Una trabajadora electoral muestra un voto durante el conteo después del cierre de urnas en las elecciones generales.
Una trabajadora electoral muestra un voto durante el conteo después del cierre de urnas en las elecciones generales. Foto La Hora/AP

La Cámara de Comercio de Guatemala se pronunció con respecto a las peticiones de varios partidos políticos que exigen la realización de un nuevo conteo de votos, ante lo cual la referida organización dijo que esa acción es ilegal y materialmente imposible.

Por medio de un comunicado se manifestó dicha entidad, en el cual dijo: “pedirle a las Juntas Electorales Departamentales o del Distrito Central que hagan recuento total de votos no solo deviene en ilegal, sino materialmente es una tarea imposible”.

Se agregó que las juntas receptoras de votos (JRC), conformadas por más de 100 mil ciudadanos que trabajaron de manera voluntaria, no fueron mencionadas por la Corte de Constitucionalidad (CC) en el amparo provisional que otorgó a nueve partidos políticos, ni por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) al resolver las debidas ejecuciones del amparo provisional que fueron requeridas de manera reciente.

“Hacemos la observación que un recuento total de votos requiere la participación de las juntas receptoras de votos”, dijo la Cámara de Comercio.

Comunicado Cámara de Guatemala.
Comunicado Cámara de Guatemala.
CERTEZA JURÍDICA

En la nota también se sugirió a los partidos políticos que participaron en la contienda electoral a reconocer los resultados que fueron confirmados por las JE, tanto en la primera ronda electoral, tras el conteo de votos, así como en la audiencia de escrutinio y la segunda verificación, última que fue ordenada por la CC, esto “ante el grave riesgo de seguir ocasionando desasosiego e impaciencia en la población”.

Además, se recordó al TSE que es “la máxima autoridad en materia electoral. Es independiente y de consiguiente, no supeditado (a) organismo alguno del Estado», según el artículo 121 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), que es de carácter constitucional y que fue elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente.

“En consecuencia, debe asumir la responsabilidad legal que la ley constitucional le asignó y retomar con firmeza el control absoluto del proceso electoral”, destacó la Cámara.

 

RECURSOS LEGÍTIMOS

También se indicó al TSE que no existen recursos de ley más que aquellos que fueron planteados durante la votación, “y que las ‘denuncias’ (sic) que habilitó el tribunal de amparo no son de su competencia”.

De esa cuenta, se expresó: “hacemos entonces un llamado para que, con firmeza, defienda tenazmente sus facultades y conduzca este proceso electoral hasta su conclusión”.

En el caso de la CC, que otorgó el amparo provisional, y de la CSJ, que debe concluir con el trámite, se explicó que “de conformidad con el artículo 10 inciso g) de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, la procedencia del amparo está limitada: ‘… en materia puramente electoral, el análisis y examen del tribunal se concretará al aspecto jurídico, dando por sentadas las cuestiones de hecho que se tuvieron por probadas en el recurso de revisión’”.

Ante lo señalado por esa normativa, “no es competencia del tribunal de amparo tratar, disponer o afectar las cuestiones de hecho que resultan del proceso electoral. Esta materia es competencia privativa del Tribunal Supremo Electoral”.

Por esa situación, se recomendó a la CSJ revocar el amparo provisional que mantiene en suspenso la continuidad del evento electoral.

RECONOCEN LABOR

Finalmente, la Cámara de Comercio reconoció la labor de los guatemaltecos que participaron en las elecciones generales 2023, y que integraron las JE, las JRV, así como quienes se encargaron de la logística y aspectos administrativos.

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