La comisión legislativa de Gobernación recibió del titular de la cartera de Seguridad, Marco Antonio Villeda, las propuestas de iniciativa de ley para modificiar dos artículos el Código Procesal Penal, uno relacionado con la medida sustitutiva para personas que porten ilegalmente armas de fuego.
Villeda explicó que la propuesta de ley entregada a los diputados se enfoca al artículo 264, Sustitución, para que se prohíba la medida sustitutiva, es decir el poder salir de prisión, en casos en los que las personas sean detenidas con arma de fuego y no cuenten con la licencia de portación correspondiente.
«Hemos tenido la experiencia que muchos casos hemos capturado sicarios, que lógicamente cargan un arma de fuego sin la debida licencia, y se les otorga medida sustitutiva. Salen en libertad en 24 horas y en pocos días los volvemos a capturar en posesión de otra arma de fuego, con lo cual la presunción de que las personas que portan un arma de fuego sin la licencia respectiva, pretenden cometer un hecho grave contra la vida es más que evidente», resaltó el ministro de Gobernación.
A la vez, Villeda agregó que desde el Ministerio de Gobernación consideran que esta no es una conducta defensiva, ya que la persona que porta un arma de fuego con intención defensiva la porta normalmente debidamente registrada y con la documentación autorizada por la Dirección General de Control de Armas y Municiones (Digecam), mientras que la persona que carga un arma de fuego que no esté registrada y no tiene licencia de portación la lógica hace pensar que pretende llevar un acto delictivo de gravedad.
El ministro agregó que dicha reforma que presenta es de importancia en la lucha contra los grupos criminales y trabajar en reducir los índices de violencia homicida.
Ministro Villeda: «No es posible seguridad en las calles si antes no se controlan las cárceles»
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Otro de los cambios que impulsó el titular de la entidad encargada de la seguridad ciudadana es para promover el uso del control telemático y así los jueces opten por los brazaletes o tobilleras para privados de libertad y así eliminar el hacinamiento en los centros de detención.
La reforma también es al artículo 264 del mismo código, donde se incorpora el control telemático como medida sustitutiva.
De acuerdo con el funcionario en la actualidad, el uso del brazalete o tobillera no está contemplado en el Código Procesal Penal, ya que los jueces consideran que es un mecanismo para controlar el arresto domiciliario y no utilizan esa medida para mantener a la persona ligada o controlada mientras se resuelve su situación jurídica.
«Eso nos ayuda en gran medida en deshacinar las cárceles, porque evitaría que muchas personas que normalmente van a prisión para enfrentar su proceso con base en un auto de prisión preventiva lo puedan hacer a través de estar controlado por medio de este mecanismo que tenemos en la Unidad de Control Telemático», enfatizó el ministro.
Por último, Villeda indicó que ese mecanismo está subutilizado y se se cuenta con la capacidad para controlar a alrededor de tres mil 200 personas y a la fecha lo utilizan aproximadamente 350 personas, por lo que se pretende con la reforma los jueces puedan aplicar esa medida sustitutiva en mayor medida.
Unidad de Control Telemático ha colocado más de 400 brazaletes, algunos con exoneración de pago







