Corte de Constitucionalidad de trámite a los amparos interpuestos por el Tribunal Supremo Electoral. Foto La Hora / José Orozco

La Corte de Constitucionalidad (CC) dio trámite al amparo interpuesto por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) el pasado 29 de septiembre en contra de la Fiscal General de la República y Jefa del Ministerio Público, María Consuelo Porras, y la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) de Rafael Curruchiche remitiendo la solicitud del amparo a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), para que continúe con el trámite correspondiente.

La CC dio a conocer, este sábado 30 de septiembre, la decisión de trasladar una copia certificada del expediente, mismo que busca detener las acciones que el Ministerio Público desarrolla en contra del proceso electoral que han incurrido en distintas “ilegalidades” y han sobrepasado la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) como lo declaró el pleno de magistrados en repetidas ocasiones.

CC REMITE ACCIÓN CONTRA FREDDY ORELLANA

En cuanto al amparo que el TSE emitió en la CC en contra del juez Freddy Orellana, del Juzgado Séptimo Penal que ha autorizado los cuatro allanamientos que se han realizado en distintas unidades del ente electoral, el pleno determinó admitir el trámite y darle continuidad dentro de la corte.

Asimismo, detalló que por razón de competencia, fue remitida copia certificada del escrito inicial de la solicitud del amparo a la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, constituida en Tribunal de Amparo, para que continúe con el trámite correspondiente.

 

DAN TRÁMITE A AMPARO CONTRA JUEZ DE TURNO

La Corte de Constitucionalidad dio trámite al expediente 6042-2023 relacionado con el amparo promovido por los cinco magistrados titulares y los tres suplentes del TSE en contra del Juez del Juzgado de Paz Penal de Faltas de Turno del municipio y departamento de Guatemala, resolviendo para el efecto admitir el mismo para su trámite y remitir al Juzgado Octavo para que continúe con el trámite correspondiente.

CC REITERA COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA

Por último, la Corte de Constitucionalidad señaló su compromiso con la defensa de la democracia, el orden constitucional y del Estado de Derecho, misma que fue pedida por el pleno de magistrados del TSE durante la entrega de los amparos que buscan “defender” el voto ciudadano emitido en las cortes.

¿QUÉ PIDE EL TSE?

El TSE emitió varios recursos señalando que las acciones del ente investigador son “intimidatorias” y están “destinadas a socavar la integridad” de la democracia del país, por lo que pidió al cumplir sábado 30 de septiembre la sustracción de las actas electorales por parte del MP, se deduzcan responsabilidades legales por la extracción de la documentación durante los allanamientos.

Antes del secuestro de las actas, el TSE pedía dejar sin efecto el allanamiento, inspección, secuestro y registro autorizado por Freddy Orellana, en el expediente 01079-2023-00231, pero esto ocurrió este sábado 30 de septiembre. Asimismo, solicitaba que resolviera a favor del TSE un amparo que evitara la sustracción de las actas originales número 4 y 8 que resguardan los resultados electorales de todas las elecciones generales realizadas.

 

ACCIONES PONEN EN RIESGO ELECCIONES

Los magistrados dejaron en claro ante la CC que la extracción de las Actas, pone en riesgo el proceso electoral, puesto que al salir y perder la custodia de las mismas podrían ser manipuladas por el MP y ocasionar irreparables daños no solo al Tribunal, sino que a la democracia. Asimismo, detalló que las actas pueden ser alteradas, y por ende, manipuladas, al grado que pueden variar datos oficiales sin que el TSE esté presente y verifique que ello no ocurra.

Según el TSE, con la extracción de las copias originales de los documentos, se pone en “grave riesgo y peligro la finalización del presente proceso electoral y los resultados oficialmente dados por el Tribunal”, al mismo tiempo que se vulnera el proceso, pues no se prevé esta clase de allanamientos.

Además, sostiene que se podrían dejar sin efecto las elecciones generales realizadas, así como la toma de posesión del cargo del binomio presidencial electo, y las demás autoridades electas legítimamente, además, sostiene que se viola el artículo 233, 243, 237, 238 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).

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