La Corte Suprema de Justicia (CSJ), integrada por magistrados suplentes, dio trámite este día a una solicitud de retiro de antejuicio planteada en contra de Magistrados de la CC. Foto: La Hora

Por Cristian Velix
cvelix@lahora.com.gt

La Corte Suprema de Justicia (CSJ), integrada por magistrados suplentes, dio trámite este día a una solicitud de retiro de antejuicio planteada en contra de Gloria Porras, Neftaly Aldana, José Francisco de Mata y Bonerge Mejía, quienes son togados de la Corte de Constitucionalidad (CC).

De esa manera, los magistrados que suplieron a los titulares ordenaron trasladar la petición para retirarles la inmunidad al Congreso de la República, cuyas diligencias fueron promovidas por el abogado José Roberto Hernández Guzmán.

La petición para quitarle el antejuicio a los magistrados de la CC fue interpuesta por el profesional aludido, debido a la resolución de esa instancia el 6 de mayo pasado, cuando le otorgó un amparo definitivo a la fiscal general Consuelo Porras por la elección de Cortes.

En dicha sentencia, según el abogado, los funcionarios antejuiciados emitieron razonamientos que configuran una posible comisión de actos o hechos que requieren de una investigación, ya que ordenaron al Legislativo excluir a candidatos “cuya idoneidad y honorabilidad esté comprometida”.

Esto, a decir de Hernández Guzmán, es contrario a lo regulado en la Constitución, ya que es facultad de pleno de diputados elegir a las personas idóneas dentro de las nóminas de los candidatos enviadas por las respectivas Comisiones de Postulación.

“Al haberse ordenado la exclusión de los profesionales cuya idoneidad y honorabilidad estuviere comprometida, ello puede implicar una transgresión a disposiciones constitucionales, especialmente al principio de inocencia”, agregó el abogado.

Por último, el profesional mencionó que, con la emisión de la sentencia de amparo, se pudo haber “facilitado probablemente la revelación de hechos, actuaciones o documentos de los que se haya tenido conocimiento por razón del cargo y que por disposición legal deben permanecer en secreto”.

ARGUMENTOS DE LA CSJ SUPLENTE

Los magistrados que integraron el pleno señalaron que observaron elementos de razonabilidad que sustentan lo aseverado por el antejuiciante y por lo tanto no se “evidenciaron motivaciones espurias en su planteamiento”.

“Así como tampoco se establece una relación de carácter política-partidaria entre los sujetos involucrados, por lo que no se denotan motivaciones políticas en el mismo y tampoco se observan motivaciones ilegitimas”, añadieron los togados.

Por esa razón, la CSJ consideró que los hechos denunciados por Hernández Guzmán cumplieron con los presupuestos descritos en la ley y la doctrina, por lo que es procedente trasladar el antejuicio al Congreso, órgano que determinará si mantiene o retira el antejuicio a los magistrados de la CC.

ANTECEDENTE

El 23 de enero del año pasado, La Hora publicó la nota “La CC ampara a los magistrados denunciados por “Dignatarios”, donde se explica que la Corte de Constitucionalidad (CC) amparó por unanimidad a los tres magistrados titulares de ese alto Tribunal denunciados por la Asociación de Dignatarios de la Nación y que debido a su acción habían ocasionado que los togados enfrenten un proceso de antejuicio.

lea: La CC ampara a los magistrados denunciados por “Dignatarios”

Con el amparo provisional se ordenó detener el antejuicio que ya se encontraba en la Comisión Pesquisidora en el Congreso contra los magistrados Gloria Porras, Bonerge Mejía y José Francisco de Mata Vela.

La Corte se integró con dos magistrados titulares y tres suplentes para conocer los amparos interpuestos en contra de la decisión de la Corte Suprema de Justicia de dar trámite a los antejuicios contra los tres magistrados.

La resolución estuvo a cargo de los magistrados titulares José Francisco Mata Vela y Neftaly Aldana Herrera, con los suplentes Henry Comte, María Cristina Fernández y José Mynor Par.

En días recientes a esa publicación, expertos y prominentes abogados en distintos pronunciamientos, recordaron que los magistrados Mejía, Francisco de Mata Vela y Gloria Porras no podían ser sometidos a procesos penales por los fallos que han emitido.

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