Educación ha decidido suspender las clases luego de la serie de manifestaciones que se han suscitado en el país. Foto La Hora / Archivo

Por Jeanelly Vásquez
jvasquez@lahora.com.gt

Esta mañana en el Diario Oficial se publicó el acuerdo ministerial 1217-2021, el cual consiste en la emisión de un normativo del Ministerio de Educación (Mineduc) para la identificación y resolución de casos derivados de violencia en contra de niños, niñas y adolescentes del Sistema Educativo Nacional. El documento explica las medidas a tomar sin importar si el agresor es un estudiante o trabajador.

El documento explica que el propósito de este es proporcionar lineamientos para darle seguimiento efectivo a todos los casos derivados de actos de violencia física, psicológica y sexual, cometidos por personal docente, administrativo o estudiantes de los establecimientos educativos.

“El Ministerio de Educación debe impulsar acciones encaminadas a la protección de los menores, adolescentes y jóvenes, dentro de las cuales se encuentran las de seguimiento de los casos derivados de violencia, siendo conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado”, refiere la normativa.


FORMA DE ACTUAR

Cuando un adulto de la comunidad educativa identifique indicios sospechosos en algún estudiante, deberá comunicárselo al director del establecimiento y a la persona que supervisa al alumno, posteriormente, deberá reportarlo al teléfono 1503 del sistema de quejas del Mineduc y a la comisión de seguimiento de casos de violencia a nivel departamental.

Las comisiones de seguimiento de casos de violencia serán las responsables de vigilar estos hechos contra los estudiantes luego de ser reportados.

Paralelamente con la comisión de seguimiento, se remitirá un informe de las actuaciones a la Unidad de Equidad de Género con Pertinencia y Protección Integral de la Niñez, Adolescencia y Juventud (UGP) y la dirección de Recursos Humanos. Lo anterior, según el Mineduc, es con el fin de obtener una respuesta inmediata y efectiva en la protección de niños, niñas y adolescentes; así como propiciar la gestión de los casos en las diferentes dependencias mencionadas.

Además de lo anterior, dentro de las siguientes 24 horas de haber encontrado sospechas, la autoridad responsable deberá redactar un acta donde constate los hechos; para ello deberá adjuntar medios de prueba, así como las medidas de prevención futuras para salvaguardar al menor en riesgo.

Dentro de la normativa para la identificación y resolución de casos violentos se establece que las autoridades deberán procesar la sanción administrativa o penal del agresor o agresora según sea el caso, mientras tanto la persona señalada deberá ser removida del ambiente donde se encuentre el niño, niña o adolescente víctima.


“Elaborada el acta administrativa correspondiente, las Autoridades relacionadas deberán presentar la denuncia ante el Ministerio Público para la persecución y sanción penal respectiva”, precisa el acuerdo 1217-2021.

Del mismo modo, se explica que se comenzará un proceso por faltas al servicio para la destitución del docente o personal implicado en los hechos, lo anterior acorde a lo establecido en la Ley de Servicio Civil y el Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo.

Si la agresión sucede fuera de las instalaciones educativas, el personal deberá recabar la información que crea necesaria y presentarla al ente de resolución de casos de violencia a nivel departamental.

ACTOS DE VIOLENCIA ENTRE ALUMNOS

En el documento se menciona que, si el hecho es perpetuado por un alumno contra otro compañero o compañera, deberá ser resuelto por la comisión disciplinaria de cada centro educativo según lo establecido en la Normativa de Convivencia Pacífica y Disciplina para una Cultura de Paz entre Centros Educativos y la Ley de Protección Integral Para la Niñez y Adolescencia (PINA).

Los datos de violencia dentro de los establecimientos educativos han sido elevados. Foto La Hora/ilustrativa

SANCIONES E INICIATIVAS ADICIONALES DEL MINEDUC

El Ministerio de Educación contó que aquellos casos no previstos dentro del reglamento serán resueltos por el Despacho Superior. Del mismo modo, formuló que los funcionarios o servidores públicos que omitan la denuncia, referencia y seguimiento de los casos de violencia contra los menores serán sancionados por las faltas laborales correspondientes además de los delitos cometidos, si fuere el caso.

Por último, el Mineduc informó sobre futuros convenios con instituciones nacionales e internacionales; en ese sentido, se coordinarán acciones en beneficio a la niñez y adolescencia que coordinen y resuelvan efectivamente los casos de agresión.

31 DOCENTES ACTIVOS POSEEN SENTENCIA POR AGRESIÓN SEXUAL

El 12 de mayo los diputados Andrea Villagrán del bloque Bienestar Nacional (BIEN) y Cristian Álvarez de Compromiso, Renovación y Orden (CREO) citaron a autoridades del Mineduc para conocer por qué 31 docentes acusados por violencia sexual continuaban ejerciendo como educadores.


Los congresistas señalaron además que 1,000 casos de docentes señalados por agresión sexual siguen estancados en el Ministerio Público (MP) y tribunales.

Ante los señalamientos anteriores la viceministra técnica del Mineduc, Lorena Aragón, argumentó que la destitución del personal no es tan sencilla y “se deben agotar todos pasos” antes de proceder al despido.

Andrea Villagrán cuestionó esto último preguntando por qué no era posible la destitución de estas personas si ya habían sido condenadas por violación, no obstante, las autoridades citadas no emitieron respuesta.

Jeanelly Vásquez
Periodista profesional de la USAC, actualmente cursando la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. Becaria en International Women’s Media Foundation (IWMF). Elabora piezas de investigación y profundidad, enfocadas en el gasto público, derechos humanos y la política guatemalteca. Tiene experiencia en producción de podcast y contenido en redes sociales; ha cubierto la fuente volante y el Organismo Ejecutivo. Twitter: @jeanellydvg
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