La Corte de Constitucionalidad (CC) confirmó la sanción que se impuso a la jueza Helen Johana Zepeda Aguilar de Corona, titular del Juzgado de Paz de Chimaltenango, derivado de que en 2019 buscó una diputación por el partido político VIVA.
El fallo del máximo tribunal constitucional establece que la resolución de la Junta de Disciplina Judicial (JDJ) del Organismo Judicial (OJ) debe cumplirse.
Según la JDJ, Zepeda Aguilar incurrió en una falta administrativa disciplinaria consistente en no haber acatado las normas éticas del OJ.
“Por tener prohibiciones de optar a otro cargo público y ejercer actividades o propaganda de índole política partidista”, se especifica.
De esa cuenta, el órgano disciplinario judicial la sancionó con la suspensión de sus labores por 20 días sin goce de salario.
Esto fue lo que señaló Gustavo Petro. Entérate aquí: https://t.co/Cf9ILbmnzc
— Diario La Hora (@lahoragt) January 17, 2023
JUEZA IMPUGNÓ SANCIÓN
Aunque la jueza intentó que se dejara sin efecto la sanción y presentó una impugnación. La CC consideró que sí incurrió en una falta administrativa al optar a otro cargo público mientras desarrollaba su función jurisdiccional.
De acuerdo al fallo emitido por la máxima corte, el artículo 207 de la Constitución Política de la República establece que la función de magistrado o juez, es incompatible con cualquier otro empleo con cargo directivo en sindicatos o partidos políticos.
“Y esto tiene sentido en relación a la labor del Juez que tiene que estar cimentada en el principio de ‘imparcialidad’ entre otros”, sostuvo la CC.
Además, el artículo 29 de la Ley de la Carrera Judicial, en el apartado de Prohibiciones, determina que los jueces y magistrados tienen la prohibición de “ejercer actividades o propaganda de índole política partidista o de proselitismo religioso, o propiciar que otros lo hagan”.