La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró sin lugar la acción de inconstitucionalidad general parcial que un grupo de juristas presentó en contra del artículo 82 de la Ley contra la Delincuencia Organizada. Norma con la cual se suspendió de manera temporal la personería jurídica del partido político Movimiento Semilla, en cuyo caso también se planteó una acción similar, la cual todavía está pendiente de ser resuelta.
El 12 de julio de 2023, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) solicitó al juez séptimo penal A, Fredy Orellana, la suspensión de Semilla por supuestas irregularidades en los documentos utilizados para su inscripción como partido político.
De esa cuenta, se plantó una acción de inconstitucionalidad para el caso concreto de la agrupación, diferente al que fue resuelto por el máximo tribunal en materia constitucional.
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ACCIÓN SIN LUGAR
La acción presentada por el grupo de abogados buscaba eliminar la normativa en su conjunto. De acuerdo con estudios científicos, se estima que el 75 por ciento de las acciones de organizaciones criminales se manejan a través de personas jurídicas.
En ese sentido, la CC estimó que no era prudente declarar la incompatibilidad de esta norma con la Constitución Política de la República de Guatemala, para evitar que los grupos que actúan al margen de la ley tengan total disposición de ese mecanismo.
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— Diario La Hora (@lahoragt) February 1, 2024
CASO CONCRETO
De esa cuenta, aún está pendiente que se resuelva el caso concreto de Semilla, en el cual, según organismos internacionales, se utilizó una «ley inferior» a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), de carácter constitucional, misma que establece el proceso para suspender una agrupación política.
De acuerdo con la información extraoficial, la decisión de los magistrados fue por mayoría con seis votos a favor y uno disidente, del magistrado suplente Rony López. De esa cuenta, se mantiene vigente la suspensión de la personalidad jurídica de Semilla.
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ACCIONAN CONTRA NORMA
El 3 de octubre del año pasado, un grupo de abogados presentó una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 82 de la Ley contra el Crimen Organizado.
Con dicha norma, se ordenó la suspensión temporal de la personería jurídica de Semilla, como partido político, así como del comité para la formación de dicha agrupación.
En el memorial, los profesionales del derecho consideraron que la disposición atenta en contra de varias garantías que se encuentran establecidas en la Constitución Política de la República de Guatemala.
Uno de los principios que se destacaron como en riesgo, fue el de defensa, debido a que con esta norma se elimina cualquier posibilidad para que la persona jurídica a la cual le fue aplicada, pueda presentar cualquier acción para revertirla.
** Esta nota se modificó a las 13:55 horas del jueves 1 de febrero