no refleja prioridades para atender situación de hambre y desnutrición
Artículo siguientePor temporada navideña, lanzan compaña de control y conservación del pinabete