La Corte de Constitucionalidad informó que el pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), informó tras analizar el amparo solicitado por nueve agrupaciones políticas, que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) debe suspender la calificación y oficialización de resultados a efecto de que, para la fecha prevista para segunda vuelta para elección presidencial, todo haya quedado debidamente depurado.

“La Corte de Constitucionalidad con el fin de garantizar la pureza del proceso electoral y que el sistema republicano, democrático y representativo no sufra desmedro, a prevención, decretó amparo provisional”, indicó la CC.

EXPLICAN SOBRE EL AMPARO

En ese orden, añaden que precisando como efectos positivos de tal protección que: a) que las Juntas Electorales Departamentales y la del Distrito Central, independientemente de que ya hubiesen llevado a cabo la audiencia de revisión de escrutinios, derivado de las denuncias que se hacen en este amparo.

 

“De las cuales se invoca no haber tenido noticia oportuna, convoquen a una nueva audiencia de revisión de escrutinios, en las que los sujetos legitimados podrán hacer valer las objeciones e impugnaciones que estimen pertinentes, especialmente aquellas que generen las dudas que han planteado en amparo, en función del escrutinio y la calificación de votos que consta en las actas finales de las Juntas Receptoras de Votos”, indicó la CC en su comunicado.

En el punto b, la CC explica que luego de realizada esta actividad, que los órganos electorales competentes realicen un cotejo entre las actas que formaron parte del proceso electoral a efecto de determinar si cada una de ellas cumplió con los requisitos legales y, en caso de establecerse razonablemente que se pudo haber alterado el resultado de la votación, la Junta Electoral Departamental y/o del Distrito Central procedan a introducir las modificaciones pertinentes o, en su caso, analizar si concurren los supuestos de anulación que prevé la ley.

HABLAN SOBRE EL TEMA DE “NUEVO CONTEO DE VOTOS”

Lo anterior, indican que es sin perjuicio de cualquier otra actuación tendiente a la restitución de la seguridad en el proceso electoral; “si para ello deviniera necesario un nuevo conteo de votos, así deberán disponerlo en resoluciones debidamente razonadas, con la presencia de los órganos electorales que determina la ley y representantes de las organizaciones políticas; para el efecto deberán velar por la conservación y seguridad de las respectivas boletas”.

En el punto c, en tanto la CC añadió que mientras se dilucidan las situaciones anteriormente previstas, el Tribunal Supremo Electoral debe suspender la calificación y oficialización de resultados a efecto de que, para la fecha prevista para la segunda vuelta para elección presidencial, todo haya quedado debidamente depurado.

SE DEBE ACATAR PLAZOS

Esto corresponde a lo que conoció el pleno de magistrados en el expediente 3731-2023 relacionado al amparo promovido por secretarios generales las organizaciones políticas, CAMBIO, MI FAMILIA, VALOR, PODEMOS, VAMOS, CREO, UNE, CABAL y AZUL en contra del TSE.

 

En su comunicado, la CC apuntó a que, “cabe puntualizar que este pronunciamiento se debe acatar estrictamente en los plazos referidos, ello para garantizar que la alternabilidad en el ejercicio del poder se lleve a cabo en la fecha prevista en la Constitución Política de la República, y que emane de un proceso electoral que garantice la voluntad democrática de los ciudadanos, extremos que bajo ninguna circunstancia deberán ser cuestionados o modificados”.

DELEGAN A CSJ

Aunado a ello, por razón de competencia, la CC refirió que se ordenó la remisión de copia certificada del escrito de interposición del amparo de mérito y documentos adjuntos a la Corte Suprema de Justicia, constituida en Tribunal de Amparo, para que continúe con el trámite de la garantía constitucional instada.

Por último, reiteraron su compromiso por la defensa del orden constitucional y del Estado de Derecho.

LA HORA ADELANTÓ PARTE DE LO RESUELTO

Por la tarde, La Hora publicó la nota titulada como “La CC considera ponencia que suspende segunda vuelta, entre otras cosas”, en la que se mencionaba que se consideraba una ponencia en la que se resuelve suspender la segunda vuelta, que se vuelvan a llevar a cabo las audiencias de revisión y que se acepten las denuncias por supuestas anomalías en las actas en las que se hicieron constar los resultados de cada una de ellas.

Según explicó entonces la nota de La Hora, ordenarían además que los órganos electorales competentes realicen un cotejo entre las actas que formaron parte del proceso electoral a efecto de determinar si cada una de ellas cumplió con los requisitos.

La Hora también adelantó que según trascendió, en un inicio los magistrados de la CC consideraron remitir los amparos a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por temas de competencia en el sistema de justicia.

Por la mañana de este 1 de julio, este medio también informó que nueve partidos presentaron un amparo ante la CC en contra del Tribunal Supremo Electoral (TSE), por considerar que existen “amenazas” de que se adjudiquen cargos sin que juntas departamentales conozcan los supuestos vicios de actas manuscritas y lo digitado.

Según conoció La Hora, la acción se presentó el 30 de junio. Lo anterior posteriormente lo confirmó la CC en su comunicado

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