El equipo de abogados de los periodistas y columnistas de elPeriódico tras el fallo a su favor. Foto: Diego España / La Hora.
El equipo de abogados de los periodistas y columnistas de elPeriódico tras el fallo a su favor. Foto: Diego España / La Hora.

La jueza Aurora Gutiérrez, del Juzgado Quinto Penal, resolvió que el caso que se sigue en contra de seis periodistas y dos columnistas del extinto diario elPeriódico no puede continuar dilucidándose por la vía penal y ahora un Tribunal de Imprenta deberá conocer el expediente, como lo estipula la Constitución de la República.

La defensa de los periodistas presentó, este lunes 8 de enero, ante al Juzgado Quinto un incidente de competencia por medio del cual indicó que la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) atentaba contra garantías constitucionales al utilizar el derecho penal para resolver inconformidades por publicaciones desde ese medio.

Los señalados son: Julia Corado, quien antes del cierre de elPeriódico ocupaba el cargo de Directora; Gerson Ortiz, exjefe de Información; Christian Velix, reportero; Alexander Valdez, reportero; Rony Ríos, reportero; Denis Aguilar, reportero y los columnistas Gonzalo Marroquín y Edgar Gutiérrez.

 

VÍA INCORRECTA

La FECI, que dirige Rafael Curruchiche, señala a los ocho de incurrir en el delito de obstrucción a la justicia por una serie de notas, reportajes y columnas sobre el caso que involucra al periodista José Rubén Zamora, presidente y fundador de dicho medio de comunicación, y de esa cuenta la Fiscalía sostiene supuestamente generaron una «campaña de desinformación».

Por ello, la defensa presentó un incidente de competencia y alegó que el Artículo 35 de la Constitución de la República, así como de la Ley de Emisión del Libre Pensamiento, establece cuál es el procedimiento en caso de inconformidades por publicaciones en medios de comunicación.

La abogada Joseline Jacome leyó el segundo párrafo del artículo referido, el cual establece que «no constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos».

Whatsapp

Asimismo, la jurista Wendy López remarcó a la jueza Gutiérrez que ese artículo tampoco podría ser usado ante un Tribunal de Imprenta por la FECI, puesto que es específico en que las criticas contra funcionarios públicos no son constitutivas de delito.

Jacome argumentó qué «los funcionarios y empleados públicos podrán exigir que un tribunal de honor, integrado en la forma que determine la ley, declare que la publicación que los afecta se basa en hechos inexactos o que los cargos que se les hacen son infundados», leyó.

GOLPE A LA FECI

Por su parte, la FECI indicó a la jueza que estaban investigando a los señalados bajo el artículo 9 de la Ley contra el Crimen Organizado por la posible comisión del delito de obstrucción a la justicia.

Según este, los periodistas habrían cometido obstrucción a la justicia porque «quien de cualquier forma amenace o coaccione a algún miembro del Organismo Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional Civil, auxiliares de la administración de la justicia, traductores, intérpretes, peritos, testigos y demás sujetos procesales, su cónyuge o familia que afecte la integridad física, el honor o bienes de estos, con el fin de influir en su comportamiento u obstaculizar el cumplimiento de sus funciones en la investigación y persecución penal de los delitos comprendidos en la presente Ley».

No obstante, la jueza no dio crédito alguno a la FECI y, en cambio, mencionó una sentencia de la Corte de Constitucionalidad en su expediente número 6 mil 356-2016, de fecha 22 de noviembre del 2018, sobre una vulneración al derecho de libertad de expresión, como parte de la jurisprudencia en el derecho penal.

De esa cuenta, aceptó la incompetencia presentada y refirió que los agraviados, en este caso el MP, debe acudir a un Tribunal de Imprenta para que se accione en contra de los señalados. “No quiere decir que el Ministerio Público no puede realizar una investigación. Si no quiere decir que existe un procedimiento establecido, que es el juicio de jurados, donde debe de establecerse la responsabilidad de cada una de las publicaciones”, revolvió.

SEÑALAMIENTOS

Durante la audiencia en la que Zamora fue vinculado a un segundo proceso penal, el juez Jimi Bremer instruyó al Ministerio Público para que investigara la posible obstrucción a la justicia, tras una solicitud presentada por la fiscal Cinthia Monterroso, quien fue sancionada por el Gobierno de Estados Unidos el año pasado en la Lista Engel.

La fiscal argumentó que los periodistas participaron en una estructura de desinformación al publicar sobre la persecución que la FECI emprendió contra Zamora por un caso de presunto lavado de dinero de Q300 mil. Este caso ya había resultado en una condena, pero hace unos meses una Sala de Apelaciones ordenó la repetición del juicio.

De acuerdo con las publicaciones de elPeriódico, la detención del fundador y presidente del medio era una represalia del gobierno de Alejandro Giammattei y la fiscal general, María Consuelo Porras, debido a las investigaciones realizadas por el periódico y las críticas expresadas en las columnas de opinión del periodista detenido.

Diversas organizaciones internacionales respaldaron esta afirmación, y más de 20 entidades expresaron su inquietud por la investigación contra los periodistas, argumentando que el Ministerio Público atentaba contra la libertad de expresión y de prensa.

 

Diego España
Me intereso en temas políticos, sectores vulnerables y de justicia. Narro historias de ciudadanos de a pie. Considero que las disidencias nos hacen ver y cuestionar la realidad haciéndonos más humanos. Comprometido con la memoria histórica y en informar verazmente.
Artículo anteriorPDH abre expediente por denuncias de muertes durante falla eléctrica en Hospital General
Artículo siguienteTSE se prepara para solventar gestiones de las autoridades electas