Los partidos políticos TODOS y Unidad Nacional de la Esperanza (UNE)
Los partidos políticos TODOS y Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) expusieron ante la Corte de Constitucionalidad (CC). Foto La Hora. Jose Orozco

Los partidos políticos TODOS y Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) expusieron ante la Corte de Constitucionalidad (CC) sus argumentos relacionados a la impugnación de la candidatura de Romeo Guerra, quien aspira al cargo de vicepresidente por la agrupación verde.

TODOS busca que se declare improcedente la inscripción de Guerra, debido a que la agrupación considera que es líder religioso y que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que ninguna persona con esa calidad puede optar al cargo de presidente o vicepresidente.

En tanto, la UNE afirmó que el aspirante al referido cargo dejó de tener liderazgo en la iglesia a la cual asistía.

TODOS Y UNE ANTIGUOS ALIADOS

La historia de estos ahora rivales políticos frente a la Corte de Constitucionalidad, tiene un vínculo cercano y está relacionado con Felipe Alejos, actual diputado del partido TODOS y uno de sus máximos dirigentes.

Alejos inició su vida diplomática con un acercamiento que tuvo con Álvaro Colom, ya que durante su gobierno fue designado como cónsul en Miami en el año 2008. Fue durante esos años que conoció a integrantes de la Unidad Nacional de la Esperanza, para posteriormente en el 2012 ganar una curul con la UNE, posteriormente se unió al partido TODOS, en donde actualmente se postula.

Durante la Elección de Junta directiva del Congreso en enero del 2020, La Hora público cómo el diputado Felipe Alejos, primer secretario del Legislativo, apoyó para que Allan Rodríguez llegara a la presidencia del Congreso, situación que llevó a la derrota a Orlando Blanco, que encabeza la otra planilla.

TODOS: GUERRA TIENE PROHIBICIÓN CONSTITUCIONAL

Jorge Manuel López Oliva, abogado de TODOS, expresamente argumentó que el vicepresidenciable de la UNE no cumple con lo establecido en el artículo 186 de la Constitución que establece los requisitos para optar a los cargos de presidente y vicepresidente.

El profesional del derecho explicó que en Guatemala se separó la política de la religión, en prevención de “que los ministros (religiosos) o involucrados como líderes de alguna agrupación religiosa pudieran influenciar para modificar las decisiones de los feligreses”.

“La persona que ha sido inscrita como vicepresidenciable, el señor Romeo Estuardo Guerra Lemus, abiertamente ha sido identificado como ministro de iglesia y como pastor”, subrayó.

El abogado expuso que en 1994 se constituyó la iglesia cristiana Monte Sion. “El progenitor (de Guerra) es el que adquiere la representación legal y la presidencia de la Junta Directiva y como pastor”.

En tanto, para el 5 de abril de 2022 en un acta notarial consta que para ese entonces el nuevo representante legal y presidente de la referida iglesia era el ahora vicepresidenciable. Aseguró que en esa ocasión él se identificó como “pastor evangélico dentro de dicha acta”.

Posteriormente, el 1 de diciembre del mismo año surge una oportunidad política para Guerra y a través de un “documento sencillo” renuncia a su cargo dentro de la iglesia. Sin embargo, es hasta el 3 de enero que se realiza el acta de cancelación.

López Oliva remarcó que el trasfondo del amparo es “que un liderazgo en la iglesia pueda modificar, manipular, las intenciones o las decisiones que se tenga como votantes de los feligreses dentro de la iglesia”.

Por lo tanto, el abogado de TODOS solicitó a los magistrados que otorguen el recurso de apelación interpuesto y que la CC ordene la cancelación de la inscripción del vicepresidenciable de la UNE, lo cual dejaría a Sandra Torres, candidata a presidente, fuera de la contienda.

UNE: TIEMPO GRAMATICAL

El abogado de la UNE, Walter Divas, aseguró que tal impedimento no existe, puesto que el mismo artículo que señala los requisitos “no establece un parámetro de tiempo para ejercer el derecho a ser electo al cargo después de haber renunciado a ser ministro de culto”.

“Al no existir un plazo establecido entre la renuncia y poder participar al cargo como vicepresidente de la República, no se transgrede la prohibición del texto constitucional como lo constató el TSE”, contraargumentó Divas.

El abogado de la UNE indicó que la prohibición es por “ser ministro de cualquier religión o culto” y apeló a favor de su argumento al tiempo gramatical en el cual está redactado el artículo. Para el profesional, podría ser aplicada la prohibición si al momento de la solicitud de la inscripción del candidato aún hubiera sido pastor.

“El actual presidente de Sion extendió una carta en la cual aclara que ser presidente de la Junta Directiva no es lo mismo que ser pastor”, dijo Divas a los magistrados, y leyó parte de la misiva: “El ciudadano no ha ejercido ni ejerce actualmente como ministro de culto o religión en esta iglesia”.

El abogado detalló que para ejercer el cargo de pastor en la Iglesia Sion se debe someter a la elección en una asamblea general, y sostuvo que Guerra Lemus no participó en ninguna.

“No conlleva ninguna violación establecida en el artículo 186 inciso f de la Constitución de la República, y por ende tampoco existe ninguna de las demás violaciones que refiere el amparista (TODOS), es más, su inscripción atiende al derecho de ser electo”, finalizó Divas.

Diego España
Me intereso en temas políticos, sectores vulnerables y de justicia. Narro historias de ciudadanos de a pie. Considero que las disidencias nos hacen ver y cuestionar la realidad haciéndonos más humanos. Comprometido con la memoria histórica y en informar verazmente.
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