debate de la iniciativa 5948 que dispone crear el municipio denominado “San Gabriel Pasuj” Foto La Hora/ Congreso de la República

El Congreso de la República dio trámite al primer debate de la iniciativa 5948 que dispone crear el municipio denominado “San Gabriel Pasuj” en jurisdicción del departamento de Baja Verapaz, dicho territorio deberá separarse del municipio de San Miguel Chicaj del departamento de Baja Verapaz.

La iniciativa continuará con el trámite, la cual podría ser agendada en las próximas sesiones, dicha propuesta de ley fue presentada por el Organismo Ejecutivo a dirección legislativa el 3 de agosto de 2021 y el 10 de junio de este año la Comisión de Gobernación del Congreso dictaminó a favor.

 

De aprobarse esta iniciativa de ley, el departamento de Baja Verapaz pasará de tener 8 a 9 municipios.

MUNICIPIOS DE BAJA VERAPAZ

Según indica un documento del Ministerio de Economía, el departamento de Baja Verapaz tiene ocho municipios los cuales son:

1. Salamá (cabecera departamental)
2. San Miguel Chicaj
3. Rabinal
4. Cubulco
5. Granados
6. Santa Cruz El Chol
7. San Jerónimo
8. Purulhá

 

ANTECEDENTES

El 7 de agosto del 2005, mediante un escrito, los integrantes del ¨Comité Pro recuperación del Municipio de San Gabriel¨ iniciaron el trámite ante la Gobernación Departamental de Baja Verapaz, indicaron que el pueblo de San Gabriel Pasuj por el desarrollo constante en los aspectos económicos y financieros ha crecido en su infraestructura física y es insuficiente la atención a sus necesidades por parte del municipio de San Miguel Chicaj.

Por ello, desde el 15 de agosto del 2005 los vecinos e integrantes del Comité de dicha comunidad solicitaron e iniciaron el trámite de la creación del nuevo municipio.

SOBRE LA INICIATIVA DE LEY

El artículo 3 de la iniciativa menciona que el área que conformará el nuevo municipio de San Gabriel Pasuj es de 207, 068, 622. 943 metros cuadrados, equivalente a 207.068 kilómetros cuadrados equivalente a 458.87 caballerías aproximadamente.

Además, en el artículo 5 indica que los Ministerios de Gobernación y de Agricultura Ganadería y Alimentación, este último a través del Instituto Geográfico Nacional, quedan obligados a efectuar dentro del plazo de seis meses improrrogables, contado a partir de la vigencia del decreto el deslinde y amojonamiento de los límites territoriales del municipio de San Gabriel Pasuj y para el efecto deberán redactar las actas correspondientes.

 

Asimismo, el Organismo Ejecutivo deberá comunicar el decreto aprobado al Tribunal Supremo Electoral, el Ministerio de Finanzas Públicas, Registro de Ciudadanos, Gobernación Departamental de Baja Verapaz, Instituto Geográfico Nacional, Instituto Nacional de Estadística, Instituto de Fomento Municipal, Ministerio Público, Corte Suprema de Justicia y la Procuraduría General de la Nación.

De ser aprobada, la iniciativa entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

 

 

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