Con la exención temporal de impuestos a los combustibles ¿deberás pedir factura, esto explica la SAT
Con la exención temporal de impuestos a los combustibles ¿deberás pedir factura, esto explica la SAT. Foto La Hora: MEM

El Congreso de la República aprobó el Decreto 22-2026, Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles, con el cual se eliminan impuestos a los precios del combustible para que haya una rebaja con el fin de aliviar la situación económica de la población.

El 22 de septiembre, los diputados aprobaron la iniciativa 6852, que plantea la exoneración del Impuesto de la Distribución de Petróleo (IDP) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para combustibles.

Congreso aprueba exonerar el pago del IDP e IVA a combustibles por aproximadamente tres meses ante crisis del petróleo

El precio al consumidor para las gasolinas y el diésel se compone de la siguiente forma, según información proporcionada por el Banco de Guatemala:

  • Precio CIF: (Costo, Seguro y Flete) sería el valor de importación del combustible en Guatemala al llegar a puertos nacionales.
  • Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados (IDP).
  • Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • Flete terrestre.
  • Otros gastos.
  • Margen importador.
  • Margen exportador.

En el caso del IDP, este equivale al 16.1% del precio de la superior y al 4.76% del diésel. Por su parte, el IVA constituye el 8.99% del costo de la superior y el 10.2% del diésel.

Pero surge la duda de si, en ese contexto, los consumidores deberán exigir la factura a las expendedoras del carburante.

Si bien el decreto 22-2026 aún no ha sido sancionado por el presidente de la República, Bernardo Arévalo, y falta que sea publicado en el Diario de Centro América para que entre en vigor, La Hora hizo la consulta a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) para conocer una opinión.

articulo 5 decreto 22-2026
Artículo 5 decreto 22-2026. Foto La Hora: Congreso de Guatemala.

Esto debido al artículo 5 del referido decreto que consigna:

«Traslado obligatorio al precio final del consumidor. La totalidad del monto correspondiente a las exenciones tributarias establecidas en la presente ley deberá trasladarse y reflejarse de forma estricta en una reducción equivalente en el precio de venta al consumidor final en las estaciones de servicio. En las facturas electrónicas que se emitan en todos los eslabones de la cadena de comercialización se consignará expresamente la anotación de la exención de IDP e IVA aplicada, desglosando el valor del beneficio tributario por galón despachado».

La SAT confirmó que los contribuyentes deberán exigir su factura, por lo que las estaciones de servicio están obligadas a cumplir con ello.

«Es una obligación de todos los contribuyentes solicitar facturas, como cualquier otra compra», respondió la entidad.

Qué se paga al comprar combustible: así se estructura el precio de cada galón de gasolina y diésel

Heidi Loarca
Soy periodista apasionada por los temas políticos, económicos y sociales. A través de las noticias se guarda un registro de lo que acontece a lo largo de la historia del país.
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