Menkos
Menkos asegura que, "la medida que propone el acuerdo va en contra del cuidado y sobriedad con el que se debe utilizar el erario". Foto: La Hora / Archivo.

Tras conocer la decisión del presidente de la República, Alejandro Giammattei, de brindar seguridad a algunos funcionarios de su círculo cercano hasta seis años después de dejar el cargo, según el Acuerdo 320-2023, el diputado electo por el partido político Movimiento Semilla, Jonathan Menkos, en su cuenta X calificó esta acción como «la graduación del descaro«, y afirmó que este acuerdo «puede derogarse y deberá ser derogado«.

En la publicación señala, «si usted fue ministro, viceministro, secretario o subsecretario del gobierno de Giammattei, le digo algo: ¡mejor ni se haga ilusiones!«.

Al ser consultado por La Hora, Menkos asegura que, «la medida que propone el acuerdo va en contra del cuidado y sobriedad con el que se debe utilizar el erario«.

En cuanto a que los funcionarios del actual gobierno no deben hacerse ilusiones, el congresista electo e integrante del equipo de transición afirmó, «este acuerdo se puede derogar y deberá ser derogado, pues su vigencia implicaría sacrificar recursos que deben tener como objetivo la seguridad de toda la población«.

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LA PROTECCIÓN A MINISTROS Y SECRETARIOS

La decisión de brindar seguridad a los funcionarios del actual gobierno quedó plasmada en el acuerdo gubernativo 320-2023, que tiene por objeto regular la implementación de medidas de protección que el Ministerio de Gobernación a través de la Dirección General de la Policía Nacional Civil (PNC) proporcionará a «determinadas personas» que hayan prestado sus servicios en distintos Ministerios de Estado y Secretarías de la Presidencia.

Para efectos de su aplicación, las medidas de protección a Ministros de Estado y Secretarios de la Presidencia se implementarán de la siguiente manera:

Por un período igual al tiempo que prestaron sus servicios, los exfuncionarios que hayan desempeñado el cargo de titular en los 12 Ministerios.

Además, este mismo beneficio se extiende por un período igual al tiempo que ocuparon el cargo como: Secretario General de la Presidencia; Secretario Privado de la Presidencia; Secretario de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia; Secretario de Comunicación Social de la Presidencia; Secretario de Inteligencia Estratégica del Estado, Secretario de Planificación y Programación de la Presidencia; y Secretario de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la República.

SEGURIDAD A FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

En tanto que la protección para exfuncionarios del Ministerio de Gobernación contempla un apartado distinto, el cual se da, según las seis categorías que establece el referido acuerdo, siendo estos:

  • Categoría uno: por un período de cinco años, los exfuncionarios que hayan desempeñado el cargo de Ministro de Gobernación.
  • Categoría dos: por un período de cinco años, los funcionarios que hayan desempeñado el cargo de Primer viceministro de Gobernación.
  • Categoría tres: por un período de cuatro años, las personas que hayan desempeñado el cargo de Quinto viceministro de gobernación; director General de la PNC; director de Inteligencia Civil; director General de Investigación Criminal; director General de Sistema Penitenciario; y director General Adjunto de la PNC.
  • Categoría cuatro: por un período de tres años, las personas que hayan desempeñado el cargo de inspector General del Ministerio de Gobernación; subdirector General de la Subdirección General de Investigación Criminal de la PNC; subdirector General de la Subdirección General de Operaciones de la PNC; subdirector General de la Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica de la PNC.
  • Categoría cinco: por un período de dos años, las personas que hayan desempeñado el cargo de segundo, tercer y cuarto viceministro de Gobernación; jefe de la División Especializada en Investigación Criminal de la PNC; y jefe de Inspectoría General de la PNC.
  • Categoría seis: por un período de un año, cualquier otra persona que haya desempeñado un cargo dentro del Ministerio de Gobernación, quien previa solicitud y conforme el correspondiente informe de análisis de riesgo que realice la unidad que designe la Dirección General de la PNC, se establezca la necesidad de brindarle protección y seguridad.

 

Cristobal Véliz
Periodista de vocación. Amante de las leyes y del Estado de derecho. Experiencia de más de 10 años en la cobertura de los procesos de postulación y nombramientos de funcionarios públicos.
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