El magistrado Álvaro Cordón informó que con los otros suplentes del TSE presentaron un amparo a la CC para desligarse de la solicitud de antejuicio por la compra del TREP. Foto La Hora / TSE

Los magistrados suplentes del Tribunal Supremo Electoral (TSE) presentaron, en conjunto, un amparo en la Corte de Constitucionalidad (CC), en el que solicitaron revisar lo actuado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en los hechos que los vincula con la compra del sistema de Transmisión de Resultados Preliminares (TREP).

El magistrado suplente, Álvaro Cordón, informó que la solicitud planteada ante el máximo órgano en materia constitucional va en la línea de «corregir la plana» a los magistrados que integraron el pleno de la CSJ y que resolvieron declarar «con lugar a formación de causa» en el antejuicio promovido por la compra del TREP.

Cordón aseguró que los magistrados suplentes no conocieron, no participaron, ni firmaron el contrato de compra del TREP, esto debido a que la decisión final de adquirir el referido sistema es algo que le compete solo a los magistrados titulares.

«Nosotros como magistrados suplentes no conocimos, no participamos, no aprobamos, ni firmamos el contrato de compra del TREP. Nosotros como suplentes no participamos en ninguna de las fases previas, en la adjudicación, aprobación y firma del contrato», recalcó.

 

AMPAROS POR RESOLVER

Al referirse a la posibilidad de que el Congreso de la República integre la Comisión Pesquisidora que conozca el expediente de antejuicio contra los magistrados del TSE, Cordón advirtió a los parlamentarios a que no se dejen sorprender, pues aseveró «que existen amparos pendientes de resolver en la Corte de Constitucionalidad».

Dijo el magistrado suplente que la petición del Ministerio Público (MP), a través de la Fiscalía de Delitos Administrativos, de iniciar diligencias de antejuicio a la totalidad de magistrados del TSE, es algo que no se puede compartir, pues en la denuncia presentada no existe ninguna circunstancia que involucre a cada uno de los magistrados con algún grado de participación.

En su defensa, Cordón señaló que, con un mes de anticipación a que el pleno de la CSJ resolviera con lugar de causa las diligencias de antejuicio, los tres magistrados suplentes presentaron, entre otras cosas, las certificaciones extendidas por el Secretario General del TSE en las que se les excluye de toda participación en la discusión y aprobación de la compra del sistema TREP.

INTEGRACIÓN DEL PLENO

Otro hecho que, según el magistrado suplente del TSE, es que no está clara la integración del pleno de la CSJ para conocer y resolver el trámite de antejuicio contra los magistrados en su totalidad, pues explicó tener conocimiento de que el tema fue planteado en tres sesiones convocadas, de las cuales en la última, realizada el 7 de noviembre se tomó la decisión.

Como muestra de ello, La Hora tuvo acceso a la serie de excusas e inhibitorias presentadas por magistrados de Sala de Apelaciones para integrar pleno, esto debido a que en la primera sesión convocada para el 23 de octubre, los magistrados reunidos, los trece se excusaron o inhibieron de conocer el expediente.

Igual situación sucedió en la sesión del 26 de octubre, en la que de los trece magistrados convocados, 8 se inhibieron, en algunos casos por amistad con alguno de los magistrados del TSE o bien por haber conocido con anterioridad algún proceso promovido contra el máximo órgano electoral.

Sin embargo, para la sesión del 7 de noviembre, resalta la inhibitoria o excusa de 25 magistrados de sala de apelaciones, cuyos motivos iban desde tener amistad con algún magistrado del TSE, carga de trabajo en sus judicaturas, hasta por tener algún conflicto de interés por estar incluido en la lista última de candidatos a Fiscal General y Jefe del Ministerio Público (MP), en la nómina de candidatos a TSE.

 

LA DENUNCIA

Con relación a la denuncia, el magistrado suplente afirmó que el MP previo a presentar la solicitud de antejuicio no hizo ninguna concreción de lo expuesto por el denunciante, Giovanni Fratti, cuya denuncia a su criterio, es política coyunturalmente.

Explica que no es posible que el MP valore como prueba la presentación de información proveniente de un medio digital en la que se lee lo publicado por una diputada colombiana con relación a la empresa que finalmente fue adjudicada.

Aseveró Cordón que, con base en lo presentado por el denunciante, la CSJ debió de valorar la prueba presentada bajo los tres preceptos legales que indican validez o no de la presentación de una solicitud de antejuicio, la cual debe de excluir que los hechos sean políticos, espurios o ilegítimos, puntualizó.

Por último, señaló que la CSJ debió concretar su análisis en establecer si la supuesta investigación presentada por el denunciante tiene origen político, ver si es espurio o debidamente fundamentado, o si es lícito.

Cristobal Véliz
Periodista de vocación. Amante de las leyes y del Estado de derecho. Experiencia de más de 10 años en la cobertura de los procesos de postulación y nombramientos de funcionarios públicos.
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