Imagen ilustrativa de la calcomanía de circulación. Foto La Hora/Tránsito PNC
Imagen ilustrativa de la calcomanía de circulación. Foto La Hora/Tránsito PNC

Pasado el 31 de julio finalizó el plazo para cancelar el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV) sin recargo. Después de esa fecha se incrementa su valor, debido a que de manera automática el sistema ajusta el monto al sumarle la multa, correspondiente al 100 por ciento. Ahora, si ya cumplió con esa obligación, recuerde que es necesario portar de forma física la calcomanía de este año.

¿Por qué es necesario imprimir el documento y llevarlo cada vez que se usa el vehículo para desplazarse por las vías públicas? En el Reglamento de la Ley de Tránsito se establece que es una obligación para el conductor tener la tarjeta de circulación o fotocopia autenticada y calcomanía vigente, además de las placas correspondientes y de la licencia de conducir. Así se señala en el artículo 10 de la referida normativa.

Amílcar Montejo, intendente de la Policía Municipal de Tránsito (PMT) de la capital, detalló que, aunque se ha gestionado para adquirir los documentos de manera digital, no se han realizado cambios en la Ley de Tránsito o a su Reglamento.

 

El entrevistado enfatizó al señalar que en el Reglamento de la referida ley se señala que la calcomanía debe ser portada de manera física.

Montejo agregó que ningún agente de tránsito, ya sea municipal o de la Policía Nacional Civil (PNC) puede recibir o manipular un teléfono móvil, debido a que se trata de propiedad privada.

De esa cuenta, los conductores tienen la obligación de mantener entre sus documentos la calcomanía física, resaltó el entrevistado.

¿CUÁNDO PRESENTAR LOS DISTINTIVOS?

Brenda Santizo, vocera del Departamento de Tránsito de la PNC, detalló que los documentos deben estar impresos, con el objetivo de comprobar que fue cancelada la obligación fiscal.

La calcomanía, junto a otros documentos, debe ser entregada a los agentes policiales cuando estos los soliciten, especialmente en operativos que desarrolle la entidad.

En tanto, la PMT de la capital no monta operativos para establecer el pago del impuesto, dijo Montejo.

Agregó que estos documentos son solicitados por los agentes en algunas circunstancias:

Al detectar vehículos en áreas con prohibición.
Cuando el conductor va en estado de ebriedad.
En caso de colisión u otros siniestros viales.

 

AMERITA SANCIONES

Santizo explicó que existen sanciones administrativas para quienes incumplan con la obligación de portar la calcomanía del vehículo en forma física.

Hay una sanción de Q500, según el artículo 184, inciso 3”, dijo la vocera del Departamento de Tránsito de la PNC, y agregó que ese monto se aplica al circular sin placas, tarjeta de circulación o calcomanía de vehículo

 

Además, Montejo destacó que el artículo 175 del Reglamento de la Ley de Tránsito, que menciona la consignación de la licencia de conducir.

En esta misma línea, Santizo afirmó que la autoridad para imponer sanciones son los agentes de tránsito de la PNC, PNC y los policías municipales de tránsito.

Asimismo, Montejo recordó que los conductores deben estar pendientes de la fecha de caducidad de la tarjeta de circulación, debido a que ese documento y la calcomanía deben estar vigentes.

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