Mario David Aguilar Mijangos fue destituido por la fiscal general, María Consuelo Porras. Foto: La Hora/Captura de pantalla

Mario David Aguilar Mijangos, recientemente destituido como agente fiscal de Uspantán, Quiché y quien presentó una impugnación contra Consuelo Porras ante la Comisión Postuladora para Fiscal General, informó que apelará a la decisión de la Junta Disciplinaria del Ministerio Público (MP) con la cual fue apartado del cargo por haber sido calificado con deficiencia en dos ocasiones, según el ente investigador.

“Parte de los alegatos que voy a esgrimir en mi escrito de apelación van a versar sobre que la fiscal general no tuvo que haber conocido la primera apelación, por existir acciones legales planteadas por mí en contra de ella”, afirmó.

“Y en ese orden de ideas tampoco pudo haber conocido sobre un expediente que por negligencia de ella caducó el plazo para presentarlo ante la supervisión general, esto quiere decir, que al caducar el plazo el expediente había perdido todos los efectos jurídicos, por tal razón ella tenía que haberse excusado de un principio”.

JUNTA DIO FALLO “COMO SI HUBIERAN SIDO INSTRUIDOS”

De acuerdo con el documento compartido por Aguilar Mijangos, se señala que los miembros de la Junta Disciplinaria del MP no actuaron con la debida objetividad e imparcialidad al momento de valorar los medios de prueba que fueron presentados por Supervisión General.

Agregó que se debió tomar en cuenta que la denuncia fue presentada 30 días después de conocerse el hecho.

Aduce que dicha Junta no respetó lo regulado en el artículo 64 del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo celebrado entre el MP y el Sindicato de Trabajadores de esta entidad, ley profesional vigente en ese entonces, el cual es un “dispositivo legal” que remite el Código de Trabajo y en amparo de su artículo 259.

 

Ante eso, los miembros de la junta emitieron un fallo que “denota ira, malestar y alteración de ánimo que les impulsó a tomar esa aberrante decisión, como si hubieran sido instruidos debidamente”.

De esta forma, argumenta también que el patrono perdió el derecho que la ley le otorgaba de disciplinar conductas laborales y por tanto, la fiscal general debió trasladar la denuncia a Supervisión General, siendo ilegal la recepción de la misma después del plazo legal.

Por tanto, Aguilar Mijangos razona que la Junta cometió la “aberración jurídica de conferirle valor probatorio a esa prueba producida”, la cual calificó de ilegal e ilegítima, denotando que los miembros no actuaron apegados a derecho sino que vertieron razonamientos en forma “emotiva y no racional, lógicamente por estar perturbadas sus conciencias debido a sendas querellas penales presentadas en su contra”.

Mijangos presentó una impugnación contra Consuelo Porras. Foto La Hora

JUNTA SE HABRÍA RETIRADO PARA “HACER CONSULTAS”

Dentro del planteamiento, Aguilar Mijangos menciona que la Junta Disciplinaria abandonó la sala para “deliberar” al momento de plantearse la solicitud de excepción inconstitucional, la cual estos dijeron que no les competía.

“Perturbando con ello la unidad del acto, lo cual lo hicieron de manera ilegal, porque no podían abandonar la sala de juntas, y cabe formularse la pregunta: ¿deliberaron? o se retiraron para hacer consultas sobre la actitud a asumir, lo cual genera una duda razonable sobre su independencia y legalidad”, sostiene.

Asimismo, durante la audiencia planteó la excepción de incompetencia en contra de los miembros de la Junta y estos obviaron pronunciarse, de acuerdo a Aguilar Mijangos, por lo cual estarían “promoviendo desorden y anarquía” y vulnerando así el Estado de Derecho, certeza jurídica y la institucionalidad del MP.

SE DIERON SENDAS VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS

También en el escrito menciona que “se dieron sendas violaciones a los derechos humanos y a las garantías procesales”, como la libertad de prensa, libre emisión de pensamiento, derecho a defensa, derecho a petición, así como publicidad de los actos administrativos.
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SEÑALA NEGLIGENCIA DE PORRAS

“Por negligencia e ignorancia de la Fiscal General se creó la Agencia Fiscal en el Municipio de Uspantán, Quiché sin tomar en consideración la necesidad de servicio que provocaría la cobertura poblacional y geográfica a la cual se le prestaría el servicio con únicamente un Agente Fiscal y Dos Auxiliares Fiscales I”, expresa en el documento.

Agrega que el tiempo le dio la razón pues se vio obligada a crear dos agencias fiscales más, olvidándose de “La Zona Reina”, comunidades dispersas y sumamente pobladas, las cuales necesitan acceso a la justicia pronta y cumplida y no el “experimento social que usted impulsó”.

Concreta en que las comunidades no fueron beneficiadas y se afectó la medición arbitraria del desempeño, lo cual para Aguilar Mijangos no tiene lógica, ni sentido.

“Se emplea un método matemático para medir un fenómeno social, y por consecuencia lógica no gane la referida evaluación del desempeño, lo cual es achacable a la fiscal general y no como pretende hacer creer que se me sancione a mi por ese aspecto”, concluye.

 

MP: ESTÁ EN SU DERECHO PRESENTAR RECURSOS

El vocero del MP, Juan Luis Pantaleón indica que Aguilar Mijangos: “está en su derecho de presentar los recursos que considere pertinentes, es el debido proceso y los derechos que le asisten a cada individuo”.

“El artículo 81 Quáter de la Ley Orgánica del MP es claro, este establece que ‘cuando el funcionario sea reiteradamente calificado como deficiente en evaluaciones del desempeño, el Fiscal General procederá a su destitución, previo a agotar el procedimiento disciplinario correspondiente. Se entenderá que hay reiteración al producirse dos calificaciones deficientes consecutivas’», menciona.

“Aguilar Mijangos reprobó dos veces consecutivas la evaluación del desempeño, aunado a que hubo falta de tramitación de los expedientes a su cargo, con lo que se evidenció el no cumplimiento de las instrucciones, por lo que de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica del MP, se inició el proceso ante la Junta Disciplinaria”, detalla.

“Luego de agotarse el procedimiento disciplinario, la Junta Disciplinaria dio con lugar su destitución, atendiendo a lo establecido en la Ley Orgánica del MP”, finaliza el portavoz del ente investigador.

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